RESOLUCION N° 062-2015-INDECOPI/COD - Autorizan viaje de representantes del INDECOPI a Filipinas, en comisión de servicios

Fecha de disposición22 Abril 2015
Fecha de publicación22 Abril 2015
El Peruano
Miércoles 22 de abril de 2015
551096
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con fecha 9 de enero de 2015 se publicó en el diario
o cial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo N°
265-2014-OS/CD, a través de la cual se determinaron los
órganos competentes de Osinergmin para el ejercicio de la
función instructora y sancionadora en el sector energía.
Asimismo, con fecha 9 de enero de 2015 se publicó
en el diario o cial El Peruano la Resolución de Consejo
Directivo N° 266-2014-OS/CD, a través de la cual se
determinaron los órganos competentes de Osinergmin
para los trámites relacionados con el Registro de
Hidrocarburos.
Es objetivo de Osinergmin propiciar una
desconcentración más efectiva de las funciones de
supervisión, fiscalización y sanción en los subsectores
de hidrocarburos, electricidad y gas natural a las
Oficinas Regionales, razón por la cual, mediante las
resoluciones citadas precedentemente, se otorgaron
competencias al Gerente de Operaciones y Oficinas
Regionales para conocer procesos de supervisión,
fiscalización y sanción en materias de hidrocarburos
líquidos y electricidad.
En aras de profundizar el proceso de desconcentración
de funciones y considerando criterios de especialización
técnica, se considera conveniente rede nir las instancias
competentes para el ejercicio de la función sancionadora
en materias vinculadas a los subsectores de hidrocarburos,
electricidad y gas natural, así como para la tramitación de
procedimientos regulados en los Anexos del Reglamento
de Registro de Hidrocarburos, aprobado por la Resolución
de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD, modi cado
por Resolución de Consejo Directivo N° 266-2014-OS/
CD, a efectos que sean de competencia del Gerente de
Operaciones y las O cinas Regionales.
Teniendo en cuenta lo señalado en los considerandos
precedentes, resulta necesaria la modi cación de
los ítems 1, 2, 3 y 4 del Anexo de la Resolución de
Consejo Directivo N° 265-2014-OS/CD referidos a las
competencias sancionadoras de las O cinas Regionales,
Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos,
Gerencia de Fiscalización Eléctrica y Gerencia de
Fiscalización de Gas Natural; así como del artículo 2°
de la Resolución de Consejo Directivo N° 266-2014-OS/
CD referido a la autoridad que resuelve los trámites del
Registro de Hidrocarburos relacionados a instalaciones
de gas natural.
1227183-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Autorizan viaje de representantes del
INDECOPI a Filipinas, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DIRECTIVO DEL INDECOPI
Nº 062-2015-INDECOPI/COD
Lima, 10 de abril de 2015
VISTO:
El Informe 019-2015/GCT de fecha 7 de abril de
2015, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y
Relaciones Institucionales (GCT);
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 061-2014-
RE, se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú
de las Presidencia del Foro de Cooperación Económica
Asia-Pací co (APEC) durante el año 2016, incluyendo la
realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho foro
y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años
2014, 2015 y 2016: reuniones Ministeriales, reuniones
Ministeriales Sectoriales, encuentros preparatorios de las
reuniones Ministeriales, diálogos de Alto Nivel, reuniones
de Altos Funcionarios, reuniones de los Grupos de Trabajo,
reuniones de los Grupos de Tareas, diálogos Público-Privado,
reuniones de Comités, Subcomités, Grupos de Expertos,
reuniones del Consejo Consultivo Empresarial, Cumbre
Empresarial de APEC, así como los seminarios, simposios
y talleres nacionales e internacionales preparatorios de la
agenda para la Presidencia Peruana APEC 2016;
Que, mediante Of.RE (AFE) N° 1-0-H/45, el Ministerio
de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento del
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de
la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi que
la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM 2) y
Reuniones Conexas del APEC se realizaran en la ciudad
de Boracay, República de Filipinas, del 10 al 21 de mayo
de 2015 y solicita que se designe a funcionarios del
INDECOPI para que participen en las reuniones de los
grupos de trabajo y eventos de interés sectorial, con el
objetivo de mantener una activa participación en dichas
reuniones, con miras a una exitosa agenda durante la
presidencia del Perú en el año 2016;
Que, los eventos a desarrollarse serán: la Reunión
SOM 2, el Comité de Altos Funcionarios sobre Cooperación
Económica y Técnica, el Comité de Comercio e Inversión,
la Reunión Preparatoria del Comité Económico de la
Reunión Ministerial sobre Reforma Estructural, Formación
en Gestión de Proyectos, la Conferencia de Centros de
Estudios de APEC, el Diálogo sobre política comercial en
los acuerdos comerciales regionales y acuerdos de libre
comercio, Amigos de la Presidencia sobre la integración
económica regional, Política de asociación en materia de
ciencia, tecnología e innovación, entre otras reuniones
que se realizarán en dicho contexto;
Que, de acuerdo al artículo 2 del Decreto Legislativo N°
1033, el Indecopi es un organismo autónomo encargado,
entre otras funciones, de i) Defender la libre y leal
competencia, sancionando las conductas anticompetitivas
y desleales y procurando que en los mercados exista una
competencia efectiva; ii) vigilar el proceso de facilitación
del comercio exterior mediante la eliminación de barreras
comerciales no arancelarias conforme a la legislación de
la materia; y iii) Administrar el sistema de otorgamiento
y protección de los derechos de propiedad intelectual
en todas sus manifestaciones, en sede administrativa,
conforme a lo previsto en la referida Ley;
Que, se considera necesaria la participación de la
señora Lily Escobar Ebell, Especialista 1 de la Gerencia de
Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT), y
de los señores Mauricio Gonzales del Rosario, Gerente de
la GCT y Jorge Miranda Assen, Especialista 1 de la GCT,
dado que su asistencia permitirá que el INDECOPI participe
de forma activa y permanente en las Reuniones de Altos
Funcionarios, Comités, Subcomités y Grupos de Trabajo
referidos a temas de competencia institucional con miras
al ejercicio de la Presidencia del Estado peruano en el
APEC 2016, en tanto cuentan con la experiencia profesional
necesaria para atender los requerimientos de los eventos
a desarrollarse, lo cual permitirá fortalecer el desarrollo de
la posición nacional de cara a los objetivos nacionales de
desarrollar la Presidencia de APEC en 2016;
Que, en atención a las consideraciones expresadas, el
viaje de representación resulta de interés nacional para la
promoción de las actividades del Perú, por lo cual se estima
necesario autorizar la participación de representantes
del Indecopi en los eventos a realizarse en la ciudad de
Boracay, República de Filipinas, disponiéndose, para tal
efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos
en los que incurran los participantes, sean asumidos
íntegramente por el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
- Indecopi;
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del
Indecopi; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de
Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos;

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