RESOLUCION Nº 1 - Declaran fundada queja por no permitir la presentación de reclamo a través de la vía telefónica, debiendo América Móvil Perú S.A.C. registrar el reclamo por facturación N° 15011637

Fecha de disposición24 Junio 2015
Fecha de publicación24 Junio 2015
El Peruano
Miércoles 24 de junio de 2015
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DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIÓN ÚNICA.- Durante la vigencia de la
presente ordenanza se suspende la aplicación de la
Ordenanza Municipal Nº 189-2011-MDSJM en el extremo
referido al porcentaje de la cuota inicial para acceder al
bene cio de fraccionamiento y cualquier otra disposición
que se oponga a la presente.
DISPOSICIONES FINALES
Primera Disposición.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O cial
“El Peruano” y regirá hasta el 18 de julio de 2015.
Segunda Disposición.- Facúltese al señor Alcalde para
que por Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para
el debido cumplimiento de la presente norma.
Tercera Disposición.- Facultar al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar el plazo señalado
en la Primera Disposición Final de la Ordenanza.
Cuarta Disposición.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas,
Subgerencia Relaciones Públicas y Comunicaciones,
Agencias Municipales y demás dependencias de la
Administración Municipal el estricto cumplimiento y difusión
de la presente Ordenanza Municipal y a la Gerencia de
Tecnologías de la Información y Estadística tomar acciones
y/o medidas técnicas necesarias para la implementación del
Sistema de Rentas SATMUN XP.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS
Alcalde
1254346-4
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican Ordenanza que regula
la constitución, delimitación,
organización y funciones de las Juntas
Vecinales y de la Junta de Delegados
Vecinales del distrito
ORDENANZA Nº 008-2015-MDLP-ALC
La Punta, 09 de junio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PUNTA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en
sesión Ordinaria de fecha 09 de junio de 2015 con el
voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso
de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo;
VISTO:
El Informe Nº 077-2015-MDLP/OPP remitido el 28
de mayo de 2015 y el Informe Nº 069-2015- MDLP/
GDH, remitido el 08 de junio de 2015 por la Gerencia de
Desarrollo Humano, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar
de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
establece que las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo 31º de la Constitución Política del Perú,
señala que es derecho y deber de los vecinos participar
en el gobierno municipal de su jurisdicción. La Ley norma
y promueve los mecanismos directos e indirectos de su
participación;
Que, el artículo 17º numeral 17.1 de la ley Nº 27783
- Ley de Bases de la Descentralización, determina que
los Gobiernos Locales están obligados a promover la
participación ciudadana en la formulación, debate y
concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos,
y en la Gestión Pública;
Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece
que los gobiernos locales son entidades básicas de la
organización territorial del Estado y canales inmediatos
de participación vecinal en los asuntos públicos, que
institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses
propios de las correspondientes colectividades, que tienen
como sus elementos esenciales el territorio, la población y
la organización;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2012, modi cada
por Ordenanza Nº 005-2014, se aprobó el Reglamento
que regula la constitución, delimitación, organización
y funciones de la Juntas Vecinales y de la Junta de
Delegados Vecinales del distrito;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 088, 089, 090, 091,
092 del 17 de abril del 2012, se reconocieron las Juntas
Vecinales de las Zonas A, B, C, D y E para el periodo 2012-
2014, respectivamente, las que de acuerdo con la Quinta
Disposición Transitoria Final del Reglamento citado, su
periodo de vigencia fue ampliado “hasta su renovación en
el ejercicio scal 2015”;
Que, según el Informe de Visto, la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto indica que se encuentra
efectuando las coordinaciones pertinentes con la
Gerencia de Desarrollo Humano a fin de comenzar el
proceso de elecciones de las Juntas Vecinales. En tal
sentido, esta última propone el Proyecto de Ordenanza
que modifica el Reglamento que regula la constitución,
delimitación, organización y funciones de las Juntas
Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del
Distrito de La Punta;
Que, siendo que la presente tiene por nalidad el
bene cio directo de los habitantes del distrito y Desarrollo
del mismo, es decir, es de interés público, en aplicación
del numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicación
del proyecto de la misma;
Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 205 y 217-
2015-MDLP/OAJ de la O cina de Asesoría Jurídica
y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del
artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el
Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta, APROBÓ lo siguiente:
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA QUE REGULA
LA CONSTITUCION, DELIMITACION, ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES Y DE LA
JUNTA DE DELEGADOS VECINALES DEL DISTRITO
DE LA PUNTA
Artículo 1°.- Modi car el Art. 4º del Reglamento
que regula la constitución, delimitación, organización
y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de
Delegados Vecinales del Distrito de La Punta, quedando
como sigue:
“Artículo 4º.- Constitución y delimitación de las Juntas
Vecinales.
Las Juntas Vecinales son organizaciones sociales
de orden territorial que se constituyen espacios formales
que fomentan la participación vecinal efectiva en el
distrito de La Punta y están conformadas por vecinos
y representantes de las Organizaciones Sociales que
cuenten con reconocimiento municipal, agrupados en diez
(10) zonas, delimitados geográ camente, según Anexos I
y II, que forma parte de la presente Ordenanza.”
Artículo 2°.- Modi car el Art. 5º del Reglamento
que regula la constitución, delimitación, organización
y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de
Delegados Vecinales del Distrito de La Punta, quedando
como sigue:
“Artículo 5°.- Representantes de la Juntas Vecinales
Cada Junta Vecinal será representada por diez (10)
vecinos, elegidos democráticamente por los vecinos de

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