Resolución Nº 078-2022-SUNEDU/CD de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 18-07-2022

Fecha18 Julio 2022
Número de resolución078-2022-SUNEDU/CD
Emisor Consejo Directivo (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria de Perú)
PERÚ
Ministerio de Educación
Superintendencia Nacional de Educación
Superior Universitaria
1
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
“Año del Bicentenario del Congreso de la República del Perú”
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 078-2022-SUNEDU-CD
Lima, 18 de julio de 2022
Sumilla:
Se declara INFUNDADO el recurso de reconsideración presentado por la Universidad
Nacional Hermilio Valdizán contra la Resolución del Consejo Directivo N° 047-2022-SUNEDU/CD,
del 26 de mayo de 2022; conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
VISTOS:
El recurso de reconsideración presentado el 17 de junio de 2022 (RTD N° 033893-2022-
SUNEDU-TD), el expediente N° 034-2021-SUNEDU/02-14 correspondiente al procedimiento
administrativo sancionador (en adelante, PAS) seguido contra la Universidad Nacional Hermilio
Valdizán, (en adelante, la UNHEVAL), y, el Informe N° 483-2022-SUNEDU-03-06 de la Oficina de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
I. Antecedentes
1. El 11 de junio de 2021, la Dirección de Supervisión (en adelante, la Disup) remitió el
Informe de Resultados 0164-2021-SUNEDU/02-13, mediante el cual recomendó iniciar
un PAS a la UNHEVAL, por el incumplimiento a los dispositivos previstos en la Ley
Universitaria, normas conexas y en su regulación interna, relacionados con la
investigación y eje cución de acciones frente a presuntos actos de hostigamiento sexual
de acuerdo con el siguiente detalle:
Caso 1:
(i) El 18 y 21 de agosto de 2017, los alumnos de iniciales E.L.M. y P.C.C. y un grupo de
alumnos de la Escuela de Arquitectura, denunciaron al docente de iniciales S.M.F.
por presuntos actos de hostigamiento sexual
1
.
(ii) Por Resolución del Consejo de Facultad 236-2017-UNHEVAL del 6 de setiembre de
2017, se excluyó al docente denunciado de la renovación de contrato para el
semestre académico 2017-II. De acuerdo con lo informado por la universidad, el
docente habría laborado hasta el 31 de julio de 2017
2
.
1
En los descargos al IFI, la universidad presentó el memorial de fecha 18 de agosto de 2017, mediante el cual los alumnos de
iniciales E.L.M. y P.C.C., representante de la Asamblea Universitaria y de Consejo de Facultad, respectivamente, denuncian al
docente, entre otros, por invitar a salir a dos alumnas del primer año de arquitectura. Adjuntaron como m edios probatorios
pantallazos de conversaciones que dan cuenta de los hechos denunciados. Asimismo, la universidad presentó el memorial de
fecha 21 de agosto de 2017, mediante el cual un grupo de estudiantes de la Escuela de Arquitectura denuncia al docente, entre
otros, por invitar a salir a las alumnas.
2
De acuerdo con el Informe 0652-2019-UNHEVAL/U.RR.HH./SUEyC del 27 de agosto de 2019, el Jefe de la Sub-Unidad de
Escalafón y Control informó que el docente de iniciales S.M.F. tenía la condición de docente contratado a tiempo parcial.

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