Resolución Nº 0829-2022-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 11 de marzo de 2022

Número de resolución0829-2022-TCE-S4
Fecha11 Marzo 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 0829-2022-TCE-S4
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Sumilla: “(…) en el presente caso, se observa que
el Adjudicatario al no haber subsanado
los requisitos para la suscripción del
contrato en el plazo otorgado,
incumplió co n su oblig ación referida a
suscribir el contrato, incurriendo de
esta manera en infracción
administrativa.”
Lima, 11 de marzo de 2022
VISTO en sesión del 11 de marzo de 2022 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente 4199/2021.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa CLEAN ECONOMICAL
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA CLEAN ECONOMICAL S.A.C., por su supuesta
responsabilidad, al haber incumplido injustificadamente con su obligación de
perfeccionar el contrato con el MTC – PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE
TRANSPORTE DESCENTRALIZADO PROVIAS DESCENTRALIZADO, en el marco del
Concurso Público 43-2019-MTC/21Primera Convocatoria; infracción tipificada en
el literal b) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley
30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-
2019-EF; y, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado (SEACE)1, el 9 de diciembre de 2019, el MTC PROYECTO ESPECIAL DE
INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO PROVIAS
DESCENTRALIZADO, en adelante la Entidad, convocó el Concurso Público N° 43-
2019-MTC/21 Primera Convocatoria para la contratación del Servicio de
limpieza integral para la sede central de PROVIAS DESCENTRALIZADO, en
adelante el Procedimiento de Selección, con un valor referencial de
S/1,019,300.00 (un millón diecinueve mil trescientos con 00/100 soles).
Dicho procedimiento de selección fue convocado al amparo del Texto Único
Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
mediante Decreto Supremo 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley
30225, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo344-2018-EF, en
1 Véase a folios 1016 al 1017 del expediente administrativo en formato PDF.
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 11.03.2022 16:56:32 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 11.03.2022 17:03:27 -05:00
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 11.03.2022 23:12:27 -05:00
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 0829-2022-TCE-S4
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adelante el Reglamento.
El 13 de enero de 2020, se realizó la presentación de ofertas, y el 23 del mismo
mes y año se realizó el otorgamiento de la buena pro en favor de la empresa
CLEAN ECONOMICAL SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADACLEAN ECONOMICAL
S.A.C., en adelante el Adjudicatario, por un monto ascendente a S/ 700,000.00
(setecientos mil con 00/100 soles).
Al respecto, mediante Carta63-2020-MTCE/21.OA.ABAST2 del 26 de febrero de
2020, se comunicó al Adjudicatario la pérdida automática de la buena pro del
procedimiento de selección, debido a que no cumplió con la subsanación de los
documentos para la suscripción del contrato.
En atención a ello, el 24 de septiembre de 2020 se otorgó la buena pro del
procedimiento de selección al Consorcio Corsabaros S.A.C. y Asepcia S.A.C., por un
monto ascendente a S/ 664,740.00 (seiscientos sesenta y cuatro mil setecientos
cuarenta con 00/100 soles).
2. Mediante Formulario “Solicitud de aplicación de sanciónEntidad/Tercero3,
presentado el 25 de junio de 2021 ante la Mesa de Partes Digital del Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Entidad puso en
conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal,
que el Adjudicatario habría incurrido en causal de infracción por su presunta
responsabilidad al haber incumplido injustificadamente con su obligación de
perfeccionar el contrato con la Entidad, derivado del Procedimiento de Selección.
A fin de sustentar su denuncia, remitió -entre otros documentos-, el Informe
522-2021-NTC/21.OA.ABAST4 del 4 de junio de 2021, mediante el cual señaló
lo siguiente:
El 23 de enero de 2020, se publicó en la Plataforma del Portal del SEACE la
adjudicación de la buena pro del procedimiento de selección, a favor del
Adjudicatario, por el monto de S/ 700,000.00 (setecientos mil con 00/100
soles).
2 Véase a folios 203 al 204 del expediente administrativo en formato PDF.
3 Véase a folios 1 al 2 del expediente administrativo en formato PDF.
4 Véase a folios 17 al 21 del expediente administrativo en formato PDF.

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