Resolución Nº 0425-GG-ESSALUD-2007 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 07-03-2007

Número de resolución0425-GG-ESSALUD-2007
Fecha07 Marzo 2007
EstatusVigente
Tipo de documentoReglamento
EmisorGerencia General
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
RESOLUCION
DE
GERENCIA GENERAL
425
·GG·ESSALUD-2007
Lima,
07
de
marzo
del
2007
VISTO:
El
proyecto del nuevo REGLAMENTO DE INTERNADO MEDICO
EN
EL SEGURO
SOCIAL DE SALUD -ESSALUD, propuesto por la Gerencia de Desarrollo del
Personal de
la
Gerencia Central de Recursos Humanos,
de
la
Oficina General de
Administración;
y,
CONSIDERANDO:
Que, se denomina Internado Médico a las actividades académico -asistenciales que
realizan los alumnos
de
Medicina Humana en el último año de
su
formación
profesional, bajo
la
modalidad de Docencia
en
Servicio, en las Instituciones del Sector
Salud;
Que,
el
Interno de Medicina Humana es ante todo,
un
alumno
en
vías de formación
hacia
el
primer nivel de
la
profesión médica; por
lo
que,
el
proceso debe ser general,
integral e intensivo;
Que,
el
Internado Médico es una forma de prácticas pre-profesionales, que constituye
una de las modalidades formativas contempladas en
la
su
Reglamento, aprobado mediante Decreto
Que, es necesario establecer
un
nuevo marco normativo, que regule el desarrollo del
Programa de Internado Médico
en
el
Seguro Social de Salud -ESSALUD, con
el
propósito de adecuarlo a
la
actual estructura organizativa
de
las Redes Asistenciales,
en armonía con los lineamientos de política de salud y objetivos estratégicos
institucionales;
Que, el proyecto del nuevo REGLAMENTO DE INTERNADO MEDICO
EN
EL
SEGURO SOCIAL DE SALUD -ESSALUD, fue evaluado y aprobado por
el
Comité
,,.
Técnico de Residentado e Internado Medico, Practicas Pre Profesionales y Pre Grado,
·
~
constituido mediante Resolución de Gerencia Central 781-GCRH-ESSALUD-2005,
ni;;r,,,,.,~!l
de fecha 12 de setiembre de 2005;
f'S&Al
\f-) Que,
el
inciso b) del artículo
de
la
Ley 27056, Ley de Creación del Seguro Social
de Salud -ESSALUD, establece que
el
Gerente General tiene competencia para dirigir
el
funcionamiento de
la
Institución, emitir las Directivas y los procedimientos internos
necesarios,
en
concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del
Consejo Directivo y el Presidente Ejecutivo; y
En
uso de las atribuciones conferidas;
SE RESUELVE :
1. •APROBAR,
el
REGLAMENTO DE INTERNADO MEDICO
EN
EL SEGURO
SOCIAL DE SALUD -ESSALUD, que regula
el
desarrollo del Programa de
Internado Médico
en
la Institución, con
la
finalidad de contribuir a
la
formación
profesional del estudiante de Medicina Humana, mejorando sus conocimientos
básicos, aptitudes, actitudes y habilidades,
el
mismo que debidamente visado
forma parte integrante
de
la
presente resolución.
Ü·EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
RESOLUCION
DE
GERENCIA GENERAL
425
-GG-ESSALUD-2007
2.
DISPONER, que
la
Gerencia de Desarrollo del Personal adopte las acciones
pertinentes para
el
cabal cumplimiento del Reglamento aprobado, disponiendo
su
amplia difusión a nivel nacional.
3.
DEJAR
SIN
EFECTO,
la
Resolución de Gerencia Central
095-GCRH-
ESSALUD-99,
de
fecha
09
de
febrero
de
1999 y
su
modificatoria,
la
Resolución de
Gerencia Central 139-GCRH-ESSALUD-2003
de
fecha
04
de
marzo del 2003;
así como todas las disposiciones que
se
opongan a
la
presente.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
1 R
ROSAS
SANTILLANA
erentP. General
ES;.,ALUD
/
...
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
REGLAMENTO
DE
INTERNADO
MEDICO
EN
El
SEGURO
SOCIAL
DE
SALUD -ESSALUD
TITULO 1
TITULO
11
GENERALIDADES
De la naturaleza
Objetivos
Base Legal
Finalidad
Responsabilidad
INDICE
DISPOSICIONES GENERALES
Capltulo 1
Capitulo
11
Capítulo
111
Capitulo IV
Capítulo V
Capítulo VI
Capítulo VI 1
Capítulo VIII
Del ingreso
De las atribuciones de ESSALUD
De los Internos
De los Docentes
De las Rotaciones
De la Evaluación
De los Permisos
De los Reclamos de los Internos
TITULO
111
DE
LAS
MEDIDAS DISCllPLINARIAS
Capítulo IX
Capítulo X
Capítulo XI
Aplicación de las Medidas Disciplinarias
Casos no contemplados
Disposiciones Finales
~--~
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
REGLAMENTO DE INTERNADO MEDICO EN EL SEGURO SOCIAL DE
SALUD -ESSSALUD
TITULO 1
GENERALIDADES
DE
LA NATURALEZA
Articulo 1º. Se denomina Internado Médico a las actividades académico -
asistenciales que realizan los alumnos de Medicina Humana en
el
último
año de
su
formación profesional, bajo la modalidad de Docencia
en
Servicio, en las Instituciones del Sector Salud.
Artículo
2°.
El
Interno de Medicina Humana
es
ante todo,
un
alumno
en
vías
de
formación hacia
el
primer nivel
de
la
profesión médica, debiendo; por
lo
tanto, ser
el
proceso, general, integral e intensivo.
El
Seguro Social de Salud -EsSalud y la Universidad Peruana
son
los
responsables del proceso
de
formación del Interno
de
Medicina Humana
en
EsSalud.
El
presente Reglamento, constituye
el
instrumento que regula
el
desarrollo del Programa
de
Internado Médico en
El
Seguro Social
de
Salud -EsSalud, a fin
de
garantizar adecuadas condiciones
de
adiestramiento, teórico -práctico y
el
afianzamiento de los conocimientos
adquiridos por los alumnos
en
sus respectivas Instituciones formadoras
(Universidades).
Articulo 5º.
El
Seguro Social de Salud -EsSalud a través
de
la
Gerencia
de
Desarrollo del Personal
de
la
Gerencia Central de Recursos Humanos
en
coordinación con las Oficinas
de
Capacitación, Investigación y Docencia
y los Comités Hospitalarios de Internado Médico
de
las
Redes
Asistenciales,
son
los encargados de normar, supervisar y evaluar las
actividades académicas -asistenciales propias de los Servicios del
Interno de Medicina
en
la
Institución.
OBJETIVOS
Articulo 6º. Son objetivos del Reglamento de Internado Médico:
a)
Establecer los Lineamientos para
el
desarrollo del Programa
de
Internado Médico
en
EsSalud.
b)
Regular
el
Proceso
de
selección, ingreso y desarrollo del Programa
de Internado Médico
en
EsSalud.
t1
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
c)
Normar
el
desarrollo del Programa de Internado Médico
en
la
Institución, con
la
finalidad de contribuir a
la
formación profesional del
estudiante de Medicina Humana, mejorando sus conocimientos
básicos, aptitudes, actitudes y habilidades.
BASE LEGAL
Artículo 7º.
La
Base Legal del presente Reglamento es
la
siguiente:
Ley 26790, Ley Marco de
la
Modernización de
la
Seguridad Social
en Salud.
Ley 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud -
EsSalud y
su
Reglamento, aprobado por D.S. 002-99-TR,
modificado por
D.S.
002-2004-TR.
Ley 28006, Ley que garantiza
la
intangibilidad de los fondos y
reservas de
la
Seguridad Social y restituye
la
autonomía
administrativa, económica, financiera y presupuesta! de EsSalud,
excluye
al
Seguro Social de Salud -EsSalud de todo sistema de
administración financiera pública.
su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2005-TR.
Resolución de Presidencia Ejecutiva
619-PE-ESSALUD-2004,
mediante
la
cual
se
crean las redes Asistenciales Rebagliati,
Almenara y Sabogal. 0
Resolución de Presidencia Ejecutiva
201-PE-ESSALUD-2004,
Creación de las Redes Asistenciales Tipos
A,
B.
y C de EsSalud.
Ley
27815 "Código de Etica de
la
Función Pública".
Decreto Supremo 033-2005-PCM, que aprueba
el
Reglamento de
la
Ley de Código
de
Etica de
la
Función Pública, modificado por
la
Ley 28496.
Decreto Supremo 009-2005/TR, que aprueba
el
Reglamento de
Seguridad y Salud en
el
Trabajo.
' RESPONSABILIDAD
Articulo 8º. Son responsables de
la
aplicación del presente Reglamento
Gerencia Central de Recursos Humanos
Gerencia de Desarrollo del Personal
Gerencia / Dirección de
la
Redes Asistenciales
Oficina Administrativa de
la
Redes Asistenciales
Comités Hospitalarios de Internado Médico
Oficinas de Capacitación, Investigación y Docencia de las Redes
Asistenciales tipo
A,
o las Oficinas que hagan sus veces
en
las
Redes Asistenciales tipo B y
C.
Jefes de Departamento y Servicio Asistencial
Médicos Asistentes
Internos de Medicina Humana
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
TITULO
11
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO 1
DEL INGRESO
Articulo
9º.
El
ingreso
al
Programa de Internado Médico
en
EsSalud se realiza a
través de
un
Proceso de Selección,
en
fecha única y
en
forma simultánea
a nivel nacional.
Articulo
10º.
DE
LA
CONVOCATORIA
a)
La convocatoria para
el
Proceso de Selección
es
competencia
exclusiva de
la
Gerencia de Desarrollo del Personal de
la
Gerencia Central de Recursos Humanos,
la
que ejercerá dicha
atribución
en
coordinación
con
las Facultades de Medicina
Humana de las Universidades que hayan suscrito Convenio
Marco y Especifico con
la
Institución.
b)
La
convocatoria señalará :
Número de plazas a ofertar por Redes Asistenciales que
acrediten Sedes Docentes.
Requisitos de los postulantes
al
Programa de Internado
Médico
en
EsSalud.
Lugar, fecha y hora donde se realizará el examen de
selección y donde
se
publicarán los resultados.
Fecha de inducción
en
las Redes Asistenciales respectivas.
Fecha de inicio del Programa.
Articulo
11º. PROCESO
DE
SELECCION, ACREDITACION Y SUSCRIPCION
DE
CONVENIOS
a)
El
Proceso de Selección es competencia de
la
Gerencia de
Desarrollo del Personal de EsSalud.
b)
La
inscripción de los alumnos aptos para participar
en
el
Proceso de
Selección de Internado Médico será realizada a través
de:
b.1.
Comunicación oficial de
la
Facultad de Medicina
respectiva, dirigida a
la
Gerencia de Desarrollo del
Personal, adjuntando
la
relación de alumnos aptos
indicando el promedio ponderado promociona! y
la
sede
de examen donde
se
presentarán.
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
b.2 Los alumnos previamente acreditados por
la
Universidad
deberán hacer
un
pago por derecho de inscripción y
proceso de selección
en
los lugares que EsSalud
designe,
con
la
finalidad de cubrir los gastos operativos
que demande el mismo.
Artículo 12º.
DE
LA ELABORACION DE LA PRUEBA
DE
CONOCIMIENTO
a)
La
prueba de conocimientos será elaborada por una Comisión Ad hoc
conformada para tal fin, tomando como fuente
el
banco de preguntas
remitido por las Facultades de Medicina,
b)
La
prueba será elaborada
24
horas antes de
su
aplicación,
se
guardará en sobre lacrado,
el
mismo que estará
en
custodia del
Presidente del Comité Técnico de Residentado e Internado Médico,
Practicas Pre Profesionales y
Pre
Grado, luego será distribuido a las
sedes de examen
en
forma reservada y oportuna de acuerdo a
la
metodología que establezca
el
Comité para tal fin.
Artículo 13°.
DE
LOS RESULTADOS
a)
La
nota final será
el
promedio de
la
nota obtenida
en
la
prueba de
conocimientos con ponderación de 70% y
la
nota remitida por
la
Universidad como promedio ponderado con ponderación de 30%.
Se
considerará los decimales hasta tres dígitos.
b)
Las plazas del Programa de Internado Médico serán distribuidas
entre los postulantes que hayan obtenido nota final aprobatoria mayor
o igual a
13
y
en
estricto orden de mérito.
c)
En
caso de empate el factor dirimente para el orden de mérito, será
la
nota de
la
prueba de conocimientos.
Artículo 14º.
DE
LA ACREDITACION
Las sedes de examen, serán las responsables de emitir y entregar las
constancias de acreditación a los alumnos que hayan accedido a las
plazas
en
las diferentes Sedes Docentes de las Redes Asistenciales de
EsSalud, para el desarrollo del Programa de Internado Médico.
Articulo 15°.
DE
LA SEDE DOCENTE
Los Centros Asistenciales de las Redes Asistenciales._para el Programa
de Internado Médico deberán cumplir
con
los siguientes requisitos :
a)
Disponibilidad de
un
mínimo de 50 camas.
b)
Porcentaje de ocupación mínimo de
80%.
!
-EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
c)
Promedio mensual de cirugías B y C (incluyendo cesáreas) sean
mayor a
60,
así
como
el
nivel promedio mensual
de
partos sean
como mínimo
150.
d)
Contar
con
Médicos especialistas, como mínimo
en
número de cuatro 1
(04)
en
Medicina Interna, Pediatría, Gineco-Obstetricia, Cirugía
General, Anestesiología y Anatomía Patológica
(a
nivel de
Red
estos '
últimos).
e)
Programar
un
Interno por
cada
10
camas como mínimo y
15
camas
como máximo.
f)
Biblioteca
de
la
Red
(real y/o virtual)
Artículo 16°.
DE
LA SUSCRIPCION
DE
CONVENIOS
a)
EsSalud realizará a los alumnos seleccionados,
un
examen
de
salud
física y mental.
b)
Los
alumnos seleccionados deberán presentar certificación
de
protección contra
la
hepatitis
B.
e)
Las
Oficinas de Recursos Humanos de las Redes Asistenciales,
luego
de
la
acreditación deben realizar las acciones pertinentes para
la
suscripción
de
los Convenios de Práctica Pre-Profesional bajo
la
modalidad de Internado Médico
con
cada
uno
de
los Internos
ingresantes.
Artículo 17º.
DE
LA
MODALIDAD
DE
TRABAJO DEL INTERNO
DE
MEDICINA
HUMANA
a)
El
Internado
de
Medicina Humana
es
a tiempo completo y dedicación
exclusiva (entrenamiento intensivo).
b)
El
desarrollo del Programa de Internado Médico tendrá una duración
de 365 días,
con
un
horario
de
trabajo de ocho (08) horas diarias
como mínimo, debiendo cumplir
con
el
100%
de
lo
programado; y
repetir
la
rotación cuando las inasistencias sobrepasen
el
10%
de
la
duración de
la
rotación, por
razón
justificada.
c)
En
ningún caso ejercerá funciones
de
Profesional Asistencial,
debiendo poner
en
conocimiento
al
coordinador
de
su
Universidad
por escrito, a
la
Oficina
de
Capacitación y
al
Comité Hospitalario
de
Internado Médico, cualquier distorsión
al
respecto.
De
no
hacerlo,
se
responsabilizará de ello.
'~EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
CAPÍTULO
11
DE LAS ATRIBUCIONES DE ESSALUD
Articulo 18º.
Es
Atribución del Seguro Social
de
Salud -EsSalud, dirigir, planificar,
organizar, coordinar, orientar, supervisar y evaluar
el
Programa de
Internado Medico mediante las siguientes acciones:
a)
Determinar
el
número de plazas a ofertar por
la
Institución a las
entidades formadoras para
el
desarrollo
del
Programa
de
Internado
Médico.
b)
Conducir
el
Proceso
de
Selección, Adjudicación de plazas,
Acreditación y
el
Desarrollo
del
Programa
de
Internado Médico
en
EsSalud.
c)
Programar
las
actividades
de
los
Internos
de
acuerdo a las normas
institucionales vigentes.
d}
Establecer
las
funciones y obligaciones individuales de cada Interno.
e}
Disponer
la
rotación de los Internos a los Centros Asistenciales
de
la
Red
Asistencial
de
origen,
en
salvaguarda
de
su
formación
profesional
en
coordinación
con
los
representantes
de
las
Universidades.
f}
Autorizar a los Internos durante
el
desarrollo del Programa,
el
uso
de
los bienes, infraestructura e instalaciones de los Centros
Asistenciales.
g)
Proponer
el
plantel de tutores de internos anualmente a las
universidades que
han
suscrito convenio
con
la
Institución,
la
cual
constituirá
el
Equipo Docente
de
Internado Médico
en
cada
una
de
las rotaciones a ejecutarse.
CAPÍTULO
111
DE LOS INTERNOS
Artículo 19º. DE LAS FUNCIONES
1)
Labores Asistenciales
en
el
Servicio
de
Hospitalización.-
a}
Acompaflar y participar activamente
en
la
visita médica diaria.
b)
Colaborar
con
la
atención
del
paciente participando
en
la
anamnesis,
el
interrogatorio, examen clínico, formulación del
diagnóstico y tratamiento, supervisado por los médicos
del
servicio.
---
'EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
c)
Confeccionar
la
Historia Clínica dentro de las
24
horas de ingreso
del paciente. Registrar su nombre
en
forma clara y firmar las
historias que elaboren; registrar las evoluciones diarias y las que
fueran necesarias.
d)
Ejecutar, bajo supervisión médica, procedimientos auxiliares,
diagnóstico y tratamiento. Participar
en
todas las intervenciones
quirúrgicas
en
las que sea programado; así como realizar las
curaciones de los pacientes hospitalizados.
e)
Gestionar y viabilizar interconsultas, exámenes complementarios
y tratamientos especializados. Asistir a procedimientos de ayuda
al
diagnóstico a los que sean sometidos sus pacientes.
f)
Contribuir activamente en
la
Gestión de Salud Clínica del Servicio
y
en
el logro de los indicadores de calidad.
g) Comunicar
la
gravedad de
un
paciente
al
médico tratante o de
guardia, solicitándole
su
evaluación, poniendo interés y celeridad
en
el
cumplimiento de sus prescripciones.
h)
Contribuir
al
uso racional y óptimo de los recursos médicos como
equipos, materiales, insumos y medicamentos que se requieren
en
los exámenes de ayuda
al
diagnóstico y tratamiento, entre
otros.
2)
Guardias Hospitalarias
a)
Brindar atención inmediata y
de
calidad a todos
los
pacientes que
acuden a los servicios donde efectúen guardias
b)
Informar y orientar
en
forma permanente a los pacientes sobre
estrategias de prevención de enfermedades y el cumplimiento de
las indicaciones médicas.
c)
Colaborar
en
los procesos de acreditación del derecho e
identificación de los pacientes que atiende.
d)
Colaborar
en
el
cumplimiento de las normas y procedimientos
vigentes
en
los servicios de emergencia, así como de referencia y
contrarreferencia.
e)
Los Internos
no
gozarán de tolerancia
en
la
hora de entrada y
salida para las guardias
en
Emergencia.
f)
Las
horas de guardia hospitalaria
no
excederán de
12
horas
continuas (diurnas o nocturnas) y de
un
máximo de
36
horas
semanales.
g) Durante
la
guardia, los internos están obligados a permanecer
en
el
área correspondiente.
En
el
caso de alejamiento por causa
justificada deberán informar y obtener
la
autorización del Jefe de
Guardia.
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
Artículo 20º. DE LOS DERECHOS
a)
Participar
en
todas las actividades docentes asistenciales
desarrolladas
en
el
Centro Asistencial
de
la
Red
al
que
es
asignado.
b)
Recibir
la
misma alimentación que
se
ofrece
al
personal de guardia
en
el
Servicio
de
Emergencia
del
Centro Asistencial,
de
acuerdo
al
Reglamento Interno que
lo
rige.
c)
Contar
con
las facilidades
de
alojamiento de acuerdo a
la
disponibilidad
de
cada Centro Asistencial, a fin de promover una
presencia permanente
en
la
Sede Hospitalaria asignada.
d)
Contar
con
las facilidades
de
alojamiento durante las guardias
nocturnas.
e)
La
Institución otorgará
al
Interno
de
Medicina
02
mandiles y
un
documento de identificación
al
inicio del Programa
de
Internado
Médico.
f) Tener acceso a los servicios y demás sectores
de
EsSalud, previa
autorización del Jefe respectivo, para desarrollar sus actividades
académicas, asistenciales y
de
investigación.
g)
Disponer de facilidades para participar
en
eventos científicos, previa
coordinación
con
sus
tutores
y/o
Jefes
de
Servicio.
h)
Utilizar
la
biblioteca y archivos de
la
Red
Asistencial respectiva
de
manera gratuita
de
acuerdo a las disposiciones administrativas
vigentes.
i)
Recibir
la
certificación respectiva
al
término de
su
entrenamiento,
siempre y cuando haya cumplido
con
los
requisitos asistenciales -
administrativos vigentes.
j) Contar
con
un
sistema de protección
de
salud y riesgo
de
acuerdo a
la
normatividad vigente.
Articulo
21
º. DE LAS OBLIGACIONES
a)
Cumplir
con
las normas administrativas, docentes y de investigación
contenidas
en
el
presente Reglamento,
así
como
las
disposiciones
aplicables
en
su
condición de interno.
b)
Acatar y cumplir las órdenes y directivas que por razones
del
Internado Médico sean impartidas por
la
Oficina
de
Capacitación,
Investigación y Docencia y
los
Jefes
de
Servicio donde realizan
la
rotación, Coordinadores y/o Tutores.
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
c)
Respetar los derechos de
la
comunidad hospitalaria y
el
patrimonio
de
la
Institución.
d)
Mantener buenas relaciones interpersonales
con
el
personal médico
y
de
los servicios.
e)
Cumplir
con
la
ética profesional y contribuir
al
prestigio del Centro
Asistencial de
la
Red,
profesión médica y
de
mismo.
f)
Mantener reserva
de
los asuntos relacionados
con
las
actividades de
la
Institución.
g)
Participar activamente
en
las actividades organizadas
de
Defensa
Nacional.
h)
Usar convenientemente los equipos de protección y cumplir las
normas sobre Prevención de Accidentes y de Bioseguridad.
i)
Comunicar a
la
Institución dentro
de
las
48
horas
de
producidos los
cambios de domicilio
y/o
teléfono.
j) Mantener una correcta presentación, higiene e identificación
personal.
k)
Los
Internos deben usar obligatoriamente
el
mandil blanco durante
las horas de actividad,
es
de
responsabilidad
de
cada interno cuidar
el
buen estado y presentación
de
su
vestimenta.
1)
Registrar
en
forma personal y oportuna
su
ingreso y salida,
cumpliendo puntualmente
con
los
horarios establecidos para tal
fin.
m)
Permanecer
en
su
Servicio y
no
ausentarse sin aviso previo a
la
Jefatura.
n)
Usar racional y responsablemente los equipos, insumos,
instrumentos, enseres y material bibliográfico que
se
les
haya
proporcionado.
En
caso de pérdida o deterioro
no
previsto,
la
Institución decidirá de acuerdo a
sus
normas
la
restitución
de
los
mismos.
o)
Permanecer alerta y disponible durante
el
turno programado.
Artículo 22º.
DE
LAS PROHIBICIONES
Queda expresamente prohibido a los internos :
a)
Ingresar a lugares
de
trabajo
no
vinculados
con
las
labores que
desempeñan y
en
el
horario que
no
les corresponda, salvo que estén
autorizados.
b)
Fumar dentro de las instalaciones de
la
Institución.
c)
Amenazar o agredir
en
cualquier forma
al
personal
del
Centro
Asistencial o a sus compañeros.
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
d)
Introducir y/o distribuir propaganda o escritas de cualquier naturaleza
dentro del Centro Asistencial, que
no
haya sido autorizado por las
autoridades competentes.
e) Presentarse a sus labores bajo los efectos de bebidas alcohólicas,
drogas psicoactivas o sustancias estupefacientes, o introducirlas en
la
Institución.
f} Retirar sin
la
debida autorización los bienes de la Institución.
g) Realizar actividades particulares ajenas
al
Centro Asistencial donde
está asignado, dentro del horario de trabajo.
h) Portar armas de cualquier clase.
i)
De
modo general también constituyen prohibiciones que deben ser
acatadas y observadas estrictamente por los Internos, las acciones u
omisiones que atentan contra el normal desenvolvimiento de las
actividades de
la
Institución, toda vez que las detalladas sólo tienen
carácter enunciativo.
CAPÍTULO IV
DE LOS DOCENTES
Artículo 23º. Son Funciones de los Docentes
Jefes de Departamento o Servicio
a)
En
coordinación con
la
Oficina de Capacitación, Investigación y
Docencia, elaborar y publicar los horarios mensuales
de
los
internos de Medicina.
b)
Programar las labores asistenciales, administrativas y de
capacitación de los internas, de acuerdo a los objetivas del
Servicia, del Centro Asistencial y de
la
Institución.
c)
Asesorar y supervisar todas las actividades desarrolladas por los
internos dentro del ámbito del Centro Asistencial
d) Evaluación periódica del desempeño en forma integral,
alcanzando copia de las mismas
al
Departamento u Oficina de
Capacitación
e) Controlar
la
asistencia y permanencia de los Internos
Tutores
a)
Instruir y entrenar a los internos para
la
adquisición de
conocimientos y destrezas para desempeñarse profesionalmente.
b)
Supervisar y apoyar diariamente las actividades desarrolladas por
los internos.
c)
Controlar
la
asistencia y permanencia de los internos en el
Servicio.
·EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
CAPÍTULO V
DE LAS ROTACIONES
Artículo 24º.
El
Interno de Medicina rotará por las cuatro especialidades básicas:
Pediatría, Medicina Interna, Cirugía General y Gineco-Obstetricia; así
como, realizará guardias en los
serv1c1os
de Emergencia
correspondientes. No existen rotaciones por otras especialidades. Se
adjunta Mapa Rotacional (anexo
1).
Artículo 25º. En caso de rotar fuera de la provincia sede de
la
Red Asistencial, contará
con las facilidades de alojamiento de acuerdo a
la
disponibilidad de cada
Centro Asistencial, a fin de promover una presencia permanente en la
sede hospitalaria.
Artículo 26º. Las Areas donde se desarrollará
el
Internado Médico, serán: Areas de
Hospitalización, Areas de Emergencia, Centro Quirúrgico, Centro
Obstétrico e Inteligencia Sanitaria (07 días en
el
Hospital cabeza de
Red), bajo
la
estricta supervisión de los Médicos Asistentes.
Articulo 27º. De las rotaciones y actividades Académico Asistenciales.-
Los logros mínimos serán definidos por
el
Coordinador de Internos de
la
Universidad y el Jefe de la Oficina de Capacitación, Investigación y
Docencia de cada Red Asistencial.
1 ) En la rotación
por
Medicina Interna.-
1.1
El
Interno de Medicina está obligado a completar
su
formación en los siguientes aspectos:
a)
Diagnóstico y Tratamiento de: enfermedades infecciosas,
agudas y crónicas, de los diferentes sistemas y aparatos.
Enfermedades transmitidas sexualmente.
b)
Diagnóstico y Tratamiento de los procesos que comprometen
la
función de los sistemas corporales produciendo
insuficiencia aguda y crónica (respiratoria, renal, cardiaca,
hepática, adrenal).
c) Diagnóstico y Tratamiento de los procesos oncológicos y
hematológicos.
d) Diagnóstico y Tratamiento de las enfermedades del tejido
conectivo y enfermedades inmunes.
e) Diagnóstico y Tratamiento de las enfermedades endocrinas y
metabólicas.
!
-AaEsSalud
MAS
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PERUANOS
f) Diagnóstico y Tratamiento de
la
tuberculosis en todas sus
formas.
g)
El
Interno de Medicina ejecutará los procedimientos
diagnósticos susceptibles de ser realizados, tales como:
punción lumbar, punción articular, toracocéntesis,
paracentesis, punción transtraqueal, toma de muestra para:
hemocultivo, mielocultivo, biopsia de hueso, piel, músculo,
mucosa, glándulas y punción arterial; supervisado y
orientado por los Médicos del Servicio y Residentes.
1.2
El
Departamento de Medicina deberá organizar cursos de apoyo
que complementen los conocimientos básicos contenidos
en
el
Programa, se consideran los siguientes temas: Urgencias
Médicas, Antibiótico Terapia, Agua y Electrolitos,
Electrocardiografía, Estadistica y otros.
2)
En la Rotación
por
Cirugía Genera/.-
2.1
El
Interno de Cirugía está obligado a completar
su
formación
en
los siguientes aspectos:
a.
Pre y Post Operatorio. Evaluación Pre -Anestésica. Balance
Hidro -Electrolítico.
b.
Nutrición Parenteral.
c.
Instrumentación operatoria fundamental. Material de sutura y
sus usos, nudos.
d.
Técnica de asepsia y antisepsia en Sala de Operaciones.
e.
Incisiones y principales técnicas operatorias.
f.
Drenes : Clases, indicaciones.
g.
Peritonitis: Fisiopatología, diagnóstico y tratamiento.
h.
lleo:
Clases, Fisíopatologia, Diagnóstico y Tratamiento.
i.
Cirugía de
la
pared abdominal : hernias, eventraciones.
j. Cirugía Gástrica e Intestinal. Apendicitis Aguda.
k.
Cirugía de Hígado y vías biliares.
l.
Cirugia Esplénica, Cirugía de las várices de miembros
inferiores.
m.
Complicaciones en Cirugía General.
EsSalud
MAS
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PERUANOS
n.
Conceptos básicos de Anestesia,
de
reanimación
cardiopulmonar básica y avanzada,
así
como
de
terapia de
dolor.
2.2
El
Interno de Cirugía General elaborará
los
informes operatorios
de todas las intervenciones quirúrgicas
en
las cuales participe y
se
responsabilizará de los estudios anátomo -patológicos
de
los
especímenes quirúrgicos correspondientes.
2.3
El
Interno
de
Cirugía tendrá preferencia para actuar
como
Cirujano Principal
en
las operaciones
de
cirugía menor y
en
las
que
el
Jefe del Servicio considere adecuadas (apendicectomías,
herniorrafias, etc.)
2.4
El
Departamento de Cirugía deberá organizar cursos de apoyo
que complementen los conocimientos básicos contenidos
en
el
programa mínimo.
2.5
El
Interno de Cirugía rotará 15 días por
un
servicio
de
traumatología (de preferencia actividades de emergencia)
3)
En
la
Rotación por Gineco -Obstetricia .-
3.1
El
Interno de Cirugía está obligado a completar
su
formación
en
los siguientes aspectos:
a)
Diagnóstico y Tratamiento de
la
Patología Ginecológica
más frecuente: infecciones, neoplasias,
etc.
b)
Atención
de
la
mujer
en
la
etapa Pre -intra y Post -Partum,
Gestación de Alto Riesgo.
La
Operación Cesárea.
c)
lntercurrencias clínicas y/o
quirurg1cas
durante
la
gestación, complicaciones del parto, complicaciones del
puerperio.
d)
Sufrimiento Fetal : Diagnóstico, evaluación, tratamiento.
e)
Asistencia
del
Recién Nacido, evaluación indices.
3.3
El
Interno
de
Gíneco -Obstetricia realizará
las
siguientes
labores: control de
la
evolución del trabajo
de
parto; atención
de partos eutócicos
en
multípara y primíparas; atención de
casos seleccionados
de
partos distócicos Educación materna
de
la
atención
al
recién nacido, y técnicas anticonceptivas.
3.3
El
Departamento de Gineco -Obstetricia deberá organizar
cursos de apoyo que complementen
los
conocimientos básicos
contenidos
en
el
programa mínimo.
.EsSalud
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PERUANOS
4)
En la Rotación
por
Pediatría .-
4.1 El
Interno esta obligado a completar
su
formación
en
los
siguientes aspectos:
a)
Atención
al
Neonato (Parto eutócico y distócico)
b)
Atención y control
del
niño
sano,
dietas, inmunizaciones.
c)
Clínica Pediátrica,
con
énfasis
en
infectologia, balance
hidroelectrolitico, desnutrición y diarrea aguda.
d)
Cirugía Pediátrica de los procesos quirúrgicos
más
frecuentes y de
las
malformaciones congénitas que
requieren correcciones quirúrgicas inmediatas.
e)
Accidentes e intoxicaciones frecuentes.
5.1
El
Departamento de Pediatría deberá organizar cursos de
apoyo que complementen los conocimientos básicos
contenidos
en
el
programa mínimo.
5)
En la Rotación
por
el
Departamento de Emergencia .-
5.1
El
Interno
de
Medicina Humana está obligado a completar
su
formación
en
los siguientes aspectos :
a)
Soporte básico de
la
vida (Pediátrico y Adulto)
con
entrenamiento
en
intubación endotraqueal, colocación de
catéteres venosos centrales y desfibrilación.
b)
Shock: Fisiopatología, diagnóstico y tratamiento.
e)
Abdomen Agudo.
d)
Emergencias cardiológicas, respiratorias, digestivas,
neurológicas, endocrinas, nefrológicas, psiquiátricas,
traumatológicas, ginecológicas.
e)
Reparación
de
laceraciones.
EsSalud
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PERUANOS
CAPITULO
VI
DE
LA
EVALUACIÓN
Artículo 28º.
Se
realiza trimestralmente
al
finalizar cada rotación y es de
responsabilidad del Jefe de Servicio, el Tutor y de los Médicos Asistentes
que han participado en forma directa
en
su
formación.
Artículo
29º.
La
evaluación que realizará EsSalud será basada
en
parámetros de
competencias adquiridas y
el
cumplimiento de las normas institucionales
considerando que estos dos aspectos contribuyen a la formación integral
del interno (destreza, juicio clínico, calidad de sus intervenciones,
disciplina, puntualidad, etc.}.
Artículo
30º.
La
evaluación académica será realizada en los formatos proporcionados
por la Universidad.
Articulo
31º. La evaluación administrativa será realizada
en
los formatos elaborados
por EsSalud.
Articulo
32º. La supervisión de las actividades del Programa de Internado Medico en
los Centros Asistenciales de EsSalud será de responsabilidad de
la
Sub
Gerencia de Capacitación y Formación Profesional en coordinación con
los Jefes/Responsables de las Oficinas de Capacitación de las Redes
Asistenciales.
CAPITULO VII
DE
LOS PERMISOS E INASISTENCIAS
Artículo
33º.
El
requerimiento de permisos para los Internos debe sujetarse a las
normas vigentes en
la
Institución para tal fin, excepto todo lo relacionado
a descuentos de subvención que no se aplican
en
este caso, por
tratarse de una suscripción de convenios.
CAPITULO VIII
DE
LOS RECLAMOS
DE
LOS INTERNOS
Artículo
34º.
Es
política de EsSalud favorecer
la
rápida solución de los reclamos
directamente entre
el
Interno y
el
Jefe o coordinador o tutor.
En
todo
caso, se hará todo esfuerzo para solucionar los problemas relacionados
a la actividad del Interno, localmente.
EsSalud
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PERUANOS
Artículo 35º
En
caso de
no
llegar a una solución
se
procederá a las siguiente
instancias :
1
º Jefe o Responsable de Capacitación de
la
Red
Asistencial,
Comité Hospitalario de Internado Médico,
Sub Gerencia
de
Capacitación y Formación Profesional (Sede
Central).
Cabe mencionar que
el
orden
de
éstas instancias
es
sucesiva,
no
pudiendo obviar
el
orden correlativo. Cada instancia tiene capacidad
resolutiva, por
lo
que solucionado
el
reclamo
no
es
necesario acudir a
la
instancia siguiente.
TITULO
111
DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
CAPÍTULO IX
APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Artículo 36º.
Es
función de
la
Institución velar por
la
disciplina como
una
condición
indispensable para
el
normal y eficiente desenvolvimiento
de
las labores;
para tal fin
se
ha
establecido
las
Normas, Procedimientos y Medidas
Disciplinarias.
En
salvaguarda de
la
disciplina
se
establece
la
aplicación
de sanciones por parte de EsSalud a quienes incurran
en
falta.
Las
medidas disciplinarias son las siguientes :
a)
Amonestación Verbal.
b)
Amonestación Escrita.
e)
Suspensión (sin goce de subvención económica).
d)
Conclusión del Convenio.
Articulo 38º.
El
orden
de
enumeración de estas sanciones
no
significa que deben
aplicarse correlativamente o sucesivamente.
Articulo 39º.
Las
sanciones serán impuestas teniendo
en
cuenta
lo
siguiente :
a)
Naturaleza de
la
falta.
b)
Antecedentes del Interno.
c)
La
responsabilidad del Interno
en
la
Institución.
Artículo 40°. Amonestación Verbal.-
Es
la
llamada
de
atención directa del superior
jerárquico del interno. Esta medida correctiva que
se
aplica cuando
la
falta
es
primaria y
no
reviste gravedad.
EsSalud
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PERUANOS
Artículo 41º. Amonestación Escrita.-
Es
la
llamada de atención a través de
una
Carta
o Memorándum del superior jerárquico del interno. Esta medida
correctiva
es
aplicable cuando
hay
reincidencia
en
faltas primarias o que
revisten relativa gravedad.
Artículo 42º.
La
violación de las normas y disposiciones de EsSalud pueden justificar
la
suspensión del Interno,
sin
el
pago
de
su
subvención económica.
Artículo 43º.
El
número de días
de
suspensión
se
fija de acuerdo a
la
gravedad
de
la
falta o reincidencia.
Articulo 44º. Serán amonestados
en
forma verbal o escrita los Internos que incurran
en
las siguientes faltas;
se
hace
la
salvedad que esta relación solamente
tiene carácter enunciativo y
no
limitativo :
a)
Incurrir
en
actos de indisciplina.
b)
Negligencia e ineficiencia
en
el
desarrollo
de
sus
labores.
c)
Falta de colaboración
con
las actividades que contribuyan
al
desarrollo del Servicio y de
la
Red
Asistencial.
d) Hacer uso inapropiado o negligente de equipos, instrumentos,
materiales, insumos y medicamentos
de
la
Institución;
aún
con
prescindencia de
su
cuantía.
e)
Llegar tarde
al
Servicio asignado.
Excepcionalmente,
si
la
gravedad de falta
lo
amerita, las mencionadas
anteriormente podrían ser consideradas como faltas graves y aplicarse
las sanciones correspondientes.
Artículo 45º. Será motivo
de
suspensión
la
reiterada
com1s1on
de
faltas que
determinan amonestación como las indicadas o
en
su
defecto y de
acuerdo a
la
gravedad de
la
falta,
se
recurrirá a
la
suspensión
sin
necesidad
de
reiteración.
Esta relación solamente tiene carácter enunciativo y
no
limitativo.
a)
Alterar los registros de
los
Partes
de
Asistencia.
b)
Abandonar
el
Servicio asignado
en
horas laborables,
sin
la
autorización respectiva.
c)
No
firmar
el
Parte
de
Asistencia.
d)
Negarse a cumplir las órdenes impartidas por
su
Jefe o coordinador
o tutor.
e) Utilizar equipos, instrumentos o materiales
de
la
Institución, para
labores ajenas a ésta, o
no
autorizadas,
aún
cuando
la
falta
no
sea
calificada
de
tentativa contra
el
patrimonio
de
EsSalud.
f)
Participar y/o presenciar juegos
de
azar
en
el
Servicio.
EsSalud
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PERUANOS
g)
Negarse a dar información a las personas autorizadas cuando
le
sean solicitados como consecuencia del trabajo.
h)
Fumar dentro
de
las instalaciones
de
la
Institución.
i)
Ofender y/o difamar a
la
Institución ó a sus miembros, por cualquier
medio, modalidad o grado.
j) Negarse a que
se
revisen
el
o los paquetes que porten.
k)
Hacer inscripciones
en
las instalaciones
de
EsSalud
1)
Las
mencionadas
en
el
artículo anterior,
en
caso
se
trate de una
reiteración
de
las mismas.
Articulo 46º. Constituyen causas de conclusión del convenio
con
el
Interno
las
siguientes :
1) Relacionadas con la capacidad del Interno
a.
El
detrimento
de
la
facultad física o mental o
la
ineptitud
sobrevenida, determinante para
el
desempeño
de
sus
tareas;
b.
La
negativa injustificada
del
Interno de someterse a
los
exámenes
médicos dispuestos por
el
presente Reglamento o a cumplir las
medidas profilácticas o curativas prescritas por
el
médico para
evitar enfermedades o accidentes.
2) Relacionadas con la conducta del Interno
a)
Condena penal por delito doloso
en
caso
de
pena privativa de
libertad efectiva.
En
caso
de
pena privativa
de
libertad condicional
únicamente
si
el
delito guarda relación
con
sus funciones
como
interno.
b)
La
inhabilitación declarada por
la
autoridad judicial, administrativa
o universitaria competente.
c)
La
comisión de las faltas graves siguientes :
.!'
El
incumplimiento
de
las obligaciones
del
programa de
Internado Médico,
la
reiterada resistencia a las órdenes
relacionadas con las labores y
la
inobservancia de este
Reglamento, que revistan gravedad;
.!'
La
apropiación consumada o tentativa debidamente
demostrada de bienes o servicios de
la
Institución o que
se
encuentren bajo
su
custodia, así como
la
retención o
utilización indebida
de
los
mismos,
en
beneficio propio o
de terceros,
con
prescindencia
de
su
valor;
.!'
El
uso o entrega a terceros de información reservada de
la
Institución,
la
sustracción o utilización de documentos
de
EsSalud,
sin
la
autorización correspondiente y
la
competencia
desleal;
taEsSalud
MAS
SALUD
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MAS
PERUANOS
./
La
concurrencia en estado de embriaguez, bajo
la
influencia
de drogas o sustancias psicoactivas durante las horas de
trabajo;
./
Los actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento
de palabra verbal o escrita en agravio de EsSalud, de sus
representantes, del personal jerárquico o de otros Internos,
sea que se cometan dentro del centro asistencial o fuera de
él
cuando los hechos se deriven directamente de sus labores;
./
El
daño intencional a los edificios, instalaciones, instrumentos,
equipos, documentación y demás bienes de propiedad de
la
Institución o en posesión de ésta;
./
El
abandono injustificado de sus labores por más de tres días
consecutivos, o las ausencias injustificadas por más de cinco
dlas en un periodo de treinta días calendario o más de quince
días en
un
período de ciento ochenta días calendario, hayan
sido o
no
sancionadas disciplinariamente en cada caso .
./
La
impuntualidad reiterada, siempre que se hayan aplicado
sanciones disciplinarias previas de amonestaciones escritas y
suspensiones.
Artículo 47º. PROCEDIMIENTO PARA MEDIDAS DISCIPLINARIAS
EN
CASOS
ESPECÍFICOS
a) Faltar
al
Servicio sin previo aviso.
Esta medida disciplinaria será aplicada
si
el
Interno
no
presenta una
justificación aceptable a juicio de
la
Institución sobre
su
inasistencia
y/o faltas dentro de los tres (3) días siguientes de ocurrida ésta.
Primera Falta.- No percibe
la
subvención económica por
el
tiempo
no laborado, amonestación verbal.
Segunda Falta.-
No
percibe
la
subvención económica por
el
tiempo
no laborado además de 2 a 3 días de suspensión.
b)
Llegar tarde
al
Servicio
Los Internos que por primera vez dentro de
un
período de
30
días
calendario acumulen más de 3 tardanzas,
se
harán acreedores a una
amonestación verbal por parte de
su
Jefe o coordinador o tutor.
En
caso de reincidencia en llegar tarde por más de 6 veces
en
un
nuevo período de 60 días, dará lugar a una amonestación escrita por
parte de
su
Jefe o coordinador o tutor.
c)
La
acumulación de 3 amonestaciones escritas constituirá causal de
suspensión de 3 días sin goce de haber.
d) Violación de las Reglas de Seguridad.
t:t
EsSalud
MAS
SALUD
PARA
MAS
PERUANOS
El
incumplimiento de las normas de seguridad establecidas será
considerado de acuerdo a las circunstancias del mismo y en
el
orden
siguiente:
Primera Falta
Segunda Falta
Tercera Falta
Amonestación Verbal.
Amonestación escrita.
Suspensión.
Artículo 48º. Los Jefes/Responsables de las Oficinas de Capacitación, en
coordinación con los Jefes de Servicio, coordinadores o tutores de los
Internos y
el
Comité Hospitalario son los responsables directos de
la
administración de las medidas disciplinarias, teniendo en cuenta las
Normas y Procedimientos preparados para tal fin.
CAPÍTULO X
CASOS NO CONTEMPLADOS
Artículo
49°. Todos los casos que
no
estén previstos de manera expresa en este
Reglamento, se regirán por las disposiciones que
al
respecto, dicte
EsSalud, en el legítimo ejercicio de sus derechos dentro del régimen de
facultades que
le
otorga
el
ordenamiento legal vigente.
Artículo
50º. Dado que resulta indispensable para
la
cabal aplicación de determinadas
disposiciones del presente Reglamento, que se disponga una mecánica
minuciosa y detallada, EsSalud procederá a emitir en
la
medida que las
necesidades lo requieran, normas, procedimientos y políticas explicativas
y complementarias que sin apartarse del espíritu de
la
disposición
reglamentaria, indiquen claramente
la
dinámica y
la
manera de darle
cumplimiento.
Artículo 51º. Las infracciones a normas legales en que incurrieran los Internos y que
no hayan sido contempladas en
el
presente Reglamento, serán resueltas
en cada caso, atendiendo a las circunstancias, antecedentes,
consecuencias, etc., aplicando
Jos
principios que indique
la
ley.
CAPÍTULO XI
DISPOSICIONES FINALES
Artículo
52º.
El
presente Reglamento será aplicable a partir de
la
fecha de
su
aprobación.
Artículo
53º. Los trabajadores de
la
Institución que accedan
al
programa de internado
medico, cumplirán las disposiciones que sobre el particular dicte
la
Gerencia de Desarrollo del Personal.
Anexo 1
ROTACIONES
DE
INTERNOS
DE
MEDICINA
EN
LA
RED ASISTENCIAL
DURACION DURACION DURACION DURACION
60 Días
60
Oías 60 Días 60 Días
Hospital
IV
30
dias
30
dias
15 días
30
dias
15 días
30
dias
CAS/
RED
07 dias 15 días
CAS
/RED
Hospital Emergencia
CAS/
RED
45 dias Servicio
CAS
/RED
Hospital
IV
Inteligencia Emergencia de
IV
Gineco Hospital
IV
de
Sanitaria Traumatología Obstetricia
Recíen
Nacidos
1
l
....---------
-
lud
MÁS
SALUD
PARA
MÁS
Pl'RtJANOS
FICHA
DE
EVALUACION ACADEMICA
ADMINISTRATIVA
DEL
INTERNO
DE
MEDICINA
HUMANA
EN
ESSALUD
Apellidos y Nombres
Red
Asistencial
Sede Hospitalaria
Rotación:
Rotación
INICIO : / / TERMINO: / /
10-12 ( Desaprobado ) ; 13- 15 (
Regular);
16-18 ( Bueno);
19-20 (Sobresaliente).
1.
Nivel
de
Conocimiento
Conocimientos Básicos y Clinicos -Criterio Médico Habilidad Intelectual y
tecnica
2.
Habilidad
y
Destrezas
ilidad para relacionarse con el Enfermo y Familiar -Destreza en los
examenes fisicos -Destreza en elaboración de Historias clínicas -
Habilidad y Destrezas en Procedimientos efectualdos -Participa en los
procedimientos -Capacidad de
trabajo
y Cooperación
en
Grupo
3.
Aspectos Eticos y
de
Conducta
Tiene conocimiento de los principios eticos y deontologicos -aspectos
legales del ejercicio profesional de
la
Medicina -
Se
comporta eticamente
con los pacientes, con otros profesinales y con sus compañeros -Respeta
la personalidad dignidad e intimidad del paciente.
4.
Afectiva
/
Voluntad
Cuenta con Iniciativa -
Interes
en aprender -Presentación y Puntualidad -
Responsabilidad y Disciplina -Cuenta con Criterio Clínico -Participa en las
ac ·vidades Academicas del Servicio.
SUB TOTAL (
1+2+3+4
/
4)
5.
Examen de Conocimiento al final de la Rotación
(50°/o)
Informe
final por rotaclon
(50°/o)
NOTA
FINAL : {SUB TOTAL + PUNTO
5)
/ 2
(en
numero)
Nota final en letras
Fecha Calificación : _ / _ /
__
_
Observaciones
FOTO
ESCALA DE
CALIFICACION
Firma de Tutor
de
Sede Jefe de Servicio Jefe de Departamento
Jefe de
la
Oflc. Capcitación de Sede Jefe de la Ofic. Capcitación de la
Red

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