Resolución Nº 0780-2023-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 15 de febrero de 2023

Número de resolución0780-2023-TCE-S3
Fecha15 Febrero 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0780-2023-TCE-S3
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Sumilla: “(…) por las consideraciones expuestas y de una valoración
conjunta de los medios de prueba obrantes en el expediente
administrativo, así como también las actuaciones
realizadas por la Entidad y por este Tribunal, se colige que
el documento materia de análisis constituye un documento
falso.
Lima, 15 de febrero de 2023.
VISTO en sesión del 15 de febrero de 2023 de la Tercera Sala del Tribunal
de Contrataciones del Estado, el Expediente 799/2020.TCE, sobre el
procedimiento administrativo sancionador seguido a las empresas VIACIENCIA
S.A.C. y ANALISIS DE INVESTIGACION S.L. integrantes del CONSORICIO VIACIENCIA
- AEI, por presuntamente haber presentado como parte de su oferta documento
falso o adulterado, infracción tipificada en el literal j) del numeral 50.1 del artículo
50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado;
y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 7 de agosto de 2019, la Oficina de Normalización Previsional ONP, en
adelante la Entidad, convocó el Concurso Público N° 8-2019-ONP (Primera
convocatoria), para la contratación del “Servicio de Mediciones e
Investigaciones cuantitativas y cualitativas a nivel nacional”; con un valor
estimado de S/ 1982,062.58 (un millón novecientos ochenta y dos mil
sesenta y dos con 58/100 Soles), en adelante el procedimiento de selección.
El procedimiento de selección fue convocado bajo el marco del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por el Decreto Supremo 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante
el Reglamento.
El 23 de setiembre de 2019, se llevó a cabo la presentación de ofertas y el 1
de octubre del mismo año, se otorgó la buena pro al CONSORCIO
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 15.02.2023 16:58:44 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 15.02.2023 17:10:08 -05:00
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 15.02.2023 17:11:56 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0780-2023-TCE-S3
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VIACIENCIA - AEI integrado por las empresas VIACIENCIA S.A.C. y ANALISIS
DE INVESTIGACION S.L., en adelante, el Consorcio, por el monto de su oferta
económica ascendente a S/ 1779,750.00 (un millón setecientos setenta y
nueve mil setecientos cincuenta con 00/100 Soles).
El 29 de octubre del 2019, la Entidad y el Consorcio, suscribieron el Contrato
de Servicio de Mediciones e Investigaciones Cuantitativas y Cualitativas a
nivel nacional (Codigo: 2019000221)
1
, por el monto equivalente a la oferta
económica, en lo sucesivo el Contrato.
2. Mediante carta s/n y formulario de solicitud de aplicación de sanción -
Entidad, presentados el 4 de marzo de 2020 ante la Mesa de Partes del
Tribunal de Contrataciones del Estado
2
, en adelante el Tribunal, la Entidad
puso en conocimiento que los integrantes del Consorcio habrían incurrido
en causal de infracción establecida en la Ley, al haber presentado
documentación falsa en el procedimiento de selección.
A fin de sustentar su denuncia, la Entidad adjuntó el Informe N° 40-2020-
OAD.LO/ONP del 21 de febrero de 2020
3
, dando cuenta de lo siguiente:
En el marco de la fiscalización posterior efectuada a la oferta del
Consorcio, mediante Oficio N° 45-2020-OAD.LO/ONP
4
del 28 de enero
de 2020 la Entidad solicitó a la empresa THE WAVEMAKER PERU S.A.
confirmar la veracidad y autenticidad del Certificado de Trabajo de fecha
17 de marzo de 2014, perteneciente a la señora Alicia Nagahama Abe.
En respuesta, mediante carta s/n
5
del 30 de enero de 2020, la empresa
THE WAVEMAKER PERU S.A. comunicó lo siguiente:
“(…) el Certificado de Trabajo presentado por el CONSORCIO
VIACIENCIA AEI, en el marco del Concurso Público N° 008-2019-ONP,
no fue emitido por The Media Edge, siendo un documento falso, lo que
hacemos de su conocimiento para los fines pertinentes (…)”.
1
Véase : https://objectstorage.us-ashburn-1.oraclecloud.com/p/Dzntd99-
p_tkMvf4fBb84XnTuATEnKSVs5kmqURV5UKjaREd6MlLfIx6a30XDwUP/n/axx9tnhijsfw/b/BUCKET_PROD_SEACE/
o/documentos/mon/docs/contratos/2019/1984/361146729102019171129.pdf
2
Obrante a folios 1 al 4 del expediente administrativo en archivo PDF.
3
Obrante a folios 17 al 21 del expediente administrativo en archivo PDF.
4
Obrante a folio 31 del expediente administrativo en archivo PDF.
5
Obrante a folio 30 del expediente administrativo en archivo PDF.

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