Resolución Nº 0503-GG-ESSALUD-2019 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 20-03-2019

Número de resolución0503-GG-ESSALUD-2019
Fecha20 Marzo 2019
EstatusVigente
Tipo de documentoDirectiva
EmisorGerencia General
ffirssatud
"Año de la Lucha contra la Corrupción y la lmpunidad"
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N' 5O3
Lima, 20 de marzo 2019
.GG-ESSALUD.2O19
VISTOS:
La Carta N' 518-GCPS-ESSALUD-2019 e lnforme Técnico N" 26-SGAPPCC-GCPS-
ESSALUD-2019 de la Gerencia Centralde Prestaciones de Salud, la Carta N' 1869-GCPP-
ESSALUD-2019 e lnforme Técnico N' 069-GOP-GCPP-ESSALUD-2019 de la Gerencia
Central de Planeamiento y Presupuesto; la Carta N" 110S-GCAJ-ESSALUD-2019 e lnforme
N' 170-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2019, de la Gerencia Centralde Asesoría Jurídica, y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1.2del artículo 1'de la Ley N" 27056, Leyde Creación del Seguro Social
de Salud, establece que ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus
derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción,
recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que
corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros
seguros de riesgos humanos;
Que, en el numeral 6.3 del artículo 6" de la Ley N'30021, Ley de promoción de la
alimentacrón saludable para niños, niñas y adolescentes, se establece que los
establecimientos de salud públicos y privados promueven "kioscos y comedores
saludables":
Que, el artículo 2" del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N" 017-
2017-SA, señala que las disposiciones contenidas en el citado Reglamento son de
aplicación en elámbito nacional, regionaly local, en el sector público y privado. Asimismo,
alcanzan a todas las personas naturales y jurídicas que fabriquen, comercialicen, importen,
suministren y anuncien alimentos procesados dentro del territorio nacional;
Que, en el artículo 1" de la Ley de la lnocuidad de los alimentos, aprobada por Decreto
Legislativo N" 1062, se establece que la misma tiene por objeto garantizar la inocuidad de
los alimentos destinados al consumo humano, a fin de proteger la vida y la salud de las
personas, con un enfoque preventivo e integral, a lo largo de toda la cadena alimentaria,
incluido los piensos;
Que, mediante la Resolución de Gerencia General N" 1806-GG-ESSALUD-2017, se aprobó
la Directiva N" 002-GG-ESSALUD-2017 V.01, "Normas para la Formulación, Aprobación,
Publicación y Actualización de Directivas en ESSALUD", con el objetivo de establecer las
normas y procedimientos para la formulación, aprobación, publicación y actualización de las
Directivas que rigen la gestión del Seguro Social de Salud -ESSALUD;
Que, de acuerdo al artículo 158" del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de
Organización y Funciones del Seguro Socialde Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución
de Presidencia Ejecutiva N" 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorras, la Gerencia
Central de Prestaciones de Salud es el órgano de línea encargado de elaborar, proponer,
monitorear y evaluar elcumplimiento de las políticas, normas y estrategias relacionadas con
la atención integral de salud que se brindan a los usuarios a través de las IPRESS propias,
de terceros y otras modalidades, así como en salud ambiental, seguridad y salud en el
trabajo y medicina complementaria, en elmarco de las normas sectoriales;
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lr. Domingo Cueto No 120
Jesús María
Lima 11 - Perú
Tel.: 265-6000 I 265-7000
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