Resolucion Nº 0463-2023-UNHEVAL. Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, con cargo al Presupuesto Institucional 2023 del Pliego 525: Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco

Fecha de publicación02 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Cayhuayna, 7 de julio de 2023

VISTOS, los documentos que se acompañan en veintitrés (23) folios;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; artículo concordado con la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Unheval;

Que, mediante la Ley Nº 31638, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2023; y mediante la Resolución Consejo Universitario N° 4503-2022-UNHEVAL, del 30.DIC.2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 525 Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, por el monto de CIENTO SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/. 107’336,045.00), por toda Fuente de Financiamiento en el ámbito de Función Programa, Sub-Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico de Gastos;

Que, el artículo 2 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que para el financiamiento de la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones, se destina para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;

Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de dicha Ley, autorizan a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, Regional y Locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la Ley N° 31358, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; precisando que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional y se publican en el diario oficial El Peruano;

Que, de acuerdo a la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, modifica el artículo 1 de la Ley Nº 31358, establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en...

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