ResoluciónNº 055-2018 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la exclusión del "Cuarto Programa de Bonos Subordinados del BBVA Banco Continental" del Registro Público del Mercado de Valores)

Fecha22 Junio 2018
Número de resolución055-2018
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELAIGUALDADDEOPORTUNIDADESPARAMUJERESYHOMBRESAÑODELDIÁLOGOYLARECONCILIACIÓNNACIONAL
1
Resolución de Intendencia General SMV
Nº 055-2018-SMV/11.1
Lima, 22 de
j
unio de 2018
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El Expediente N° 2018021442, así como el Informe
Interno N° 673-2018-SMV/11.1 del 22 de junio de 2018, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escrito presentado el 25 de mayo de
2018, BBVA Banco Continental, representado por el señor Ignacio Fernández
Palomero Morales, solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV la
exclusión del “Cuarto Programa de Bonos Subordinados del BBVA Banco Continental”
del Registro Público del Mercado de Valores – RPMV;
Que, mediante Resolución de Intendencia General SMV
N° 117-2014-SMV/11.1 del 15 de diciembre de 2014, en el marco de un trámite
anticipado, se dispuso la inscripción del “Cuarto Programa de Bonos Subordinados del
BBVA Banco Continental”, hasta por un monto máximo de emisión ascendente a la
suma de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos
de América) o su equivalente en Soles, así como el registro del Prospecto Marco en el
Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la evaluación de la documentación que sustenta
la solicitud a la que se contrae la presente Resolución, se ha verificado que BBVA
Banco Continental y Banco Interamericano de Finanzas, en su calidad de
Representante de Obligacionistas, suscribieron el Contrato de Cancelación del “Cuarto
Programa de Bonos Subordinados del BBVA Banco Continental”, mediante el cual se
acordó la cancelación del referido programa, debido a que el emisor no tiene la
necesidad de mantener vigente el mismo;
Que, es necesario señalar que el artículo 37, inciso a), de
la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus normas modificatorias
(en adelante, LMV), establece que la exclusión de un valor del Registro Público del
Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de la SMV a solicitud del
emisor cuando la inscripción de los valores se haya originado por su propia voluntad;
Que, teniendo en consideración que el artículo 15 de la
LMV establece que en la sección a) del RPMV se registran valores mobiliarios y
programas de emisión, lo señalado en el considerando precedente, también resulta

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR