Resolucion N° 074-2023-UNTELS-CU. Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a Brasil, en comisión de servicios

Fecha de publicación12 Septiembre 2023
SecciónSección Única
13
NORMAS LEGALES
Martes 12 de setiembre de 2023
El Peruano
/
aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-
2020-CG, y sus modicatorias, en adelante la Directiva de
los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe
del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la
Contraloría General de la República, la cual se efectúa
mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario
Ocial El Peruano;
Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece
que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General
de la República ejerce sus funciones en una entidad por
un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las
necesidades del servicio y al interés institucional, podrá
permanecer en el cargo por un periodo menor a los
tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de
designación hasta por un máximo de cinco (5) años en
total;
Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva
de los OCI establece que la designación de los Jefes
del OCI termina por la ocurrencia de alguno de los
hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le
permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a
lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b)
renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período
de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d)
razones de necesidad del servicio o interés institucional
de la Contraloría; e) separación denitiva; f) cese por
límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir
la Resolución de Contraloría dando por terminada la
designación en el cargo;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 076-
2023-CG, de fecha 27 de febrero de 2023, se designó
al señor Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo en el
cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la
Municipalidad Provincial de Chota;
Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial,
mediante la Hoja Informativa Nº 000083-2023-CG/VCST,
en atención a sus competencias establecidas en el literal
d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y
Funciones de la Contraloría General de la República,
aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-
2021-CG, y sus modicatorias, señala su conformidad a la
propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control
de Cajamarca para dar por terminada la designación del
colaborador Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo en
el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la
Municipalidad Provincial de Chota, de conformidad con el
literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI;
Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y
estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica
y Normatividad en Control Gubernamental mediante el
Memorando 000799-2023-CG/GJNC, sustentado
en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N°
000725-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría
Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la
Resolución de Contraloría que da término a la designación
del señor Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo en
el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de
la Municipalidad Provincial de Chota, entidad bajo el
ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de
Cajamarca, de conformidad con la propuesta elevada
por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial,
disponiendo las acciones de personal necesarias;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32
de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República, y sus
modicatorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N°
020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control
Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N°
392-2020-CG, y sus modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminada la designación del
señor Luis Manuel Del Carmen Vásquez Limo, en el
cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la
Municipalidad Provincial de Chota.
Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el
artículo precedente tendrá efectividad a partir del día
siguiente de la publicación de la presente Resolución,
sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de
cargo correspondiente.
Artículo 3.- Disponer que el colaborador que se
reincorpora a la Contraloría General de la República,
a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente
Resolución, de corresponder, deberá ser asignado a
la unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control
pertenece la entidad donde estuvo designado.
Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital
Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones
y la Gerencia de Tecnologías de la Información de
la Contraloría General de la República, adopten las
acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en
la presente Resolución.
Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Ocial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano
(www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría
General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República
2213724-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docente de la Universidad
Nacional Tecnológica de Lima Sur a Brasil,
en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA
SUR
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO
N° 074-2023-UNTELS-CU
Villa El Salvador, 18 de agosto de 2023
VISTO:
El ACUERDO adoptado en la Sesión de Consejo
Universitario de la Universidad Nacional Tecnológica de
Lima Sur de fecha 16 de agosto del 2023, mediante la
cual se dispone; AUTORIZAR el viaje en comisión de
servicio, al Dr. EDWIN AUGUSTO VIGO SANCHEZ en
su calidad de Defensor Universitario y docente Principal
de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur,
para su participación en el “III Encuentro de la Red
Iberoamericana de Defensorías Universitarias - RidDU”,
que es organizado por la Universidad Federal de Rio de
Janeiro, en la Ciudad de Rio de Janeiro de la República
Federativa de Brasil, a desarrollarse los días 20, 21 y 22
de setiembre del 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18° de la Constitución Política
del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada
Universidad es autónoma en su régimen normativo, de
gobierno, académico, administrativo y económico. Las
Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220
y sus propios estatutos en el marco de la constitución y
de las leyes;
Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria
N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía
universitaria. La autonomía inherente a las universidades
se ejerce de conformidad con lo establecido en la
constitución la presente Ley y demás normativa aplicable
(…)”;
Que, conforme lo establece el artículo 58° de la Ley
Universitaria Ley 30220, “el Consejo Universitario
es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución
académica y administrativa de la universidad”;
Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora
N° 157-2019-UNTELS de fecha 02 de setiembre del 2019,
se NOMBRÓ como docente Principal a tiempo completo,
plaza N° 5, al Dr. EDWIN AUGUSTO VIGO SANCHEZ en
la Escuela Profesional de Administración de Empresas.
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 12/09/2023 00:45

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