Resolución Nº 0805-2021-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 19 de marzo de 2021

Número de resolución0805-2021-TCE-S4
Fecha19 Marzo 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0805-2021-TCE
-S4
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Sumilla: Las bases deben ser claras en todos sus extremos a
efectos de que sean comprendidas por los proveedores,
garantizando así la libertad de concurrencia, y qu e la
contratación se desarrolle ba jo condiciones de igualdad
de trato, objetividad e imparcialidad.”.
Lima, 19 de marzo de 2021.
VISTO en sesión del 19 de marzo de 2021, de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 927/2021.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por la empresa Transportes y Negociaciones Acosta S.A.C. contra
el otorgamiento de la buena pro del ítem paquete Nº 3 de la Licitación Pública Nº 001-
2020-EP/UO 0812 Primera Convocatoria; y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. De la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE, se aprecia que el 28 de diciembre de 2020, la 32ª Brigada de
Infantería del Ejército Peruano, en lo sucesivo la Entidad, convocó la Licitación
Pública Nº 001-2020-EP/UO 0812 Primera Convocatoria, por relación de ítems,
para la contratación del suministro de bienes: “Suministro de alimentos para el
personal de tropa de la 32ª Brig. Inf.”, con un valor estimado total de
S/ 1 359 775.80 (un millón trescientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta
y cinco con 80/100 soles), en lo sucesivo el procedimiento de selección.
El ítem paquete N° 3 tiene como objeto el suministro de carnes y pota, por un
valor estimado ascendente a S/ 677 208.25 (seiscientos setenta y siete mil
doscientos ocho con 25/100 soles).
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el
Reglamento.
Según el cronograma del procedimiento de selección, y de acuerdo a la
información registrada en el SEACE, el 1 de febrero de 2021, se llevó a cabo la
presentación de ofertas; asimismo, según el Acta Nº 006-2020 32ª BRIG. INF./CS
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 19.03.2021 20:19:34 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 19.03.2021 20:48:44 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 19.03.2021 21:22:51 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0805-2021-TCE
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del 4 del mismo mes y año
1
, se otorgó la buena pro del ítem paquete Nº 3 a la
empresa Alimentos y Carnes S.A.C., en adelante el Adjudicatario, por el valor de
su oferta económica, ascendente a S/ 555 103.44 (quinientos cincuenta y cinco mil
ciento tres con 44/100 soles), siendo los resultados
2
los siguientes:
POSTOR
ETAPAS
Admisión
Evaluación
Calificación y
resultado
Precio
ofertado
(S/.)
Orden de
prelación
obtenido
por
sorteo
Alimentos y Carnes S.A.C.
Admitido
555 103.44
1
Calificado
(Adjudicatario)
Transportes y
Negociaciones Acosta
S.A.C.
Admitido
585 823.12
2
Calificado
CEAR Traders S.C.R.L.
Admitido
604 871.40
3
Calificado
2. Mediante Formulario de Interposición de Recurso Impugnativo y el Escrito Nº 1,
presentados el 16 de febrero de 2021 ante la Mesa de Partes del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, y subsanado el 18 del mismo
mes y año a través de su Escrito Nº 2, la empresa Transportes y Negociaciones
Acosta S.A.C., en adelante el Impugnante, interpuso recurso de apelación contra
el otorgamiento de la buena pro del ítem paquete Nº 3 del procedimiento de
selección. Al respecto, sustenta su recurso en los siguientes argumentos:
Manifiesta que el Adjudicatario consignó en su “Anexo Nº 6 – Precio de la
oferta” cantidades de los productos que no corresponden a las
contempladas en las Especificaciones Técnicas (específicamente en el
Cronograma de entregas de alimentos del personal de tropa SMV AF 2021
Consolidado).
1
Publicada en el SEACE en la misma fecha.
2
Información pública extraída del SEACE.

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