Resolución Nº 056-2024-OS-CD del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 25-04-2024

Número de resolución056-2024-OS-CD
Fecha25 Abril 2024
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y
Ayacucho”
Informe Legal N° 259-2024-GRT
Opinión legal sobre la procedencia de aprobar los Saldos de Liquidación del Precio Medio del Gas
(PMG) y Costo Medio de Transporte (CMT) aplicable a la Concesión de Distribución de Gas Natural
por Red de Ductos de Lima y Callao
Para : Raúl Edgardo Montoya Benites
Gerente de Gas Natural (e)
Fecha : 22 de abril de 2024
Referencia : Expediente N° 352-2023-GRT
RESUMEN
De acuerdo con lo previsto en el Contrato BOOT de Concesión de Gas Natural por Red de Ductos en
Lima y Callao y en el TUO Reglamento de Distribución, el concesionario de distribución debe facturar
a los consumidores, entre otros, el costo por el suministro de gas y e l costo por el servicio de
transporte para atender al Consumidor.
Conforme a l a Norma “Condiciones Generales del Servicio d e Distribución de Gas Natural y de la
Aplicación de l as Tarifas al Usuario Final”, el concesionario de distribución factura el suministro de
gas natural y el servicio de transporte como un Precio Medio de Gas (PMG) y un Costo Medio de
Transporte (CMT), respectivamente, determinados por el Osinergmin para cada Periodo de
Aplicación.
Asimismo, cada doce (12) meses calendario transcurridos de cada año del Periodo Regulatorio,
Osinergmin determinará el saldo de liquidación por el suministro de gas (SLG) y/o por el servicio de
transporte (SLT), con el f in de cuantificar las diferencias entre los costos reconocidos por el
suministro de gas natural y por el servicio de transporte, respecto de los ingresos percibidos por l a
aplicación del Precio Medio del Gas ( PMG) y del Costo Medio de Transporte (CMT), calculados
conforme a dicha Norma.
En ese contexto, considerando que estamos próximos al vencimiento del plazo de doce (12) meses
transcurridos del primer año del Pe riodo Regulatorio de la Concesión de Lima y Callao 2022-2026,
corresponde aprobar los sal dos de liquidación del PMG y del CMT aplicables al Periodo de
Liquidación del 07 de mayo de 2022 al 06 de mayo de 2023.
El detalle de la evaluación de la información presentada por l a empresa Cálidda, del cálculo de la
liquidación, así como el sustento respectivo, serán desarrollados en el informe técnico. En ese
sentido, corresponde a Osinergmin aprobar los saldos de liquidación, a favor o en contra del
Concesionario, provenientes del PMG y CMT facturado por Cálidda a sus consumidores en el Periodo
de Liquidación.

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