Resolucion N° 048-2023-SUNARP/SN. Modifican la Res. Nº 014-2023-SUNARP/SA, que aprobó expedición de publicidad certificada exonerada mediante agente automatizado, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL

Fecha de publicación05 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 3 de abril de 2023

VISTOS; el Informe Técnico N° 00024-2023-SUNARP/DTR del 03 de abril de 2023 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 00399-2023-SUNARP/OTI del 03 de abril de 2023 de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe N° 00298-2023-SUNARP/OAJ del 03 de abril de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, mediante Resolución de la Superintendencia Adjunta de los Registros Públicos Nº 014-2023-SUNARP/SA, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 1 de febrero de 2023, se aprueba la expedición, mediante agente automatizado, del Certificado Literal de Partida Registral, Certificado Literal de Título Archivado y Certificado Registral Vehicular a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL para entidades públicas; los cuales se emiten gratuitamente en el marco exoneraciones normativamente previstas o de la suscripción de convenios de cooperación o colaboración interinstitucional;

Que, el artículo 6 de la aludida resolución dispone que las entidades que hayan suscrito un Convenio de Colaboración Interinstitucional, en virtud del cual se les brinda gratuitamente acceso al Servicio de Publicidad Registral en Línea - SPRL, durante su vigencia y de acuerdo con sus funciones y competencias, podrán solicitar a la Gerencia General de la Sunarp, la ampliación de los servicios de publicidad antes referidos;

Que, ante la demanda diaria de requerimientos de publicidad registral certificada que viene recibiendo la Sunarp por parte de las distintas entidades públicas como el Ministerio Público, Poder Judicial, Policía Nacional del Perú, Procuradurías, entre otras, emerge la necesidad de disponer la habilitación de los servicios de publicidad previstos en los artículos 1 y 2 de la Resolución de la Superintendencia Adjunta de los Registros Públicos Nº 014-2023-SUNARP/SA, en las cuentas de acceso al Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL otorgadas a dichas entidades, que, a la...

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