Resolución Nº 102-2020-SINEACE-CDAH-P del Sistema Nacional de Acreditación de Calidad Educativa, 22-06-2020

Fecha22 Junio 2020
Número de resolución102-2020-SINEACE-CDAH-P
EmisorSistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Perú)
“Decenio de la Igualdad de Oportunidad es para mujeres y hombres”
"Año de la Universalización de la Salud"
1
San Isidro, 18 de Junio de 2020
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° -2020-SINEACE/CDAH-P
VISTA:
La Carta N° 056-2020-VVSUC&CS remitido por la Sociedad de Auditoría
Ventosilla Vásquez y Asociados S.C.R.L al Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa Sineace, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Concurso Público de Méritos N° 001-2020-CG, e Informe de la
Comisión de Designación 002-2020-CG/CEDS, la Contraloría General de la
República, designó a la Sociedad de Auditoría Ventosilla Vásquez y Asociados S.C.R.L,
para que realice la Auditoría Financiera Gubernamental por el ejercicio económico 2019,
del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa
Sineace;
Que, mediante Carta N°052-2020-VVSUC&CS, de fecha 09 de enero 2020, la
citada Sociedad de Auditoría remitió la lista del equipo de auditores y expertos que
participarán en dicha auditoría;
Que, el numeral 6.5 de la Directiva N° 009-2018-CG/NORM, “Gestión de
Sociedades de Auditoría”, aprobada por la Resolución de Contraloría N° 469-2018-CG,
establece que la Comisión Especial de Cautela es el órgano colegiado nombrado por el
titular o representante legal de la Entidad;
Que, el citado dispositivo señala que la Comisión Especial de Cautela debe estar
conformada como mínimo por tres (03) integrantes con igual número de suplentes: dos
(02) funcionarios públicos que mantengan relación laboral con la Entidad y no estén
vinculados a la materia a examinar en el periodo sujeto a evaluación; y, un (01)
integrante que será el Jefe del Órgano de Control Interno o el personal a su cargo que
este último designe, quien integrará la Comisión Especial de Cautela en calidad de
Presidente;
Que, asimismo se precisa que, en el caso de auditorías financieras, se
encuentran impedidos de conformar la CEC los funcionarios públicos de las áreas de
Administración, Logística, Contabilidad, Presupuesto o las unidades orgánicas que
realicen dichas funciones u otras unidades orgánicas que estén vinculadas con la
materia a examinar;
Que, mediante Oficio N° 000138-2019-SINEACE/P-ST-OA, de fecha 30 de
setiembre 2019, la Oficina de Administración remite a la Contraloría General de la
República el “Formato para designación de una Sociedad Auditora para los ejercicios
económicos 2019 y 2020”; suscrita por la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc del
Sineace, a través del cual designa a los integrantes de la Comisión Especial de Cautela,
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: UFXOJLQ
Firmado digitalmente por ARDILES
CHACON Edgar Marlon FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 18.06.2020 11:41:46 -05:00
Firmado digitalmente por CHACON
CABANILLAS Haydee Violeta FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 18.06.2020 11:59:05 -05:00
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000102-2020-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 18 de Junio del 2020
Firmado digitalmente por BARRIOS
VALDIVIA Carolina Melida FAU
20551178294 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.06.2020 12:05:45 -05:00

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