Resolución Nº 098-2017-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 23-03-2017

Número de resolución098-2017-ANA
Fecha23 Marzo 2017
Número de expediente26512-2017
MateriaProcedimiento administrativo sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
Ministerio
de
Agricultura
y
Riego
'Año
del
Buen
Servicio al
Ciudadano'
Tribunal
Nacional
de
Resolución
de
Controversias
Hidricas
RESOLUCIÓN
N"
•2017-ANA/TNRCH
Lima,
2i
MA».
2017
EXP.
TNRCH
CUT
IMPUGNANTE
MATERIA
ÓRGANO
UBICACIÓN
política
084-2017
26512-2017
SUB
CAFAE-SE-lquilos-Maynas-
Loreto
Procedimiento
administrativo
sancionador
ala
Iquüos
Distrito
San
Juan
Bautista
Provincia Maynas
Departamento
Loreto
SUMILLA:
Se declara
infundado
elrecurso de
apelación
inteq^uesto
por el
SUB
CAFAE-SE-lquitos-Maynas-Loreto
contrala
Resolución
Administrativa
A/»
267-2016-
NA-ALA-IQUITOS.
porhaberse acreditado la
infracción.
RECURSO
ADMINISTRATIVO
Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
Interpuesto
por el Sub
Comité
de
Administración
del
Fondo
de
Asistencia
y
Estimulo
del Sector
Educación
Iquitos-Maynas-Loreto,
en adelante
SUB
CAFAE-SE-lquitos-Maynas-
Loreto,
contrala
Resolución
Administrativa
267-2016-ANA-ALA-IQUITOS
emitida
porla
Administración
Local
de
Agua
Iquitos,
mediante
la
cual
se
resolvió:
a)
Sancionar
al
SUB
CAFAE-SE-lquitos-Maynas-Loreto.
con una
multa
de
2.1
UIT
por la
infracción
al
numeral
1 del
articulo
120"de la
Ley
de Recursos
Hidricos,
concordado con el
inciso
a) del
articulo
277^
desu
Reglamento,
alusarelagua de4
pozos
artesanalesen el
Centro
Recreacional
SUB
CAFAE
SE sede
Iquitos,
ubicado
en el
km.
24.5carretera
Iquitos-Nauta
sin el correspondiente
derecho
de la
Autoridad
Nacional
del Agua.
b)
Disponer
como
medida
complementaria
que
inicie
los
trámites
parala
obtención
de la
licencia
deuso
de agua.
DELIMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
El
SUB
CAFAE-SE-lquitos-Maynas-Loreto
solicita
que se
revoque
la
Resolución
Administrativa
267-
2016-ANA-ALA-IQUITOS.
3. FUNDAMENTOS DEL
RECURSO
El
impugnante
sustenta su
recurso
de
apelación
en los
siguientes
argumentos;
3.1. Los considerandos
señalados
en la Resolución Administrativa 267-2016-ANA-ALA-IQUITOS "no
son
conforme
al
mérito
de lo actuado en elproceso porhaber
realizado
unaerrónea
apreciación
de
las
pruebas,
lo
que
evidencia
una
deficiente
fundamentación
de la
decisión
administrativa
al no
resolver
bajo
el
principio
de
realidad
y
veracidad'.
'"8 iqs£ 9

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