Resolución Nº 087-2015-SMV/10.2 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución IGSE N° 087-2015-SMV/10.2)

Fecha28 Agosto 2015
Número de resolución087-2015-SMV/10.2
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELADIVERSIFICACIÓNPRODUCTIVAYDELFORTALECIMIENTODELAEDUCACIÓN
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 087-2015-SMV/10.2
Lima, 28 de agosto de 2015
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2015028498 iniciado por Fonbienes
Perú Empresa Administradora de Fondos Colectivos S.A., así como el Informe N° 722-
2015-SMV/10.2 del 28 de agosto de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV N° 033-2010-
EF/94.01.1 del 24 de marzo de 2010, se autorizó el funcionamiento de Fonbienes Perú
Empresa Administradora de Fondos Colectivos S.A. como empresa administradora de
fondos colectivos;
Que, el artículo 3° de la Resolución SMV N° 020-2014-
SMV/01 establece que para que las empresas administradoras de fondos colectivos
realicen cualquier acción orientada a la formación de un nuevo grupo deberán contar
con programas y modelos de contrato adecuados a la nueva regulación, los que
además deberán ser aprobados previamente por la Superintendencia del Mercado de
Valores;
Que, mediante escritos presentados hasta el 27 de
agosto de 2015, Fonbienes Perú Empresa Administradora de Fondos Colectivos S.A.
solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores la autorización del programa a
denominarse “FBP007” y su respectivo modelo de contrato;
Que, de la evaluación de la documentación presentada
se ha determinado que Fonbienes Perú Empresa Administradora de Fondos
Colectivos S.A. ha cumplido con lo dispuesto por los artículos 20° y 21° del
Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas Administradoras,
de igual manera ha cumplido con lo establecido por el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por
Resolución de Superintendente N° 023-2015-SMV/02, para la autorización del
programa a denominarse “FBP007” y su respectivo modelo de contrato, así como su
inscripción en el Registro Especial de Otras Entidades bajo competencia de la SMV;
tal como se desarrolla en el Informe N° 722-2015-SMV/10.2 del 28 de agosto de 2015;
y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 5),
incisos ix) y x), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia
del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y su
modificatoria.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a Fonbienes Perú Empresa
Administradora de Fondos Colectivos S.A. la administración del programa general
denominado “FBP 007” así como su respectivo modelo de contrato y disponer su

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR