Resolución Nº 0428-2018-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 02-03-2018

Número de resolución0428-2018-ANA
Fecha02 Marzo 2018
Número de expediente170205-2017
MateriaFormalización de licencia de uso de agua
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
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LUIS
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resitJente
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Ministerio
de
Agricultura y Riego I del Agua
Autoridad
Nacional
mal
Resolución
de
Controversias
HídricasS
'Decen/0 de laIgualdad de opoiiunidades para mujeres y hombres'
'Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional'
RESOLUCIÓN
-2018-ANA/TNRCH
Lima,
0 1
MAR.
2018
DE
SALA
.
Sala
2
EXP.
TNRCH
:
1156-2017
CUT
170205-2017
IMPUGNANTE
.
Leonardo
Javier
Calizaya
Chura
MATERIA
:
Formalización
de
licencia
de
uso
de
agua
ÓRGANO
:
AAA
Caplina-Ocoña
UBICACIÓN
:Distrito :
Tacna
POLÍTICA
Provincia
:
Tacna
Departamento : Tacna
UUiLLA:
e declara la nuhdad de
oficio
de ía Resolución DirectoralN'
2771-2017-ANA/AAA
IC-0
e improcedente la soBdIudde
formaSzación
de licenciade
usode agua presentada porel señor
Leonardo
Javier
Calizaya
Chura,
debidoa que la mismafuepresentada fueradel plazolegatnenle estableado.
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
interpuesto
por el señor
Leonardo
Javier
Calizaya
Chura
contrala
Resolución
Irectoral
2771-2017-ANA/AAAi
C-0 de fecha 26.09.2017,
emitida
porla
Autoridad
Administrativa
del
AguaCaplina-Ocoña, mediante la cual se declaró improcedente el pedido de formalización de licencia de
uso de agua subterránea con
fines
agrarios.
2. DELIMITACION DE LA
PRETENSION
IMPUGNATORIA
El señor Leonardo Javier Calizaya Chura solicita que se declare nula la Resolución Directoral
N"
2771-
2017-ANA/AAA
IC-0 y se le otorgue la
licencia
de uso de agua en via de
formalización.
3.
FUNDAMENTOS
DEL
RECURSO
El
señor
Leonardo
Javier
Calizaya
Chura
sustenta su
recurso
de
apelación
señalando
lo
siguiente:
3.1,
Conforme
al
inciso
b)
del
articulo
6° del
D.S.
007-2015-MINAGRI,
la presentación de
documentos
no tiene carácter
limitativo,
pudiendo presentarse todos o algunos de los requisitos indicados en el
inciso b). En ese sentido, con relación a la titularidad del predio señala no ser posesionario, sino
propietario del mismo de acuerdo con el contrato de compra-venta de terrenos eriazos celebrado
entre el
Ministerio
de
Agricultura
y su persona en fecha 24.06.2000.
3.2. Sobre el uso del agua, se debe señalar que la Junta de Usuarios
La
Varada se niega y opone a
cualquier trámite que se
realice
respecto de algún
reconocimiento
como usuariode aguas fuera del
predio
al que le
fue
asignada la
licencia,
por loque los recibos de pago anexados
figuran
a
nombre
de su padre, por correspondera su
unidad
catastral N' 7575 ya la
licencia
otorgada para la
misma:
sin embargo, quienes
realizan
el pago del uso del agua son el administrado y sus hermanos, porlo
que hacen uso de los excedentes de agua en otras áreas colindantes y porelloes que se
acogió
al
presente
procedimiento
de
formalización.

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