RESOLUCION Nº 098-2015-CD/OSIPTEL - Establecen el Ajuste de la Tarifa Tope para las Llamadas Locales desde Teléfonos Fijos de Abonado de Telefónica del Perú S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado

EmisorOrganismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2015
561019
NORMAS LEGALES
Miércoles 9 de setiembre de 2015
El Peruano
/
acto administrativo que tenga e cacia anticipada a su
emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados,
y siempre que no lesione derechos fundamentales o
intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros
y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse
la e cacia del acto el supuesto de hecho justi cativo
para su adopción;
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 147 Ley de Organización y Funciones
del SENCICO, inciso j) del artículo 33º de su Estatuto,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC,
y su modi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº
004-2006-VIVIENDA; y las facultades delegadas mediante
Acuerdo del Consejo Directivo Nacional Nº 1091-02, de
fecha 19 de febrero de 2014;
Con el visto del Jefe del Departamento de Recursos
Humanos, del Gerente de la O cina de Administración y
Finanzas, de la Jefa de la O cina de Secretaria General
(e), de la Asesora Legal y del Gerente General.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida con e cacia anticipada
al 02 de setiembre del 2015, la designación de la CPC.
Myrtha Carlotto Mujica, en el cargo de Con anza de
Contadora General del Departamento de Contabilidad de
la O cina de Administración y Finanzas, Categoría D1, del
Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción-SENCICO, dándosele las gracias por los
servicios prestados, retornando a su cargo de origen de
Especialista Administrativo, Categoría E2.
Artículo 2º.- Designar con e cacia anticipada al
03 de setiembre del 2015 al CPC. José Alberto Martín
Rivera Paredes, en el cargo de Con anza de Contador
General del Departamento de Contabilidad de la
O cina de Administración y Finanzas, Categoría D1, del
Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción-SENCICO.
Artículo 3º.- La Gerencia General queda encargada
en la parte que le compete, del cumplimiento de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ARTURO NICOLÁS RAMOS RODRÍGUEZ
Presidente Ejecutivo
1284063-1
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN Nº 178-2015-OS/CD
Mediante O cio Nº 0855-2015-GART, el Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía y Minería -
OSINERGMIN solicita se publique Fe de Erratas de la
Resolución Nº 178-2015-OS/CD, publicada el día 29 de
agosto de 2015.
- Página 560357: En la descripción de la primera
fórmula del Anexo 1 - Criterios para la Determinación de
los Precios Básicos de Energía Reactiva.
DICE:
“…
Donde
V : Costo de inversión de equipo de compensador
síncrono de 30 MVAR en 220 kV (US$)
…”
DEBE DECIR:
“…
Donde
V : Costo de inversión de equipo SVC de 30 MVAR en
60 kV (USD)
…”
1284741-1
ORGANISMO SUPERVISOR DE
LA INVERSION PRIVADA EN
TELECOMUNICACIONES
Establecen el Ajuste de la Tarifa Tope para
las Llamadas Locales desde Teléfonos
Fijos de Abonado de Telefónica del Perú
S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de
Comunicaciones Personales y Troncalizado
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 098-2015-CD/OSIPTEL
Lima, 3 de setiembre de 2015
EXPEDIENTE : Nº 00005-2015-CD-GPRC/AT
MATERIA : Ajuste de la Tarifa Tope Fijo-Móvil
VISTO el Informe Nº 330-GPRC/2015 de la Gerencia
de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado
por la Gerencia General, mediante el cual se sustenta el
Proyecto de Resolución para establecer el Ajuste de la
Tarifa Tope Fijo-Móvil; con la conformidad de la Gerencia
de Asesoría Legal;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 5 del
Artículo 77º del Texto Único Ordenado de la Ley de
Telecomunicaciones -aprobado por Decreto Supremo Nº
013-93-TCC- y en el literal b), numeral 3.1º del Artículo
3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores
de la Inversión Privada en Servicios Públicos –Ley Nº
27332-, el Organismo Supervisor de Inversión Privada
en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la
función reguladora, que comprende la facultad de jar
las tarifas de los servicios bajo su ámbito y establecer las
reglas para su aplicación;
Que, en el mismo sentido, en los Artículos
30º y 33º del Reglamento General del OSIPTEL,
aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM,
se establece que el OSIPTEL, en ejercicio de su
función reguladora, tiene la facultad de fijar diferentes
modalidades de tarifas tope para servicios públicos
de telecomunicaciones, así como las reglas para su
aplicación y, conforme a dichas reglas, fijar los ajustes
tarifarios que correspondan;
Que, dentro de dicho marco legal, el OSIPTEL
emitió la Resolución de Consejo Directivo Nº 160-2011-
CD/OSIPTEL(1), parcialmente modi cada mediante
la Resolución de Consejo Directivo Nº 037-2012-
CD/OSIPTEL(2), mediante la cual se estableció la
regulación de tarifas tope para el servicio de llamadas
locales desde teléfonos jos de abonado de la empresa
Telefónica del Perú S.A.A. a redes de telefonía móvil, de
comunicaciones personales y troncalizado (Tarifa Tope
Fijo-Móvil), estableciendo asimismo el mecanismo y las
1 Publicada en el Diario O cial El Peruano del 28 de diciembre de 2011.
2 Publicada en el Diario O cial El Peruano del 06 de mayo de 2012.

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