Resolución Nº 0663 -2021-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 5 de marzo de 2021

Número de resolución0663 -2021-TCE-S1
Fecha05 Marzo 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 0663 -2021-TCE-S1
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Sumilla: “(…) la presunción de veracidad admite prueba en
contrario, en la medida que es atribución de la
administración pública verificar la documentación
presentada.
Lima, 5 de marzo de 2021.
Visto, en sesión del 5 de marzo de 2021, de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 3245/2018.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador iniciado contra la empresa SERVICIOS MULTIPLES ICA S.A.C.,
por su supuesta responsabilidad al haber presentado documentación falsa, como parte de
su oferta, en el marco del Concurso Público 01-2017-SUNASS - Primera Convocatoria,
Ítem N° 07, convocado por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento -
SUNASS, para para el “Servicio de seguridad y vigilancia para los locales de las Oficinas
Desconcentradas de SUNASS; y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES
1. Según la información obrante en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
(SEACE), el 29 de diciembre de 2017
1
, la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
SERVICIOS DE SANEAMIENTO - SUNASS, en adelante la Entidad, convocó el Concurso
Público N° 01-2017-SUNASS - Primera Convocatoria, para el “Servicio de seguridad y
vigilancia para los locales de las Oficinas Desconcentradas de SUNASS”, por relación
de ítems, con un valor referencial total ascendente a S/ 2’443,392.00 (dos millones
cuatrocientos cuarenta y tres mil trescientos noventa y dos con 00/100 soles), en lo
sucesivo el procedimiento de selección.
El ítem N° 07: “Seguridad y vigilancia ODS Ica”, tuvo un valor referencial total
ascendente a S/ 101,808.00 (ciento un mil ochocientos ocho con 00/100 soles).
El 19 de febrero de 2018, se llevó a cabo la presentación de ofertas, y el 3 de abril de
ese mismo año se otorgó la buena pro, respecto del ítem Nº 07, a la empresa
1
Según ficha electrónica del procedimiento de selección; obrante a folios 145 al 147 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.03.2021 18:47:46 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.03.2021 19:03:51 -05:00
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.03.2021 19:26:38 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 0663 -2021-TCE-S1
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SERVICIOS MULTIPLES ICA S.A.C., por el monto de su oferta económica ascendente a
S/ 79,296.00 (setenta y nueve mil doscientos noventa y seis mil con 00/100 soles).
El 30 de abril de 2018, la Entidad y la empresa SERVICIOS MULTIPLES ICA S.A.C., en
adelante el Contratista, suscribieron el “Contrato de Servicio de seguridad y
vigilancia
2
.
2. Mediante Formulario de Solicitud de aplicación de sanción- Entidad/Tercero
3
,
presentado el 23 de agosto de 2018 ante la Mesa de Partes del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la Entidad puso en
conocimiento que el Contratista habría presentado documentación falsa o adulterada
en el marco del procedimiento de selección.
A fin de sustentar su denuncia, la Entidad adjuntó el Informe N° 026-2018-SUNASS-
060
4
de fecha 13 de agosto 2018, dando cuenta de lo siguiente:
a) A través del Oficio Nº 769-2018-SUNASS-088
5
del 11 de julio de 2018, se solicitó
al Notario Público de Ica, César Ezequiel Sánchez Baiocchi, confirmar si en su
despacho se legalizaron las firmas de los señores José Luis Osorio Yupanqui,
Jhon Christian Muñoz López, Gonzalo Clemente Pizarro Ramos y José Antonio
Vásquez Chipana, consignadas en las Cartas de Compromiso del personal clave;
documentación presentada por el Contratista, como parte de su oferta.
b) En virtud a lo requerido, mediante Carta S/N
6
del 21 de julio de 2018, el Notario
Público de Ica, César Ezequiel Sánchez Baiocchi, manifestó lo siguiente:
“(…) respecto a la consulta efectuada sobre la legalización de las cartas
de compromiso suscritas por los sres; José Luis Osorio Yupanqui, Jhon
Christian Muñoz López, Gonzalo Clemente Pizarro Ramos y José Antonio
Vásquez Chipana, dichos documentos no han sido legalizados por ante
la notaría a mi cargo, no correspondiendo al suscrito la legalización
2
Obrante a folios 11 al 13 del expediente administrativo.
3
Obrante en el folio 1 del expediente administrativo.
4
Obrante a folios 5 al 6 del expediente administrativo.
5
Obrante a folio 15 del expediente administrativo.
6
Obrante a folio 21 del expediente administrativo.

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