Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 29 de enero de 2019
Fecha | 29 Enero 2019 |
Emisor | Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado |
Entidad:
Referencia:
PRONUNCIAMIENTO N° 091-2019/0SCE-DGR
Seguro Social de Salud
Licitación Pública N° 1-2018-ESSALUD/RAICA-l, convocada
para la contratación de la "Adquisición de reactivos de
bioquímica para el Hospital I Félix Ton'ealva Gutiérrez de la
RAICA. Resolución N° 847-PE-ESSALUD-20 18",
1. ANTECEDENTES
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento correspondiente al
Trámite Documentario N° 2019-14228103-ICA. recibido el 18.ENE.2019, el presidente
del comité de selección remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado (OSCE) las solicitudes de elevación de cuestionamientos presentadas por los
participantes
SIMED PERU S.A.e.
y
LABIN PERU S.A ..
en cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 2\ de la Ley N° 30225 que aprueba la Ley de Contrataciones
del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento. aprobado por el
Decreto Supremo N° 350-2015-EF. en adelante el Reglamento: y sus modificatorias
aprobadas por Decreto Legislativo N° 1341 Y Decreto Supremo N° 056-2017-EF.
respectivamente.
Asimismo, cabe precisar que. en la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el
orden de prelación establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio de
consultas y observaciones
1.
Y los temas materia de cuestionam ientos form ulados por los
mencionados participantes. conforme al siguiente detalle:
• Cuestiona miento
N°
1:
Respecto de la absolución de la consulta y/u
observación N° 16. referida a la
"e,\pec!ficación técnica - controles y
calibradores de los reactivos
00,
• Cuestionamiento
N° 2: Respecto de la absolución de la consulta y/u
observación N° 31, referida a las
"especificaciones técnicas de los reactivos
oo.
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestiona miento N° 1 Respecto a la especificación técnica - controles y
calibradores de los reactivos.
El participante SIMED PERU S.A.e. cuestionó que el comité de selección en la
absolución de la consulta y/u observación N° 16 habría señalado argumentos
incongruentes que restringirían la participación de los potenciales postores, toda vez
que, en el mercado existirían reactivos. calibradores y controles con igualo diferente
marca que permitiría demostrar la trazabilidad.
, Según la numeración estahlecida en el pliego ahsolutorio de consultas ,/u observacllllles en versión PDF
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba