Resolución Nº 073-2016 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Administradora Jockey Plaza Shopping Center S.A., disponen la inscripción de los valores mobiliarios denominados "Tercera Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos de Jockey Plaza",)

Fecha14 Julio 2016
Número de resolución073-2016
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELACONSOLIDACIÓNDELMARDEGRAU
1
Resolución de Intendencia General SMV
073-2016-SMV/11.1
Lima, 14 de julio de 2016
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El expediente Nº 2016024944, así como el Informe
Interno N° 549-2016-SMV/11.1 del 14 de julio de 2016, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, el 24 de junio de 2016, Administradora Jockey Plaza
Shopping Center S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores la
inscripción de los valores mobiliarios denominados “Tercera Emisión del Primer
Programa de Bonos Corporativos de Jockey Plaza”, hasta por un monto máximo en
circulación de S/ 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Soles) en el
marco del “Primer Programa de Bonos Corporativos de Jockey Plaza”; así como el
registro del Complemento del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público
del Mercado de Valores;
Que, mediante Junta General de Accionistas de
Administradora Jockey Plaza Shopping Center S.A. realizadas el 26 de agosto y 29 de
septiembre de 2015, se aprobó la realización del “Primer Programa de Bonos
Corporativos de Jockey Plaza”, hasta por un monto máximo en circulación de
US$ 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica) o su equivalente en Soles, y se facultó a la señora Yarina
Magali Landa del Castillo y el señor Bernardo José Regal Villa para que, de forma
conjunta, puedan determinar todos y cada uno de los términos, características y
condiciones del programa y sus respectivas emisiones;
Que, no obstante, posteriormente dichas facultades
fueron revocadas mediante acuerdo de Junta General de Accionistas de
Administradora Jockey Plaza Shopping Center S.A., del 15 de junio de 2016, la misma
que facultó a los señores Bernardo José Regal Villa y Carlos Camilo Mendez Matos
para que, de manera conjunta, puedan determinar, entre otros, términos y condiciones
de las emisiones que se realicen en el marco del programa de emisión denominado
“Primer Programa de Bonos Corporativos de Jockey Plaza”;
Que, en ese marco, el 12 de junio del 2016 los señores
Bernardo José Regal Villa y Carlos Camilo Mendez Matos acordaron los términos de la
emisión y conjuntamente con Banco de Crédito del Perú, Representante de los
Obligacionistas, celebraron el Contrato Complementario correspondiente a la “Tercera
Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos de Jockey Plaza”, hasta por un
monto máximo en circulación de S/ 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y
00/100 Soles), el mismo que fue elevado a escritura pública el 13 de julio de 2016 ante
notario de Lima, Dr. Alfredo Paino Scarpati;

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