Lima, 26 de abril de 2024
VISTOS:
El Memorando N° D-000091-2024-ATU/PE de la Presidencia Ejecutiva; el Informe Nº D-000125-2024-ATU/GG-OGRH de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° D-000203-2024-ATU/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera;
Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia;
Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector de la Subdirección del Sistema de Transporte Ferroviario de la Dirección de Operaciones de la ATU, cargo considerado de confianza de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), aprobado por Resolución Ministerial N° 227-2019-MTC/01, de fecha 28 de marzo de 2019, actualizado con Resolución de la Oficina de...