Resolución Nº 060-2018-SUNEDU/CD de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 22-06-2018

Número de resolución060-2018-SUNEDU/CD
Fecha22 Junio 2018
Emisor Consejo Directivo (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria de Perú)
PERÚ
Ministerio
de
Educación
Edudpedor
UniversitarIa
‘Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres”
“Año
del
Diálogo
y
la
Reconciliación Nacional”
RESOLUCIÓN
DEL
CONSEJO
DIRECTIVO
06O-2018-SUNEDU/CD
Lima,
22
de
junio
de
2018
1.
VISTOS:
La
Solicitud
de
Licenciamiento
Institucional
con
Registro
de
Trámite
Documentario
12250-
2017-SUNEDU-TD
del
17
de
abril
de 2017
y
el
Plan
de
Adecuación
con
Registro
de
Trámite
Documentario
09978-2018-SUNEDU-TD
del
1
de
marzo
de
2018,
presentadas
por
la
Universidad
Privada
San
Juan
Bautista
S.A.C.
(en
adelante,
la
Universidad);
y,
el
Informe
Técnico
de
Evaluación
del
Plan
de
Adecuación
094-2018-SUNEDU-02-12
deI
6
de
junio
de 2018,
emitido
por
la
Dirección
de
Licenciamiento
(en
adelante,
Dilic);
y,
II.
CONSIDERANDO:
11.1.
Antecedentes
Que,
según
lo
establecido
en
el
artículo
13
de
la
Ley
N°30220,
Ley
Universitaria
(en
adelante,
Ley
Universitaria),
el
licenciamiento
es
el
procedimiento
administrativo
que
tiene
como objetivo
verificar
el
cumplimiento
de
las
Condiciones
Básicas
de
Calidad
(en
adelante,
CBC)
para
ofrecer
el
servicio
educativo
superior
universitario
y
autorizar
su
funcionamiento;
-
Que,
los
numerales
15.1
y
19.3
de
los
artículos
15
y
19
de
la
citada
ley,
establecen
como
una
de
las
funciones
de
la
Superintendencia
Nacional
de Educación
Superior
Universitaria
(en
adelante,
J
Sunedu),
atribuida
al
Consejo
Directivo
la
de
aprobar
o
denegar
las
solicitudes
de
licenciamiento
de
universidades;
Que,
mediante
Resolución
006-2015-SUNEDU/CD,
el
Consejo
Directivo
de
la
Sunedu
aprobó
el
“Modelo
de
Licenciamiento
y
su
implementacián
en
el
Sistema
Universitario
Peruano”
(en
adelante,
el
Modelo),
que
contiene:
el
Modelo de
Licenciamiento
Institucional,
las
CBC,
el
Plan
de
Implementación
Progresiva
del
Proceso
de
Licenciamiento
y
el
Cronograma
-
Solicitud
de
Licenciamiento Institucional’;
Que,
por
Resolución
del
Consejo
Directivo
008-2017-SUNEDU/CD
del
14
de
marzo
de
2017
se
aprobó
el
Reglamento
del
Procedimiento
de
Licenciamiento Institucional,
que derogó
la
Resolución
del
Consejo
Directivo
007-2015-SUNEDU/CD
que
aprobó
el
Reglamento
del
Procedimiento
de
Licenciamiento Institucional
para
universidades
públicas
o
privadas;
Que,
el
17
de
abril
de
2017,
mediante
Resolución
de
Trámite
Documentario
12250-2017-
(
SUNEDU-02-12,
Ja
Universidad
presentó
su
solicitud
de
licenciamiento
institucional
(en
adelante,
SU);
Que,
habiéndose
iniciado
el
procedimiento
por
Resolución de
Trámite N°001
del 21
de
octubre
de 2016,
la
Dilic
efectuá
observaciones
a
través
del
Oficio
375-2017-SUNEDU/02-12,
notificado
el 19
de
junio
de
2017;
Que,
revisada
la
documentación
remitida
por
la
Universidad,
se
efectuaron
observaciones
a
cuarenta
(40)
de
los
cuarenta
y
dos
(42)
indicadores
evaluados
en
esta
etapa
y,
en
atención
a
ello,
mediante
Oficio
375-2017/SUNEDU-02-12
del
13
de
junio
de
2017
la
Dilic
otorgó
a
la
Universidad
un
plazo
de
diez
(10)
días
hábiles
para
cumplir
con
presentar
la
información
necesaria
para
subsanar
las
observaciones formuladas;
Publicada en
el
Diario
Oficial
“El
Peruano,
el
24
de
noviembre
de
2015.
1

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