Resolución Nº 066-2019 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSUP 066-2019)

Fecha20 Mayo 2019
Número de resolución066-2019
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELAIGUALDADDEOPORTUNIDADESPARAMUJERESYHOMBRESAÑODELALUCHACONTRALACORRUPCIÓNYLAIMPUNIDAD
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Resolución de Superintendente
Nº 066-2019-SMV/02
Lima, 20 de mayo de 2019
El Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:
El Expediente N° 2017016554, el Informe Nº 240-2019-
SMV/06 del 6 de marzo de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica (en
adelante, OAJ) y el escrito de apelación presentado por la Sociedad Agente de Bolsa
Sura S.A. (en adelante SURA SAB);
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución de Superintendencia Adjunta
SMV Nº 126-2017-SMV/10 (en adelante, LA RESOLUCIÓN), el Superintendente
Adjunto de Supervisión Prudencial sancionó a SURA SAB con dos (2) amonestaciones
y una multa ascendente a cuatro (4) UIT por la comisión de cuatro infracciones
calificadas como leves, de acuerdo con lo señalado en el inciso 3.14, numeral 3, del
Anexo X del Reglamento de Sanciones de la SMV, vigente al momento de la comisión
de las infracciones, las cuales fueron: i) no haber informado oportunamente la
designación del señor Tomas Enrique Silva Berenguel, como gerente de administración
de carteras de SURA SAB, acordada el 1 de diciembre de 2015; ii) no haber informado
oportunamente la designación del señor Roberto Eduardo Andrade Russi, como
funcionario de control interno de SURA SAB, acordada el 26 de noviembre de 2015; iii)
no haber informado oportunamente la celebración del contrato con entidades del exterior
para realizar operaciones de intermediación, de fecha 12 de enero de 2016; y iv) no
haber informado oportunamente la celebración de contrato con entidades del exterior
para realizar operaciones de intermediación, de fecha 12 de mayo de 2016;
Que, con escrito presentado el 23 de enero de 2018, SURA
SAB interpuso recurso de apelación contra LA RESOLUCIÓN;
Que, por Oficio N° 1241-2019-SMV/03 la SMV puso en
conocimiento de SURA SAB el Informe N° 240-2019-SMV/06 de la OAJ, en el que dicha
oficina emite su opinión sobre el recurso de apelación interpuesto;
I. DEL RECURSO DE APELACIÓN
Que, SURA SAB sustenta su recurso de apelación en los
siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
a. Que subsanó de manera voluntaria los cuatro actos calificados por la
Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial (SASP) como infracciones
administrativas, de manera previa a la Imputación de cargos (Oficio de Cargos
N° 2566-2017-SMV/10.3), ya que el oficio de cargos fue notificado el día 25 de
abril de 2017, mientras que los incumplimientos sucedieron entre noviembre del
año 2015 y mayo del año 2016; y fueron subsanados voluntariamente entre

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