Resolución Nº 0854-2021-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 26 de marzo de 2021

Número de resolución0854-2021-TCE-S4
Fecha26 Marzo 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0854-2021-TCE-S4
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Sumilla: "La información presentada ante el RNP posee carácter de
declaración jurada, toda vez que se sujeta al principio de
presunción de veracidad, por ende, los proveedores son
responsables por el contenido de la información que
declaran.
Lima, 26 de marzo de 2021.
VISTO en sesión del 26 de marzo de 2021 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 1029-2019.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la empresa Northon Ingenieros Sociedad Anónima
Cerrada, por su supuesta responsabilidad al haber presentado información inexacta
ante el Registro Nacional de Proveedores - RNP; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 1 de setiembre de 2017, la empresa Northon Ingenieros Sociedad Anónima
Cerrada, en adelante el Proveedor, solicitó la renovación de su inscripción como
proveedor de bienes y de servicios, ante el Registro Nacional de Proveedores, en
lo sucesivo el RNP, presentando para tal efecto los formularios denominados
“Solicitud de Inscripción/Renovación para proveedor de bienes” – Declaración
jurada de veracidad de documentos, información y declaraciones presentadas y
“Solicitud de Inscripción/Renovación para proveedor de servicios” – Declaración
jurada de veracidad de documentos, información y declaraciones presentadas,
con Trámites 11403653-2017-LIMA
1
y 11403839-2017-LIMA
2
,
respectivamente, siendo aprobados el 4 del mismo mes y año.
2. Mediante Memorando N° 28-2019/DRNP
3
presentado el 19 de marzo de 2019 en
la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el
Tribunal, la Dirección del Registro Nacional de Proveedores DRNP, informó que
el Proveedor habría presentado información inexacta durante los trámites de
renovación de su inscripción como proveedor de bienes y de servicios.
Para acreditar lo denunciado, remitió el Informe N° 14-2019/DRNP manifestó lo
siguiente:
En el marco de la fiscalización posterior, se realizó la verificación de la
1
Obrante a folio 1 del expediente administrativo.
2
Obrante a folios 10 y 11 (anverso y reverso) del expediente administrativo.
3
Obrante a folio 1 del expediente administrativo
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.03.2021 21:38:37 -05:00
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.03.2021 21:43:42 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.03.2021 22:03:29 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
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información declarada por el Proveedor en sus solicitudes de renovación de
su inscripción como proveedor de bienes y de servicios, evidenciándose que
los señores Edison Rodríguez Reyes, identificado DNI N° 40264414 y Luis
Alberto Rodríguez Reyes, identificado con DNI N° 21277523, figuran como
socios.
Asimismo, de la revisión del Extranet de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos Sunarp/publicidad registral en línea, en la Partida
Electrónica N° 11198682 del Proveedor, los señores Edison Rodríguez Reyes y
Luis Alberto Rodríguez Reyes figuran como socios.
Por su parte, de la información declarada ante el RNP por la empresa A & E
Mineros Civiles S.A.C., se evidencia que el señor Luis Alberto Rodríguez Reyes,
identificado con DNI N° 21277523 figura como socio, y el Edison Rodríguez
Reyes, identificado con DNI N° 40264414, figura como socio y gerente general
(representante legal).
Por otro lado, de la revisión de la base de datos del RNP, se advierte que la
empresa A & E Mineros Civiles Sociedad Anónima Cerrada A & E MC S.A.C.
fue sancionada con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en
procesos de selección y contratar con el Estado por diecisiete (17) meses,
vigente desde el 17 de mayo de 2017 hasta el 17 de octubre de 2018, de
acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 964-2017-TCE-S3 del 9 de mayo de
2017.
De la revisión del Extranet de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos Sunarp/publicidad registral en línea, en la Partida Electrónica N°
11198682 del Proveedor, se advierte que mediante Junta Universal de Socios
del 20 de abril de 2017, se aprobó su fusión con la empresa A & E Mineros
Civiles Sociedad Anónima Cerrada, entrando en vigencia la fusión desde el 3
de julio de 2017.
De los actuados administrativos del procedimiento de renovación de
inscripción como proveedor de bienes y de servicios, se aprecia que el
representante legal del Proveedor presentó la declaración jurada de
veracidad de documentos, información y declaraciones presentadas, en la
cual manifestó estar legalmente capacitado para contratar con el Estado,
precisando que dicha capacidad corresponde a la capacidad civil (persona
natural) y legal (persona jurídica) y no tener impedimento para ser

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