Resolucion N° 0700-2023/SEL-INDECOPI . Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el literal c) del artículo 9 de la Ordenanza Municipal 598-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, Ordenanza que regula la calidad de las actividades comerciales, profesionales y de servicios en el distrito de Pueblo Libre

Fecha de publicación14 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Modifican la Resolución Ministerial N° 278-2018-MINCETUR, mediante la cual se aprueba a la empresa COMPAÑÍA IHC S.A.C. como empresa calificada para el goce del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV regulado por el D. Leg. N° 973

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas


FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 10 de noviembre de 2023


ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:Municipalidad Distrital de Pueblo Libre


NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:Literal c) del artículo 9 de la Ordenanza Municipal 598-MPL, Ordenanza que regula la calidad de las actividades comerciales, profesionales y de servicios en el distrito de Pueblo Libre.


PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución 0812-2023/CEB-INDECOPI del 7 de julio de 2023


BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL


La prohibición de ubicar establecimientos comerciales, tales como discotecas y bares, a una distancia menor de 350 m.l. del radio de influencia de edificaciones con zonificación de uso educación, salud y religioso, materializada en el literal c) del artículo 9 de la Ordenanza Municipal 598-MPL, Ordenanza que regula la calidad de las actividades comerciales, profesionales y de servicios en el distrito de Pueblo Libre.


SUSTENTO DE LA DECISIÓN:


La prohibición declarada ilegal excede las...

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