Resolución nº 092-2022-OEFA/TFA-SE, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 03-03-2022

Fecha03 Marzo 2022
Número de resolución092-2022-OEFA/TFA-SE
EmisorTribunal de Fiscalización Ambiental
2021-I01-
2022-I01-007916
Tribunal de Fiscalización Ambiental
Sala Especializada en Minería, Energía,
Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios
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RESOLUCIÓN Nº 092-2022-OEFA/TFA-SE
EXPEDIENTE N°
:
0073-2020-OEFA/DFAI/PAS
PROCEDENCIA
:
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN DE
INCENTIVOS
ADMINISTRADO
:
VOLCAN COMPAÑÍA MINERA S.A.A.
SECTOR
:
MINERÍA
APELACIÓN
:
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 02485-2021-OEFA/DFAI
SUMILLA
SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución Directoral N° 02485-2021-
OEFA/DFAI del 28 de octubre de 2021, que declaró la responsabilidad
administrativa de Volcan Compañía Minera S.A.A. por la comisión de las
conductas infractoras Nros. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 descritas en el Cuadro N° 1 d e la
presente resolución e impuso las correspondientes multas, al vulnerarse el
requisito de la debida motivación; y, en consecuencia, retrotraer el
procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se
produjo.
Lima, 03 de marzo de 2022.
I. ANTECEDENTES
UF
1. Volcan Compañía Minera S.A.A.
1
(en adelante, Minera Volcan) es titular de la
unidad fiscalizable Ticlio (en adelante, UF Ticlio), ubicada en los distritos de
Chicla y Morococha, provincias de Huarochirí y Yauli, departamentos de Lima y
Junín.
2. La UF Ticlio, entre otros instrumentos de gestión ambiental, cuenta con el
Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de explotación de minerales
Polimetálicos U.E.A. Ticlio de Minera Volcan, aprobado mediante Resolución
Directoral N° 003-2008-MEM/AAM del 07 de enero de 2008 (en adelante, EIA
Ticlio).
1
Registro Único de Contribuyentes N° 20383 045267.
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Supervisión
3. El 23 de agosto y el 11 de octubre de 2019, la Dirección de Supervisión Ambiental
en Energía y Minas (DSEM) del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (OEFA) realizó una supervisión socioambiental de gabinete a la UF
Ticlio (en adelante, Supervisión Regular 2019), cuyos resultados se encuentran
contenidos en el Informe de Supervisión N° 738-2019-OEFA/DSEM-CMIN del 29
de noviembre de 2019 (en adelante, Informe de Supervisión)
2
.
4. Sobre esa base, la Subdirección de Fiscalización en Energía y Minas (SFEM)
emitió la Resolución Subdirectoral N° 0054-2021-OEFA/DFAI-SFEM del 29 de
enero de 2021
3
(en adelante, Resolución Subdirectoral), a través de la cual se
inició un procedimiento administrativo sancionador contra Minera Volcan (en
adelante, PAS).
5. Luego de la evaluación de los descargos formulados por el administrado
4
, la
SFEM emitió el Informe Final de Instrucción N° 01409-2021-OEFA/DFAI/SFEM
del 24 de setiembre de 2021
5
(en adelante, IFI).
6. De forma posterior
6
, la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos del
OEFA (DFAI) emitió la Resolución Directoral N° 02485-2021-OEFA/DFAI del 28
de octubre de 2021
7
(en adelante, Resolución Directoral), mediante la cual
declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Minera Volcan por la
comisión de las siguientes conductas infractoras:
Cuadro N° 1: Detalle de las conductas infractoras
Conducta infractora
Norma tipificadora
1
El administrado no realizó
el Programa de
Comunicación y Consulta
en su área de influencia
social durante el año 2018
correspondiente a la etapa
de operación y cierre
progresivo, incumpliendo
lo establecido en su
instrumento de gestión
ambiental.
Artículo 5 y Numeral 3.1 del
ítem 3 d el Anexo del Cuadro
de Tipificación de
Infracciones Administrativas
y Escala de Sanciones
relacionadas co n los
instrumentos de gestión
ambiental, aplicadas a los
administrados que se
encuentran bajo el ámbito de
competencia del OEFA,
2
Folios 1 al 17.
3
Folios 18 al 28. Notificada el 02 de febrero de 2021 (folio 29).
4
Folios 30 al 32. Escrito con Registro N° 2021-E01-02 1113, presentado el 10 de marzo de 2021.
5
Folios 60 al 75. Notif icado el 24 de setiembre de 2021, mediante Carta N° 01961 -2021-OEFA/DFAI (folios 76
al 78).
6
Mediante escrito con Re gistro N° 2021-E01-085162 (folios 80 al 82), presentado el 07 de octubre de 2021, e l
administrado solicitó ampliación de p lazo para presentación de descargo s, siendo que, finalmente, se abstuvo
de hacerlo.
7
Folios 110 al 126. Notificada el 28 de octubre de 2021 (folio 127) .

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