Resolución Nº 0681-2023-TCE-S6, Tribunal de Contrataciones del Estado, 10 de febrero de 2023

Número de resolución0681-2023-TCE-S6
Fecha10 Febrero 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución
N.º
00681-2023-TCE-S6
Sumilla: “(…) el numeral 136.3 del artículo 136 del Reglamento establece
que el postor adjudicatario que no perfeccione la relación
contractual es pasible de sanción, salvo que concurra: (i)
imposibilidad física que no le sea atribuible, o (ii) imposibilidad
jurídica que no le sea atribuible; en ambos casos, la imposibilidad
debe ser sobrevenida al otorgamiento de la buena pro.”.
Lima, 10 de febrero de 2023
VISTO en sesión del 10 de febrero de 2023, de la Sexta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 1846/2021.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa FRINOX SERVICE E.I.R.L. (con R.U.C. N°
20562958364); por su supuesta responsabilidad al incumplir injustificadamente con su
obligación de perfeccionar el contrato ante la SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
TERRESTRE DE PERSONAS, CARGAS Y MERCANCIAS - SUTRAN, en el marco de la Adjudicación
Simplificada N° 12-2020-SUTRAN/05.1; infracción tipificada en el literal b) numeral 50.1 del
artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; y, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES
1. Según la información obrante en la ficha de selección
1
del Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado (SEACE), el 31 de agosto de 2020, la SUPERINTENDENCIA DE
TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGAS Y MERCANCIAS - SUTRAN, en lo
sucesivo la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada N° 12-2020-SUTRAN/05.1, para
la Adquisición de zapatos de seguridad para el personal operativo de las Unidades
Desconcentradas y Estaciones de pesaje de la SUTRAN a nivel nacional”, por un valor
estimado de S/ 81,950.00 (ochenta y un mil novecientos cincuenta con 00/100 soles), en
lo sucesivo el procedimiento de selección.
1
Obrante a folios 12 y 13 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 10.02.2023 16:08:12 -05:00
Firmado digitalmente por ALVAREZ
CHUQUILLANQUI Roy Nick FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 10.02.2023 16:15:12 -05:00
Firmado digitalmente por SIFUENTES
HUAMAN Mariela Nereida FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 10.02.2023 16:17:34 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución
N.º
00681-2023-TCE-S6
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Dicho procedimiento fue convocado bajo la vigencia del Texto Único Ordenado de la Ley
N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-
2019-EF, en adelante el TUO de la Ley, y su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
El 8 de setiembre de 2020, se llevó a cabo la etapa de presentación de ofertas en forma
electrónica, y el 17 de setiembre de 2020 se registró en el Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado - SEACE el otorgamiento de la buena pro a favor de la empresa
FRINOX SERVICE E.I.R.L. (con R.U.C. N° 20562958364), en adelante el Adjudicatario, por
el monto ofertado de S/ 81,650.00 (ochenta y un mil seiscientos cincuenta con 00/100
soles), registrándose el consentimiento de la buena pro en el SEACE el 25 de setiembre de
2020.
2. Mediante Solicitud de aplicación de sanción Entidad
2
del 25 de enero de 2021,
presentado el 16 de marzo de 2021 a través de la Mesa de Partes Virtual del OSCE, la
Entidad puso en conocimiento del Tribunal que el Adjudicatario habría incurrido en causal
de infracción, al incumplir injustificadamente con su obligación de perfeccionar el
contrato, derivado del procedimiento de selección.
Es así que, adjuntó el Informe N° D000031-2021-SUTRAN-OAJ
3
del 20 de enero de 2021,
mediante el cual la Entidad señaló lo siguiente:
El 25 de setiembre de 2020, se registel consentimiento del otorgamiento de buena
pro a través de la plataforma del SEACE, a favor de la empresa FRINOX SERVICE
E.I.R.L., teniendo un plazo de ocho (8) días hábiles para la presentación de los
documentos para el perfeccionamiento de contrato; siendo el 7 de octubre de 2020
la fecha en la cual venció el plazo máximo.
El 9 de octubre de 2020, mediante Memorando D001808-2020-SUTRAN-UA, la
Unidad de Abastecimiento solicitó a la coordinación de mesa de partes, se sirviese
informar si la empresa FRINOX SERVICE E.I.R.L. había presentado los documentos
para el perfeccionamiento de contrato; en atención al requerimiento, el 12 de
octubre de 2020, a través del Memorando D000107-2020-SUTRANPAIC, la
Coordinación de la plataforma de atención al ciudadano informó que tras la revisión,
2
Obrante a folios2 y 3 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.
3
Obrante a folios 20 al 24 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.

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