Resolución Nº 101-2022-SUNEDU/CD de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 04-10-2022

Fecha04 Octubre 2022
Número de resolución101-2022-SUNEDU/CD
Emisor Consejo Directivo (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria de Perú)
Dirección de Licenciamiento
INFORME TÉCNICO DE MODIFICACIÓN DE LICENCIA
N° 037-2022-SUNEDU-02-12
Pontificia Universidad Católica del Perú
Septiembre, 2022
Firmado Digitalmente por:
QUILLAHUAMAN LASTEROS
Julio FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 27/09/2022 21:46:17
Firmado Digitalmente por:
VILA QUEREVALU Sarai
Carolina FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 27/09/2022 21:49:03
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año del Fortalecimiento de la Sober anía Nacional”
“Año del Bicentenario del Congreso de la Repú blica del Perú”
2
Dirección de
Licenciamiento
Superintendencia
CONTENIDO
I. OBJETIVO ......................................................................................................................... 3
II. MARCO LEGAL ................................................................................................................. 3
III. PRESENTACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ............................................................................... 5
IV. DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LICENCIA INSTITUCIONAL ................................... 6
V. RESULTADO DE LA SMLI EN EL MARCO INSTITUCIONAL..................................................... 6
VI. RESUMEN DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE CONDICIONES BÁSICAS DE CALIDAD DE LA
UNIVERSIDAD ...................................................................................................................... 7
VII. ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES BÁSICAS DE CALIDAD ..................................................... 7
VII.1.ASPECTOS Y RECURSOS INSTITUCIONALES PARA EL DESARROLLO DE LA OFERTA EDUCATIVA8
VII.1.1. Vinculación de los programas de la SMLI con la oferta académica autorizada ............ 8
VII.1.2. Normativa que regula el proceso de admisión, el desarrollo académico y la obtención
de grados y títulos de los programas de la SMLI ........................................................................... 8
VII.2.DEMANDA, OFERTA Y JUSTIFICACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO ............................. 9
VII.3.ANÁLISIS DE LOS PLANES DE ESTUDIOS ............................................................................. 14
VII.4.ANÁLISIS DE LA INFRAESTRUCTURA PROPUESTA PARA LA NUEVA OFERTA ACADÉMICA ..... 17
VII.5.ACERVO BIBLIOGRÁFICO .................................................................................................. 22
VII.6.DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN................................................................................. 23
VII.7.ANÁLISIS DE DOCENTES PARA LOS NUEVOS PROGRAMAS DE ESTUDIO .............................. 30
VII.7.1. Régimen de dedicación laboral ................................................................................... 30
VII.7.2. Plan de Contratación Docente .................................................................................... 31
VII.8.ANÁLISIS DE LA SOSTENIBILIDAD FINANCIERA .................................................................. 31
VIII. CONCLUSIONES .......................................................................................................... 37
IX. REQUERIMIENTOS ........................................................................................................ 38
X. RECOMENDACIONES DEL INFORME ................................................................................ 39
XI. ANEXOS ........................................................................................................................ 39
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año del Fortalecimiento de la Sober anía Nacional”
“Año del Bicentenario del Congreso de la Repú blica del Perú”
3
Dirección de
Licenciamiento
Superintendencia
INFORME TÉCNICO DE MODIFICACIÓN DE LICENCIA N° 037 -2022-SUNEDU-02-12
A : Linda Lucila Cossío Labrín
Directora de Licenciamiento
DE : Sarai Carolina Vila Querevalú
Coordinadora (e) de Modificación de Licencia
Julio Quillahuaman Lasteros
Jefe (e) de Equipo
ASUNTO : Informe Técnico de Modificación de Licencia Institucional de la
Pontificia Universidad Católica del Perú
REFERENCIA : Expediente con RTD N° 028918-2022-SUNEDU-TD1, N° 030174-
2022-SUNEDU-TD2 y RTD N° 036744-2022-SUNEDU-TD3
FECHA : Lima, 27 de septiembre de 2022
I. OBJETIVO
Informar a la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic) el resultado de la evaluación
integral del cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) realizada a
la Pontificia Universidad Católica del Perú (en adelante, la Universidad) como parte de su
Solicitud de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) respecto de la creación
de cuatro (4) programas de estudios que se brindarán en modalidad presencial4, de
conformidad con el literal (c) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de
Licenciamiento5.
II. MARCO LEGAL
La evaluación de la SMLI de la Universidad se realizó con base en las siguientes normas:
1 Presentado el 20 de mayo de 2022.
2 Presentado el 27 de mayo de 2022.
3 Presentado el 6 de julio de 2022.
4 Su pretensión está referida a la creación de cuatro (4) programas de estudios: Dos (2) prog ramas de posgrado (maestría) en la
modalidad presencial: i) Gerencia de la Calidad y Sistemas de Gestión (P244); y, (ii) Gerencia de Proyectos y Calidad (P245); un
(1) programa de estudios de pregrado en modalidad presencial: Ingeniería Química (P246); y, un (1) programa de estudios de
Segunda Especialidad de Patrimonio Cultural y Natura l (SEG025).
5 Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU.
Artículo 31.- Supuestos de modificación de licencia institucional
31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu s u modificación, en los siguientes
escenarios:
(…)
c) Creación de programa conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que
va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5 , 6, 7, 8, 9, 11, 12,
13, 16, 17, 18, 21, 22, 26 y 27, establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento.

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