Resolución Nº 0419-2023-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 27 de enero de 2023

Número de resolución0419-2023-TCE-S3
Fecha27 Enero 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0419-2023-TCE-S3
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Sumilla: “(…), la presentación de un documento falso o adulterado e información
inexacta supone el quebrantamiento del principio de presunción de veracidad,
de conformidad con lo estab lecido en el numeral 1.7 del artículo IV del Título
Preliminar del TUO de la LPAG.
Lima, 27 de enero de 2023
VISTO en sesión del 27 de enero de 2023 de la Tercera Sala del Tribunal
de Contrataciones del Estado, el Expediente N° 3989-2019.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra la Empresa Transportes Multiservicios Líder
Cargo S.A.C., por su presunta responsabilidad al haber presentado supuestos
documentos falsos o adulterados e información inexacta, en el marco de la Adjudicación
Simplificada N° 45-2019-MINEDU/UE 108 (Primera convocatoria), convocada por el
Programa Nacional de Infraestructura Educativa UE 108 - PRONIED; y, atendiendo a los
siguientes:
I. ANTECEDENTES
1. El 23 de mayo de 2019, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa UE 108
- PRONIED, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada N° 45-
2019-MINEDU/UE 108 (Primera convocatoria), para el "Servicio de desmontaje e
instalación de un (01) kit de infraestructura (modulo educativo, mobiliario y
equipamiento) con plataforma y pozo a tierra, y transporte e instalación de cinco
(05) kits de infraestructura (modulo educativo, mobiliario y equipamiento) con
plataforma y pozo a tierra para la I.E. Nro. 213, ubicada en el distrito de Ate,
provincia y región de Lima", con un valor estimado de S/ 72,747.00 (setenta y dos
mil setecientos cuarenta y siete con 00/100 soles), en adelante el procedimiento
de selección.
El procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobada
por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante, la Ley y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en lo sucesivo el Reglamento.
El 4 de junio de 2019, se llevó a cabo la presentación de ofertas, y el 7 del mismo
mes y año, se otorgó la buena pro a la Empresa Transportes Multiservicios Líder
Cargo S.A.C., por el monto de su oferta económica ascendente a S/ 62,500.00
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.01.2023 16:59:57 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.01.2023 17:05:01 -05:00
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.01.2023 17:27:57 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0419-2023-TCE-S3
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(sesenta y dos mil quinientos con 00/100 soles).
El 11 de julio de 2019, la Entidad y la Empresa Transportes Multiservicios Líder
Cargo S.A.C., en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato N° 095-2019-
MINEDU/VMGI-PRONIED, por el monto equivalente a la oferta económica, en lo
sucesivo el Contrato.
2. Mediante Oficio N° 845-2019-MINEDU/VMGI/PRONIED/OGA-UA
1
y Formulario de
aplicación de sanción-Entidad
2
, presentado el 23 de octubre de 2019, en la Mesa
de Partes del Tribunal, en lo sucesivo el Tribunal, la Entidad comunicó que el
Contratista habría incurrido en la infracción establecida en la Ley, al haber
presentado documentos falsos o adulterados, como parte de su oferta.
A fin de sustentar su denuncia, la Entidad adjuntó, entre otros, el Informe N° 1195-
2019-MINEDU-VMGI-PRONIED/OGA-UA-CEC
3
del 23 de octubre de 2019, en el
cual señaló lo siguiente:
i. El 23 de mayo de 2019 la Entidad publicó la convocatoria del procedimiento de
selección, y el 7 de junio del mismo año, adjudicó la buena pro a la Empresa
Transportes Multiservicios Líder Cargo S.A.C., por el importe de S/ 62,000.00.
ii. El 11 de julio de 2019, Entidad y el Contratista suscribieron el Contrato N° 095-
2019-MINEDU/VMGI-PRONIED, en el marco del procedimiento de selección.
iii. En el marco de la fiscalización posterior realizada a la oferta presentada por el
Contratista, mediante Oficio N° 727-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA-UA
4
,
la Unidad de Abastecimiento de la Entidad solicitó a la Zona Registral N ° XIV
SUNARP - Sede Ayacucho, validar la autenticidad y/o veracidad del documento
denominado certificado de vigencia certificado por la abogada certificadora, la
señora Ibet Margaret Moreyra Romani.
iv. A través de la Carta N° 1647-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA-UA
5
, la
Unidad de Abastecimiento de la Entidad solicitó al gerente general del BBVA
1
Véase en el folio 2 del expediente administrativo en formato pdf.
2
Véase en los folios 9 y 10 del expediente administrativo en formato pdf.
3
Véase en los folios 11 al 17 del expediente administrativo en formato pdf.
4
Véase en el folio 28 del expediente administrativo en formato pdf.
5
Véase en el folio 21 del expediente administrativo en formato pdf.

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