Resolucion N° 1026-PE-ESSALUD-2022. Precisan que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas asuma la atención integral de los tramites de seguros y prestaciones económicas, y disponen la transferencia de las Plataformas de Atención hacia las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas

Fecha de publicación01 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
27 de setiembre del 2022

VISTOS:

El Memorando Nº 2311-GG-ESSALUD-2022 de la Gerencia General; el Memorando Nº 2424-GCSPE-ESSALUD-2022 e Informe Nº 37-GAAA-GCSPE-ESSALUD-2022 de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas; la Nota Nº 765-GCPP-ESSALUD-2022 e Informe Nº 212-GOP-GCPP-ESSALUD-2022 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 1958-GCGP-ESSALUD-2022 de la Gerencia Central de Gestión de las Personas; el Memorando Nº 1186-GCAJ-ESSALUD-2022 y el Informe Nº 202-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2022 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), y el artículo 39 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo cuya finalidad principal es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;

Que, en el literal e) del artículo 2 de la Ley Nº 27056, se establece como una de las funciones del Seguro Social de Salud –ESSALUD, formular y aprobar sus reglamentos internos, así como otras normas que le permitan ofrecer sus servicios de manera ética, eficiente y competitiva;

Que conforme a lo prescrito en el literal d) del artículo 5 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1446, el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta en la mayor eficacia y eficiencia en el logro de los objetivos y en la utilización de los recursos del Estado, eliminando la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones;

Que, en el artículo 4 de la precitada Ley se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nº 131-2018-PCM y Nº 064-2021-PCM aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, cuyos artículos 1 y 2 establecen como objetivo y finalidad que la referida norma regule los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; a fin que éstas, conforme a su tipo, competencias y...

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