Resolución Nº 099-2015 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Refinería la Pampilla S.A.A., disponen la exclusión de los valores mobiliarios señalados en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima)

Fecha19 Noviembre 2015
Número de resolución099-2015
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELADIVERSIFICACIÓNPRODUCTIVAYDELFORTALECIMIENTODELAEDUCACIÓN
1
Resolución de Intendencia General SMV
099-2015-SMV/11.1
Lima, 19 de noviembre de 2015
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El expediente Nº 2015040927 y el Informe Interno Nº 944
2015-SMV/11.1 del 19 de noviembre de 2015, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, el 21 de octubre de 2015, Refinería La Pampilla
S.A.A., solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores –SMV, a través del
sistema de Ventanilla Única, la exclusión de los valores mobiliarios, detallados en el
Anexo I que forma parte de la presente Resolución, del Registro Público del Mercado
de Valores de la SMV (RPMV) y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de
Lima (RBVL), los que fueron inscritos en el marco de los programas de emisión
denominados “Cuarto Programa de Emisión de Valores de Refinería La Pampilla
S.A.A. – Instrumentos de Corto Plazo” y “Quinto Programa de Emisión de Valores de
Refinería La Pampilla S.A.A. - Bonos Corporativos”, por haber vencido el plazo de
colocación;
Que, de la revisión efectuada en el marco del
procedimiento administrativo al que se refiere el considerando precedente, se ha
verificado que el 22 de junio de 2011, mediante Resolución Directoral de Emisores N°
041-2011-EF/94.06.3, se inscribió, en el marco de un trámite anticipado, el programa
de emisión denominado “Cuarto Programa de Emisión de Valores de Refinería La
Pampilla S.A.A. – Instrumentos de Corto Plazo” hasta por un importe máximo en
circulación de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, así como el registro del
Prospecto Marco correspondiente en el RPMV y en el RBVL;
Que, mediante Resolución Directoral de Emisores N°
069-2010-EF/94.06.3, del 01 de setiembre de 2010, se aprobó la inscripción del
“Quinto Programa de Emisión de Valores de Refinería La Pampilla S.A.A. - Bonos
Corporativos”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100 000 000,00
(Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente
en moneda nacional, así como el registro del Prospecto Marco correspondiente, en el
RPMV y en el RBVL;
Que, se ha verificado que, en el marco de los referidos
programas, se inscribieron las emisiones de los valores mobiliarios materia de solicitud
de exclusión, cuyas fechas de inscripción y montos máximos se detallan en el Anexo I
adjunto que forma parte de la presente Resolución;
Que, respecto de los valores señalados en el mencionado
Anexo I se ha verificado el vencimiento del plazo de colocación de nueve (09) meses

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