Resolución Nº 047-2017 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen el registro del Prospecto Marco Actualizado correspondiente al "Primer Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Financiera Confianza" en el Registro Público del Mercado de Valores, según lo establecido en el artículo 14, numeral)

Número de resolución047-2017
Fecha31 Mayo 2017
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
AÑODELBUENSERVICIOALCIUDADANO
1
Resolución Intendencia General SMV
Nº 047-2017-SMV/11.1
Lima, 31 de mayo de 2017
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El expediente Nº 2017015242 y el Informe Interno Nº
514-2017-SMV/11.1 del 30 de mayo de 2017, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, Financiera Confianza S.A.A. ha solicitado a la
Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, el registro del Prospecto Marco
Actualizado correspondiente al “Primer Programa de Certificados de Depósitos
Negociables de Financiera Confianza” en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, a partir de la revisión efectuada en el marco de la
solicitud a la que se refiere el considerando precedente, se ha verificado que el 10 de
marzo de 2014 se aprobó el trámite anticipado y se inscribió de manera automática, a
través del régimen de formatos electrónicos (e-prospectus), el programa de emisión
denominado “Primer Programa de Certificados de Depósitos Negociables de
Financiera Confianza” hasta por un monto máximo en circulación de
S/ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en
dólares, y se dispuso el registro del Prospecto Marco correspondiente en el Registro
Público del Mercado de Valores;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14,
numeral 14.2.3., del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores
Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, y sus normas
modificatorias, transcurridos tres años de la vigencia de la inscripción del programa de
emisión, el emisor necesariamente deberá presentar un prospecto marco actualizado
que consolide todas las variaciones efectuadas a éste, el cual deberá ser remitido a la
SMV dentro del plazo de treinta (30) días calendario siguientes. Asimismo, el citado
artículo dispone que el registro de dicho prospecto se realice bajo un procedimiento de
aprobación automática si es presentado en dicho plazo y bajo un procedimiento de
evaluación previa sujeto a silencio administrativo negativo si es presentado fuera del
mismo;
Que, luego de la evaluación realizada a la presente
solicitud, se ha verificado que el plazo de tres años de vigencia de la inscripción del
“Primer Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Financiera Confianza”
se cumplió el 10 de marzo de 2017. Asimismo, Financiera Confianza S.A.A. presentó

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