Resolución nº 045-2017-OEFA/TFA-SME, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 10-03-2017

Número de resolución045-2017-OEFA/TFA-SME
Fecha10 Marzo 2017
EmisorSala Especializada en Minería y Energía
Ministerio
del
Ambiente
Organismo de Evaluación y
Fiscalización
Ambiental
-
OEFA
~--~.:~·'?"'-~
"'"'-~;-....,.-----~.....--...:,.,...c...r.
Tribunal
de
Fiscalización
Ambiental
Tribunal
de Fiscalización
Ambiental
Sala Especializada
en
Minería y Energía
RESOLUCIÓN
045-2017-0EF
A/TFA-SME
EXPEDIENTE
PROCEDENCIA
ADMINISTRADO
SECTOR
APELACIÓN
1142-2014-0EFA/DFSAI/PAS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN, SANCIÓN Y APLICACIÓN
DE INCENTIVOS
EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A.
MINERÍA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL 1736-2016-0EFA/DFSAI
SUMILLA: "Se
confirma
la Resolución Directora/
1736-2016-0EFAIDFSAI
del
10
de
noviembre
de 2016,
en
el
extremo que
declaró
la existencia de
responsabilidad
administrativa
por
parte
de
Empresa Minera
Los
Quenua/es S.A.
por
la
comisión
de
las
siguientes
conductas
infractoras:
{i)
Implementar
un
stock
pile
incumpliendo
lo
establecido en
su
instrumento
de
gestión
ambiental, contraviniendo
el
artículo
del
Reglamento
para
la
Protección
Ambiental
en la
Actividad
Minero-Metalúrgica,
aprobado
por
Decreto Supremo
016-93-EM y
configuró
la
infracción
prevista
en
el
numeral
3.1
del
Punto 3 Anexo de la Escala
de
Multas y Penalidades a
aplicarse
por
incumplimiento
de
disposiciones
del
TUO
de la
Ley
General de
Minería y
sus
normas
reglamentarias,
aprobado
por
Resolución
Ministerial
353-2000-EMNMM.
Colocar
residuos
peligrosos
provenientes
de la limpieza de la
planta
de
tratamiento
de
aguas
residuales
con
sistema
lmhoff
en
un
cilindro
de
residuos
generales,
lo
cual
generó
el
incumplimiento
de
los
numerales
3 y 5
del
artículo 25º
del
Reglamento de la
Ley
27314,
Ley
General de
Residuos
Sólidos, aprobado
por
Decreto Supremo 057-2004-PCM y
configuró
la
infracción
prevista
en
el
literal a)
del
numeral
1
del
artículo 145º y
literal
b)
del
numeral
1
del
artículo
147º
del
Reglamento aprobado
por
Decreto
Supremo
057-2004-PCM.
Asimismo,
se
declara la
nulidad
de la
Resolución
Directora/
1736-2016-
0EFAIDFSAI del 10 de
noviembre
de 2016, en
el
extremo
del
dictado
de
medidas
t:;_A--(7
__.--:
orrectivas
por
la
conducta
infractora
descrita en
el
numeral
1
del
Cuadro
1 de la
~
presente resolución,
al
no
haberse
motivado
debidamente
dicho
extremo.
Finalmente, se declara la
nulidad
de la
Resolución
Directora/ 1736-2016-
0EFAIDFSAI
del
10 de
noviembre
de
2016, en
el
extremo
del
artículo
de la
referida resolución,
debido
a que la Dirección de Fiscalización, Sanción y
Aplicación
de
Incentivos
no
ordenó
medidas
correctivas
a Empresa Minera
Los
Quenuales S.A.
por
la
comisión de
la
conducta infractora descrita en
el
numeral 2
del Cuadro 1 de la presente resolución".
Lima, 1 O de marzo de 2017
l.
1.
2.
3.
6
ANTECEDENTES
Empresa Minera Los Quenuales S.A. (en adelante, Los Quenuales)1 es titu
la
r de
la
Unidad Minera Casapalca (en adelante, UM Casapalca) ubicada en
el
distrito de
Chilca, provincia de Huarochirí, departamento de Lima.
Mediante Resolución Directora!
032-2005/MEM-DGAAM
del
26
de enero del
2005, se aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de Ampliación de
la
Planta
Concentradora de 2,700 a 3,600 TMD2 de
la
UEA Casapalca (en adelante, EIA
Casapalca)3.
Del 17
al
19
de setiembre de 2012, el Organismo de Evaluaci
ón
y Fiscalización
Ambiental (en adelante, OEFA) realizó una supervisión regular a
la
UM
Casapalca
(en adelante, Supervisión
Regular
2012), durante
la
cual se verificó
el
presunto
incumplimiento de obligaciones ambientales fiscalizables a cargo de Los
Quenuales, conforme se desprende del Informe
126-2013-0EFNDS-MIN4 (en
adelante, Informe
de
Supervisión) y del Informe Técnico Acusatorio
275-2014-
0EFNDS5 (en adelante, ITA).
Sobre
la
base del Infor
me
de Supervisión y del ITA, mediante Resolución
Subdirectora!
1401-2014-0EFNDFSAI-SDI del 18 de agosto de 20146,
la
Subdirección de Instrucción e Investigación (en adelante, SOi) de
la
Dirección de
Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (en adelante, DFSAI) del OEFA
inició
un
procedimiento administrativo sancionador contra Los Quenuales.
Registro Único de Contribuyente 20332907990.
Toneladas Métricas Diarias.
Dicha resolución fue sustentada mediante Informe 030-2015/MEM-AAM/ENFVF d
el
19 de enero de 2005. Tanto
la referida resolución como
el
mencionado informe obran en
el
expediente en las páginas
549
a 563 del Informe de
Supervisión, e l cual se encuentra en el expediente en
un
soporte magnético -
CD
(foja 17).
Dicho informe obra en
el
expediente en
un
soporte magnético -CD (fo
ja
1
7).
Fojas 1 a 17.
Fojas 18 a 29 reverso. La referida resolución subdirectora! fue notificada a Los Quenuales e l 18 de agosto
de
2016
(foja 30).
2
'
1
~...---,rt-~~v,::.-,c~·-
........
,o;c.,•·~
Ministerio
del Ambiente
Organismo
de
Evaluación y
Fiscalización
Ambiental
-OEFA Tribunal
de
,
Fiscalización Ambiental
1
5.
El
8 de setiembre de 2014, Los Quenuales formuló sus descargos a
la
imputación
efectuada mediante
la
Resolución Subdirectora! Nº 1401-2014-0EFA-DFSAI
/SD1
7.
6. Posteriormente, a través de
la
Resolución Subdirectora! 1363-20
16-0EF
A-
DFSAI/S
DI
del
31
de agosto de 20168,
la
SDI varió
la
imputación de cargos
formulada por medio de
la
Resolución Subdirectora! 1401-20
14-0E
FA-
DFSAI/SDl9.
7.
El
3 de octubre de 2016, Los Quenuales formuló sus descargos respecto de
la
variación de imputación efectuada mediante
la
Resolución Subdirectora! 1363-
2016-0EFA-DFSAI/SD110.
8.
Lu
ego de la evaluación de los descargos formulados por el administrado
11
,
la
DFSAI emitió
la
Resolución Oirectoral 1736-2016-0EFNDFSAI del 10 de
10
11
Mediante escrito con registro 036159, Fojas 32 a
44
.
Fojas 68 a 74 reve
rs
o.
La
refer
id
a resolución subdirectora! fue notificada a Los Quenua les el 5
de
setiembre de
2016, Foja 75.
La
SDI varió
la
imputación de cargos en el extremo de una de las conductas infractoras. de acuerdo con el
siguiente detalle:
Conducta
infractora
Norma
Imputada
Resolución
Sub
directoral
1401-2014-0EFA
-DFSAI/SDI
El titular minero estaría disponiendo
los
lod
o
s,
provenientes
de
la
limpieza
de
la
planta de tratamiento lmhoff, en
un
cilindro
de
residuos generales.
Numeral 2 del articulo
38
º del Reglamento
de
la
Ley
27314 -
Ley
General
de
Residuos Sólidos. aprobado por Decreto
Supremo
057-2004-PCM.
Resolución Subdirectoral
1363-2016-0EFA-DFSAI/SDI
El titular minero estaría colocando los
residuos sólidos peligrosos provenientes
de
la limpieza de la planta
de
tratamiento lmhoff
en
un
cilindro de residuos generales.
Numerales 3 y 5 del artículo 25º del
Reglamento de la Ley
27314 - Ley General
de
Residuos Sólidos. aprobado por Decreto
Supremo 057-2004-PCM.
Fuente: la Reso
lu
ción Subdi rectora! 1401
-201
4-0EFA-DFSAI/SDI y Resolución Subirectoral
1363-2016-
0EFA-DFSAI/SDI.
Elaboración: TFA.
Según la SDI, luego de haber realizado una nueva revisión
de
l Informe
de
Supervisión se determinó que lo
observado
en
la Supervisión Regular
20
12 fueron residuos sólidos peligrosos provenientes de la limpieza
de
la
planta de tratamiento lmhoff {los cuales se encontraban en contacto con el agua residual doméstica contaminada
con aceites. grasas. sustancias fecales y orina) y
no
lodos generados producto del tratamiento en dicha planta,
pues estos eran trasladados a través
de
una tubería al lecho de secado, a fin
de
lograr la reducción
de
dichos lodos
a través de evaporación e infiltración .
Por med io del escrito con
reg
istro
67966 (fojas 77 a 94). Asimismo, el administrado presentó escritos
adicionales el
17
de
octubre de 2016 (foj
as
98 y 99), el 2
de
noviembre
de
2016 (fojas 1
18
a 123). el 3
de
noviembre
de
2016 (foja 124) y el 9 de noviembre
de
2016 {fojas 125 a 734 reverso).
Así como de los escritos adicionales presentados por Los Quenuales.
3
1

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