Resolución Nº 079-2014-SMV/10.2 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución IGSE N° 079-2014-SMV/10.2)

Fecha27 Noviembre 2014
Número de resolución079-2014-SMV/10.2
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ - AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 079-2014-SMV/10.2
Lima, 27 de noviembre de 2014
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
CONSIDERANDO:
El Expediente N° 2014037883, referido a la solicitud de
autorización para organizar una sociedad administradora de fondos de inversión a ser
denominada BD Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C., así
como el Informe Nº 855-2014-SMV/10.2 de fecha 26 de noviembre de 2014;
Que, mediante escritos presentados hasta el 12 de
noviembre de 2014, los señores Nelson Carlos Enrique Dávalos Gosling y Joaquín
Fernando Brignardello Barreda solicitaron autorización para la organización de una
sociedad administradora de fondos de inversión que se denominará BD CAPITAL
Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C., y que también podrá utilizar
la denominación abreviada BD Capital S.A.F.I. S.A.C.;
Que, de acuerdo con la información presentada, los
organizadores mencionados en el párrafo precedente tendrán una participación
accionaria de 50% cada uno, en BD Capital Sociedad Administradora de Fondos de
Inversión S.A.C.;
Que, de la evaluación a la documentación presentada, se
ha determinado que los organizadores de la sociedad administradora de fondos de
inversión a ser denominada BD Capital Sociedad Administradora de Fondos de
Inversión S.A.C. han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización
de organización, establecidos en los artículos 17° y 18° del Reglamento de Fondos de
Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV
042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, así como con lo establecido en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Mercado de
Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y su
modificatoria; tal como se desarrolla en el Informe Nº 855-2014-SMV/10.2 de la
Intendencia General de Supervisión de Entidades;
Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la
formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del
plazo establecido por el artículo 18° del Reglamento de Fondos de Inversión y sus
Sociedades Administradoras, corresponde otorgar la autorización solicitada; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 12° de la Ley de
Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862 y
sus modificatorias, el artículo 38°, numeral 5, inciso i) del Reglamento de Organización
y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto
Supremo N° 216-2011-EF y su modificatoria.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR