RESOLUCION N° 079-2015/MIDIS/PNADP-DE - Modifican la Res. N° 071-2015-MIDIS/PNADP-DE, sobre designación de responsable de remitir ofertas de empleo del Programa JUNTOS al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

EmisorDESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2015
558918 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2015 /
El Peruano
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS,
se dispuso, entre otros, la extinción del Programa Nacional
de Asistencia Alimentaria – PRONAA, en un plazo que no
exceda el 31 de diciembre de 2012, respecto de la ejecución
de sus prestaciones, y el 31 de marzo de 2013 para el cierre
contable, nanciero y presupuestal, estableciéndose que el
referido proceso de extinción sea conducido por una Comisión
Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y, a su
vez, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
a aprobar, mediante resolución ministerial, los lineamientos
necesarios para el desarrollo de dicho proceso;
Que, en el marco de lo dispuesto por el citado decreto
supremo, mediante Resolución Ministerial Nº 084-2012-MIDIS
se conformó una Comisión Especial a cargo de conducir
el referido proceso de extinción, la cual fue reconformada
mediante Resolución Ministerial Nº 244-2012-MIDIS,
Resolución Ministerial Nº 219-2013-MIDIS y, posteriormente,
por Resolución Ministerial Nº 052-2014-MIDIS;
Que, el plazo previsto en el Decreto Supremo N°
007-2012-MIDIS para el cierre contable y nanciero del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA,
a cargo de la citada Comisión Especial, fue prorrogado
31 de diciembre de 2013, y, posteriormente, mediante el
Decreto Supremo N° 012-2013-MIDIS hasta el 30 de junio
de 2014;
se dispuso dar por concluidas las funciones de la referida
Comisión Especial a partir del 15 de junio de 2014, y se
estableció que la conducción del proceso de extinción del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA
continúe hasta su culminación a cargo de un Responsable,
designado mediante resolución ministerial, que ejerza
las facultades conferidas a la citada Comisión Especial,
comprendidas en la Resolución Ministerial Nº 121-2012-MIDIS
y Resolución Ministerial Nº 244-2012-MIDIS, y otras que se
aprueben mediante norma del mismo rango;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 140-2014-MIDIS
se designó, a partir del 15 de junio de 2014, a la persona
Responsable de conducir el proceso de extinción del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA,
siendo que, por Resolución Ministerial Nº 166-2014-MIDIS,
Resolución Ministerial Nº 042-2015-MIDIS y Resolución
Ministerial Nº 112-2015-MIDIS, se le otorgaron facultades
adicionales a las previstas en la Resolución Ministerial
Nº 121-2012-MIDIS y en la Resolución Ministerial Nº
244-2012-MIDIS;
Que, en dicho contexto, acorde a lo informado por
la Responsable de conducir el proceso de extinción del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA,
quien ha dado cuenta de las acciones desarrolladas
durante los años 2013, 2014 y 2015, en cumplimiento
del Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS y el Decreto
Supremo N° 003-2014-MIDIS, y habiéndose agotado las
acciones conducentes al cierre presupuestal, nanciero
y contable del referido programa, corresponde dar por
concluido el citado proceso de extinción, en mérito a las
diversas acciones realizadas;
Que, asimismo, de acuerdo con lo manifestado por
la Responsable de conducir el proceso de extinción del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA,
atendiendo a la conclusión del referido proceso de
extinción, corresponde proceder a procesar el Módulo
Contable de Liquidación y Cierre para la UE 1425
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA
– PRONAA en Extinción;
Que, además, la Responsable de conducir el proceso de
extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
– PRONAA ha señalado, de manera detallada, las acciones
administrativas, posteriores a la conclusión del proceso de
extinción, que corresponde seguir gestionándose en relación
con el extinto programa, las cuales deben ser encargadas al
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del
Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº
29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Conclusión del proceso de extinción
del PRONAA
Dar por concluido el proceso de extinción del Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA, conducido
por la Comisión Especial constituida en el marco de lo
establecido por el Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS
hasta el 14 de junio de 2014, y, desde el 15 de junio de
2014 a la fecha por la Responsable designada mediante
Resolución Ministerial N° 140-2014-MIDIS, en virtud de
declarándose extinguido para todos sus efectos al
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA.
Artículo 2.- Encargo de acciones administrativas al
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
Encárguese al Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, a través de sus órganos y/o unidades
orgánicas competentes de acuerdo con sus normas
de organización interna, la realización de las acciones
administrativas indicadas en el anexo que forma parte
integrante del presente decreto supremo, respecto del
extinto Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -
PRONAA.
Artículo 3.- Financiamiento
La aplicación de lo dispuesto por la presente norma
se atenderá con cargo al presupuesto institucional del
Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y
no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4.- Publicación
Publíquese el presente Decreto Supremo y su anexo
que forma parte integrante del mismo, en el Portal
Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
(www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de
la presente norma en el Diario O cial El Peruano.
Artículo 5.- Refrendo
El presente decreto supremo será refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de
Desarrollo e Inclusión Social.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Toda comunicación, requerimiento,
cobranza, depósito, acreencia, entre otras acciones
indicadas en el anexo de la presente norma,
correspondientes al extinto Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria - PRONAA, deberán ser dirigidos al
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para el trámite
correspondiente, en el marco de lo dispuesto en el artículo
2 del presente decreto supremo.
Segunda.- En ejecución de lo establecido en el
artículo 1 del presente decreto supremo, el Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, mediante resolución
ministerial, designará a las personas que se encarguen
de llevar a cabo el procesamiento del Módulo Contable
de Liquidación y Cierre para la Unidad Ejecutora 1425
Programa Nacional de Asistencia Solidaria – PRONAA,
las cuales dependerán funcionalmente de la Secretaría
General del mencionado Ministerio.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho
días del mes de agosto del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1272147-1
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DE, sobre designación de responsable de
remitir ofertas de empleo del Programa
JUNTOS al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 079-2015/MIDIS/PNADP-DE
Lima, 24 de julio de 2015
NL20150809.pdf 4 8/10/2015 8:04:44 AM

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