Resolución Nº 072-2019 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la inscripción de los valores mobiliarios denominados "Primera Emisión del Cuarto Programa de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.")

Número de resolución072-2019
Fecha02 Octubre 2019
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD
1
Resolución de Intendencia General SMV
Nº 072-2019-SMV/11.1
Lima, 02 de octubre de 2019
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El expediente Nº 2019038938, así como el Informe Interno
1149-2019SMV/11.1 del 02 de octubre de 2019, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas
de Mercados;
Considerando:
Que, el 26 de septiembre de 2019, Luz del Sur S.A.A.
solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores SMV la inscripción de los
valores denominados «Primera Emisión del Cuarto Programa de Bonos Corporativos e
Instrumentos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.», hasta por un monto máximo en
circulación de US$ 50 000 000,00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América) o su equivalente en Soles, así como el registro del Complemento
del Prospecto Marco en el Registro Público del Mercado de Valores y en el Registro de
Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, de la revisión de la documentación e información
presentada se ha verificado que en Junta Obligatoria Anual de Accionistas de Luz del
Sur S.A.A. celebrada el 27 de marzo de 2018, se aprobó el «Cuarto Programa de Bonos
Corporativos e Instrumentos de Corto de Plazo de Luz S.A.A.» hasta por un monto
máximo en circulación de US$ 500 000 000,00 (Quinientos Millones y 00/100 Dólares
de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles; asimismo, se delegó en
el Directorio las facultades necesarias para determinar los términos, condiciones y
características del programa y sus respectivas emisiones y/o series;
Que, en el marco del referido acuerdo, el Directorio de Luz
del Sur S.A.A., en sesión celebrada el 27 de marzo de 2018, acordó autorizar a los
señores Mile Cacic Enríquez, Luis Fernando de las Casas Riccardi, Luis Miguel Quirós
Velásquez, Mario Rizal González del Carpio y Zoila María Horna Zegarra, para que
cualesquiera, dos de ellos, actuando conjuntamente, puedan determinar todos y cada
uno de los términos, condiciones y características del programa y/o sus emisiones;
Que, mediante Resolución de Intendencia General SMV
N° 055-2019-SMV/11.1 del 28 de junio de 2019 se inscribió, en el marco de un trámite
anticipado, el Programa de Emisión denominado «Cuarto Programa de Bonos
Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.» y se dispuso el
registro del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de
Valores y en el Registro de la Bolsa de Valores de Lima;

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