Resolución Nº 092-2016-SMV/10.2 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución IGSE N° 092-2016-SMV/10.2)

Número de resolución092-2016-SMV/10.2
Fecha12 Septiembre 2016
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELACONSOLIDACIÓNDELMARDEGRAU
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 092-2016-SMV/10.2
Lima, 12 de setiembre de 2016
El Intendente General de de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente Nº 2016030187 iniciado por Continental
Sociedad Titulizadora S.A., así como el Informe N° 709-2016-SMV/10.2 del 09 de
setiembre de 2016 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia General de
Supervisión de Entidades Nº 126-2015-SMV/10.2 del 27 de noviembre de 2015 se
aprobó el trámite anticipado y se dispuso la inscripción del “Segundo Programa de
Bonos de Titulización de Cuentas por Cobrar de Los Portales S.A. – Negocio
Inmobiliario” en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, mediante escritos presentados hasta el 07 de
setiembre de 2016, Continental Sociedad Titulizadora S.A. solicitó el registro de la
Actualización N° 3 y N° 4 del prospecto marco correspondiente al “Segundo Programa
de Bonos de Titulización de Cuentas por Cobrar de Los Portales S.A. – Negocio
Inmobiliario” en el Registro Publico del Mercado de Valores, por variación fundamental,
que incluye modificaciones al Contrato Marco para la Constitución de Fideicomiso de
Titulización, así como otras actualizaciones;
Que, asimismo, Continental Sociedad Titulizadora S.A.
solicitó la inscripción de la emisión denominada “Bonos de Titulización Los Portales
S.A. – Patrimonio en Fideicomiso – D. Leg. 861, Título XI, Los Portales S.A. – Negocio
Inmobiliario – Segundo Programa – Segunda Emisión” hasta por un monto máximo en
circulación de US$ 25 000 000,00 (veinticinco millones y 00/100 dólares de los
Estados Unidos de América); y el registro del complemento del prospecto marco
correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la evaluación de la documentación presentada
se ha determinado que Continental Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con lo
dispuesto en la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de los Procesos de
Titulización de Activos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10
y, en lo que corresponde, en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de
Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, y
sus normas complementarias, así como con los requisitos contenidos en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de
Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 333° de la Ley del
Mercado de Valores y los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de
Titulización de Activos, así como el artículo 38°, numeral 8, del Reglamento de

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