Resolución Nº 0871-2019-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 19-07-2019

Número de resolución0871-2019-ANA
Fecha19 Julio 2019
Número de expediente97978-2019
MateriaRegularización de Licencia de Uso de Agua
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
^31
Nac»<i^ví'
^rofírtí-C
PERU
Ministerio
de
Agricultura
y
Riego
Autoridad
Nacional
de!
Agua
rríbunat
Nacional
Resolución
de
"ontroversias
Hidrica
í
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres'
'Año
de
la
Lucha
corjtra
la
Corrupción
y
la
Impunidad'
RESOLUCIÓN
N"
^
/
-ZOIS-ANA/TNRCH
Lima,
igji)L.2019
DUARDO
?ComrCN«C
DE
SALA
EXP.
TNRCH
CUT
IMPUGNANTE
MATERIA
ÓRGANO
UBICACIÓN
política
Sala
2
564-2019
97978-2019
Dante
Diego
Pilco
Ticahuanca
Regularízación
de
licencia
de
uso
de
agua
AAACaplina-Ocoña
Distrito
Provincia
Departamento
Sama
Tacna
Tacna
SUMILLA:
Se
declara
improcedente
el
recurso
de
é^elación
interpuesto
por
el
señor
Dante
Diego
Pilco
Ticahuanca
contra
la
Resolución
Directoral
A/®
452-2019-
ANA/AAAIC-0.
por
ft
aíierse
presentado
en
forma
extemporánea.
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO
Y
ACTO
IMPUGNADO
Ei
recurso
de
apelación
interpuesto
por
el
señor
Dante
Diego
Pilco
Ticahuanca
contra
la
Resolución
Directoral
452-2019-ANA/AAA
1
0-0
de
fecha
23.04,2019,
emitida
por
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Caplina-Ocoña
mediante
la
cual
se
declaró
infundado
su
recurso
de
reconsideración
interpuesto
contra
la
Resolución
Directoral
124-2019-ANA/AAA
I
C-O
de
fecha
13.02.2019,
con
la
cual
se
declaró
Improcedente
su
solicitud
de
regularización
de
licencia
de
uso
de
agua
subterránea.
2.
DELIMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
El
señor
Dante
Diego
Pilco
Ticahuanca
solicita
que
se
declare
¡a
nulidad
de
las
Resoluciones
Directorales
124-
2019-ANA/AAA
I
C-0
y
452-2019-ANA/AAA
I
C-O,
3.
FUNDAMENTO
DEL
RECURSO
El
impugnante
sustenta
su
recurso
de
apelación
alegando
que
la
Resolución
Directoral
452-2019-ANA/AAA
I
C-0
carece
de
una
debida
motivación,
porque
la
autoridad
no
ha
valorado
los
documentos
presentados
a
fin
de
acreditar
el
uso
efectivo
del
agua
en
su
parcela,
4.
ANTECEDENTES:
4.1
GOHZÁLES
El
señor
Dante
Diego
Pilco
Ticahuanca
con
el
Formato
Anexo
N"
01,
ingresado
en
fecha
02.11.2015,
solicitó
a
la
Adminisiración
Local
de
Agua
Locumba-Sama
acogerse
al
procedimiento
de
regularización
de
licencia
de
uso
de
agua
superficial
al
amparo
del
Decreto
Supremo
007-2015-MINAGRl,
para
el
riego
de
sus
cultivos
agrícolas
en
la
"Parcela
61",
ubicado
en
el
sector
El
Golpe,
distrito
de
Sama,
provincia
y
departamento
de
Tacna.
La
Administración
Local
de
Agua
Caplina-Locumba
en
el
informe
Técnico
403-2018-ANA-AAA.CO-
ALA.CL
de
fecha
12.12.2018,
señaló
que
en
el
expediente
presentado
por
el
señor
Dante
Diego
Pilco
Ticahuanca
no
obran
documentos
que
acrediten
el
uso
público,
pacifico
y
continuo
del
recurso
hidrico
para
acceder
a
ia
regularización
de
licencia
de
uso
de
agua.
Mediante
el
Informe
Técnico
D15-2019-ANA-AAA.CO.EE1
de
fecha
05.02,2019,
el
Equipo
de
Evaluación
de
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Caplina-Ocoña
concluyó
lo
siguiente;
a)
El
administrado
no
acredita
la
posesión
legítima
del
predio
denominado
"Parcela
61".
b)
El
administrado
no
acredita
el
uso
público,
pacifico
y
continuo
del
recurso
hidrico
al
31.12.2014,
en
el
predio
denominado
"Parcela
61
pues
los
documentos
que
adjunta
carecen
de
validez
para
dicho
fin.

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