Resolución Nº 059-2024-OS-CD del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 25-04-2024

Número de resolución059-2024-OS-CD
Fecha25 Abril 2024
“Año del Bi centenario, de la c onsolida ción de nuestra Independenci a, y de la conmemorac ión de las
heroicas batallas de Junín y Ayac ucho”
Informe Legal N° 271-2024-GRT
Opinión legal sobre la procedencia de evaluar el Factor de Ajuste asociado al Costo Medio y
aprobar los Factores de Reajuste Tarifario y el valor de la Alícuota aplicable a la Tarifa de
Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión de Distribución de Gas Natural
por Red de Ductos de Ica
Para : Raul Edgardo Montoya Benites
Gerente de la División de Gas Natural (e)
Referencia : Expediente N° 196-2024-GRT
Fecha : 16 de abril de 2024
RESUMEN
Conforme a lo dispuesto en el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de
Ductos, las tarifas y sus fórmulas de actualización tendrán una vigencia de cuatro (4) años y
podrán recalcularse si existiesen variaciones significativas respecto de l as bases utilizadas para el
cálculo de la tarifa. Se establece además que el recalculo tarifario correspondiente debe realizarse
de acuerdo con la metodología definida por Osinergmin.
Conforme al Procedimiento de Reajuste de la Tarifa de Distribución de Gas N atural por Red de
Ductos de la Concesión de I ca aprobado por Osinergmin, la resolución que apruebe el reajuste
tarifario del componente de costo de distribución (variaciones significativas), es publi cada en el
diario oficial antes del 01 de mayo del año que corresponda, de tal forma que su aplicación sea
efectiva a partir del tercer año del periodo regulatorio.
En el año 2022, Osinergmin aprobó las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos
de la Concesión de Ica, el Plan Quinquenal de Inversiones para el periodo regulatorio 2022 2026
y determinó el valor de la Alícuota aplicable para el funcionamiento del Mecanismo de Promoción.
Considerando que e l tercer año del periodo regulatorio en curso i nicia el 01 de mayo de 2024
próximo, resulta procedente evaluar el reajuste tarifario del componente de costo de distribución
y, de ser el caso, determinar el Factor de A juste Asociado al Costo de Distribución . Del mismo
modo, en caso se determine que corresponde reajustarse las Tarifas de Distribución de Gas
Natural vigentes, se deberá determinar el nuevo valor de la Alícuota a fin de garantizar los fondos
necesarios para el funcionamiento del Mecanismo de Promoción.
En conclusión, procede someter a evaluación y posterior aprobación, por parte del Consejo
Directivo de Osinergmin, la aprobación de los Factores de Reajuste Tarifario y e l v alor de la
Alícuota aplicable a las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión
de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Ica.

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