Resolución Nº 077-2020-SINEACE-CDAH-P del Sistema Nacional de Acreditación de Calidad Educativa, 29-04-2020

Número de resolución077-2020-SINEACE-CDAH-P
Fecha29 Abril 2020
EmisorSistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Perú)
“Decenio de la Igualdad de Oportunid ades para mujeres y hombres”
"Año de la Universalización de la Salud"
1
San Isidro, 20 de Abril de 2020
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° -2020-SINEACE/CDAH-P
VISTOS:
Los Informes 00003-2020-SINEACE/P-DEC-EBTP y N°00023-2020-
SINEACE/P-DEC-EBTP de la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación
Básica y Técnico Productiva y sus antencedentes, emtidos a través del Sistema de
Gestión Documental; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sineace establece como finalidad
del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa,
garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un
servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los
aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar
mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la
Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de
Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa Sineace, habiéndose
conformado mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto
2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias
para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo;
Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc
081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P de fecha 15 de junio 2015, se aprobó la “Guía de
Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias
Profesionales a nivel Técnico Productivo”, cuyo numeral 2.5 establece los requisitos para
la aprobación, oficialización y publicación de las Normas o Estándares de competencias
profesionales a nivel técnico productivo y que, según el numeral 2.6 de la citada Guía,
cuentan con una vigencia de cinco (05) años;
Que, el numeral 6.2 del artículo 6, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-
2019-JUS, establece que un acto administrativo puede motivarse mediante la
declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores
dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les
identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del
respectivo acto. (…)”;
Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección de Evaluación y
Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, tomando como base lo contenido
en los Informes 000002-2020-SINEACE/P-DEC-EBTP-JVA y 0000013-2020-
SINEACE/P-DEC-EBTP-JVA, propone la aprobación del documento técnico normativo
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: RUBFPIO
Firmado digitalmente por
CALDERON RIVERA Miguel Abner
FAU 20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.04.2020 14:45:37 -05:00
Firmado digitalmente por ARDILES
CHACON Edgar Marlon FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.04.2020 14:58:03 -05:00
Firmado digitalmente por CHACON
CABANILLAS Haydee Violeta FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.04.2020 14:58:51 -05:00
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000077-2020-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 21 de Abril del 2020
Firmado digitalmente por BARRIOS
VALDIVIA Carolina Melida FAU
20551178294 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.04.2020 15:08:25 -05:00
“Decenio de la Igualdad de Oportunid ades para mujeres y hombres”
"Año de la Universalización de la Salud"
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denominado Normas de Competencia del Extensionista Experto en el Manejo Integral
del Cultivo del Cacao, el mismo que cumple con la validación de expertos en el tema;
Que, mediante Informe N° 000013-2020-SINEACE/P-ST-OAJ, de fecha 15 de
enero 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que la aprobación de las citadas
Normas de Competencia cumplen con los requisitos establecidos por la normatividad
aplicable al caso, recomendando su aprobación;
Que, en sesión de fecha 18 de marzo, continuada el 19 de marzo 2020, el Consejo
Directivo Ad Hoc, según Acuerdo N° 067-2020-CDAH, aprobó el documento técnico
denominado Normas de Competencia del Extensionista Experto en el Manejo Integral
del Cultivo del Cacao;
Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Certificación
de Educación Básica y Técnico Productiva, Oficina de Asesoría Jurídica; y, de
conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sineace; su Reglamento aprobado con Decreto
Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220 Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto
Supremo 004-2019-JUS; Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU y
modificatorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU.
SE RESUELVE:
Artículo 1. - Oficializar el Acuerdo N°067-2020-CDAH de sesión de fecha 18 de
marzo, continuada el 19 de marzo 2020, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc
aprobó el documento técnico normativo denominado Normas de Competencia del
Extensionista Experto en el Manejo Integral del Cultivo del Cacao, el que en anexo forma
parte integrante de la presente resolución y entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. - Disponer la publicación de la presente resolución y las Normas de
Competencia del “Extensionista Experto en el Manejo Integral del Cultivo del Cacao” en
el portal web institucional (www.sineace.gob.pe), el mismo día de de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Documento firmado digitalmente
CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
PRESIDENTA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC
Sineace
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: RUBFPIO

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