Resolución Nº 0634-2022-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 02-11-2022

Número de resolución0634-2022-ANA
Fecha02 Noviembre 2022
Número de expediente161838-2022
MateriaQueja por Defecto de Tramitación
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado de ANA, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S 070-2013-PCM y la
Tercera Disposición Complementaria Final del D.S 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden s er contrastadas a través de la siguiente dirección
web: Url:http://sisged.ana.gob.pe/consultas e ingresando la siguiente clave : 1335AF E8
RESOLUCIÓN N° 0634-2022-ANA-TNRCH
Lima, 02 de noviembre de 2022
EXP. TNRCH
:
690-2022
CUT
:
161838-2022
SOLICITANTE
:
César Alfonso Susanibar Plaza
MATERIA
:
Queja por defecto de
tramitación
ÓRGANO
:
AAA Cañete - Fortaleza
UBICACIÓN
POLÍTICA
:
Distrito
:
Provincia
:
Departamento
:
SUMILLA:
Se declara que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la queja por defecto de tramitación presentada
por el señor César Alfonso Susanibar Plaza contra la Autoridad Administrativa del Agua Cañete Fortaleza, por
haberse producido la sustracción de la materia.
1. SOLICITUD DE QUEJA Y DEFECTO INVOCADO
El señor César Alfonso Susanibar Plaza presenta una queja por defecto de tramitación
contra la Autoridad Administrativa del Agua Cañete Fortaleza por no haber cumplido
con dar respuesta a su solicitud de inclusión en la licencia de uso de agua otorgada
mediante la Resolución Directoral N° 1540-2016-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA.
2. ARGUMENTO DE LA QUEJA
El señor César Alfonso Susanibar Plaza sustenta su queja en el hecho de que la Autoridad
Administrativa del Agua Cañete Fortaleza no ha cumplido con dar respuesta a su
solicitud de inclusión en la licencia de uso de agua otorgada mediante la Resolución
Directoral N° 1540-2016-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA presentada el 17.05.2022,
pese a que ya se ha cumplido con el plazo legal de 30 (treinta) días que tenía la
Administración emita un pronunciamiento, conforme lo establecido en el artículo 30° del
TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
3. ANTECEDENTES RELEVANTES
3.1. La Autoridad Administrativa del Agua Cañete - Fortaleza, mediante la Resolución
Directoral N° 1540-2016-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA de fecha 15.09.2016,
resolvió otorgar licencia de uso de agua subterránea proveniente de 02 (dos) pozos
a favor de la empresa Country Home S.A., hasta por un volumen máximo anual de
31,319.19 m3 y 300,372.91 m3, para el riego del fundo denominado El Arenal,
Firmado digitalmente por GUEVARA
PEREZ Edilberto FAU 20520711865
hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08/11/2022
Firmado digitalmente por
REVILLA LOAIZA Francisco
Mauricio FAU 20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 08/11/2022

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