Resolución Nº 0589-2022-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 18-10-2022

Número de resolución0589-2022-ANA
Fecha18 Octubre 2022
Número de expediente124492-2021
MateriaProcedimiento Administrativo Sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
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RESOLUCIÓN N° 0589-2022-ANA-TNRCH
Lima, 18 de octubre de 2022
SUMILLA:
Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Instituto de Educación Superior Tecnológico
Público Alto Mayo contra la Resolución Directoral N° 0180-2022-ANA-AAA.H, por no haberse desvirtuado la
comisión de la infracción contenida en el literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
1. RECURSO ADMINISTRATIVO Y ACTO IMPUGNADO
El recurso de apelación presentado por el Instituto de Educación Superior Tecnológico
Público Alto Mayo contra la Resolución Directoral N° 0180-2022-ANA.AAA.H de fecha
21.03.2022, emitida por la Autoridad Administrativa del Agua Huallaga mediante la cual
resolvió lo siguiente:
ARTÍCULO .- ESTABLECER RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA al Instituto de
Educación Superior Tecnológico Público Alto Mayo identificado con RUC N° 20488914899, por
la comisión de la conducta infractora calificada como grave tipificada en el numeral 13) del
artículo 120° de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos, que indica “contravenir cualquiera
de las disposiciones previstas en la Ley o en el Reglamento”, concordante con el literal f) del
artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 001-2010-AG, el cual tipifica que constituye infracción en materia de recursos
hídricos el “ocupar sin autorización los cauces, riberas, fajas marginales o los embalses de las
aguas”, en mérito a los considerandos descritos en la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- IMPONER SANCIÓN ADMINISTRATIVA DE MULTA por un monto de tres (03)
UIT (…) al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Alto Mayo identificado con RUC
N° 20488914899, por haber incurrido en la comisión de la conducta infractora calificada como
grave, tipificada en el numeral 13) del artículo 120° de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos
Hídricos, que indica “contravenir cualquiera de las disposiciones previstas en la Ley o en el
Reglamento”, concordante con el literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos
Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, el cual tipifica que constituye
EXP. TNRCH
:
317-2022
CUT
:
124492-2021
IMPUGNANTE
MATERIA
ÓRGANO
:
:
:
Instituto de Educación Superior
Tecnológico Público Alto Mayo
Procedimiento Administrativo
Sancionador
AAA Huallaga
UBICACIÓN
POLITÍCA
:
Distrito
:
Provincia
:
Departamento
:
Firmado digitalmente por GUEVARA
PEREZ Edilberto FAU 20520711865
hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21/10/2022
Firmado digitalmente por
REVILLA LOAIZA Francisco
Mauricio FAU 20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 24/10/2022

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