Resolución Nº 099-2014 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la exclusión del "Segundo Programa de Papeles Comerciales de Telefónica Móviles" del Registro Público del Mercado de Valores a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV.)

Número de resolución099-2014
Fecha18 Noviembre 2014
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELAPROMOCIÓNDELAINDUSTRIARESPONSABLEYDELCOMPROMISOCLIMÁTICO
1
Av.SantaCruz315Miraflores
Central:6106300
www.smv.gob.pe
Resolución de Intendencia General SMV
099-2014-SMV/11.1
Lima, 18 de noviembre de 2014
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El Expediente Nº 2014037227, así como el Informe
Interno N° 801-2014-SMV/11.1 del 03 de noviembre de 2014, de la Intendencia
General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión
de Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, el 30 de setiembre de 2014, Telefónica Móviles S.A.
solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV y a la Bolsa de Valores
de Lima S.A., a través del sistema de Ventanilla Única, la exclusión de los valores
mobiliarios detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del
Registro Público del Mercado de Valores de la SMV (RPMV) y del Registro de Valores
de la Bolsa de Valores de Lima, por amortización total de las obligaciones derivadas
de los mismos, así como la exclusión del “Segundo Programa de Papeles Comerciales
de Telefónica Móviles”;
Que, de la revisión efectuada en el marco del
procedimiento administrativo al que se refiere el considerando precedente, se ha
verificado que el 01 de febrero de 2006 mediante Resolución Gerencia General
Nº 011-2006-EF/94.11 se inscribió el “Primer Programa de Bonos Telefónica Móviles”,
hasta por un monto máximo en circulación de US$ 350 000 000,00 (Trescientos
Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su
equivalente en otras monedas y se dispuso el registro del prospecto marco
correspondiente en el RPMV;
Que, el 04 de febrero del 2010, bajo el régimen ROPPIA
se inscribió automáticamente el “Segundo Programa de Bonos Telefónica Móviles”
hasta por un monto máximo en circulación de US$ 350 000 000,00 (Trescientos
Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su
equivalente en otras monedas y se dispuso el registro del prospecto marco
correspondiente en el RPMV;
Que, el 13 de diciembre de 2010 se inscribió de manera
automática el programa de emisión denominado “Segundo Programa de Papeles
Comerciales de Telefónica Móviles” hasta por un monto máximo en circulación de US$
150 000 000.00 (Ciento Cincuenta Millones Y 00/100 Dólares de Los Estados Unidos
de América) o su equivalente en moneda nacional, y el registro del prospecto marco
correspondiente en el RPMV;
Que, asimismo, en el marco de los referidos programas
se inscribieron las emisiones de los valores mobiliarios materia de la presente
resolución, cuyas fechas de inscripción y montos máximos se detallan en el Anexo;

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