Resolucion N° 040-2024-OS/CD. Disponen la publicación del Informe Técnico N° 175-2024-GRT, “Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica 2023 - 2027”

Fecha de publicación27 Marzo 2024
SecciónSección Única
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Madre de Dios, Puno, Tacna y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Lima, 26 de marzo de 2024


CONSIDERANDO:


Que, con Resolución Nº 130-2023-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 19 de julio de 2023, se fijaron los Costos de Conexión a la Red de Distribución Eléctrica aplicables al periodo comprendido del 1 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027;


Que, asimismo, con Resolución Nº 151-2023-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 21 de agosto de 2023, se fijaron los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad, aplicables al periodo comprendido del 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027;


Que, posteriormente, se resolvieron los recursos de reconsideración interpuestos contra las referidas Resoluciones Nº 130-2023-OS/CD y 151-2023-OS/CD, habiendo establecido que, a raíz de las decisiones allí acordadas, se proceda a consignar, en resolución complementaria, las modificaciones pertinentes. Para tal efecto, las modificaciones correspondientes a dichas resoluciones fueron consignadas en las Resoluciones Nº 166-2023-OS/CD y 180-2023-OS/CD, publicadas en el diario oficial El Peruano el 7 de septiembre de 2023 y el 6 de octubre de 2023, respectivamente;


Que, el artículo 81 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone como obligación de Osinergmin preparar periódicamente información que permita dar a conocer a los ciudadanos y a los agentes del subsector eléctrico, los procedimientos utilizados en la determinación de las tarifas;


Que, el artículo 162 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que, Osinergmin debe emitir un informe técnico que contenga lo previsto en el artículo 81 de la referida Ley, para su difusión entre todas las instituciones del subsector eléctrico; y que, simultáneamente, publicará un informe resumen en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez;


Que, por lo expuesto, corresponde disponer la publicación del Informe Técnico Nº 175-2024-GRT, sobre el Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica 2023 – 2027 y el Informe Técnico Nº 176-2024-GRT, sobre el Procedimiento de Importes de Corte y Reconexión de la Conexión Eléctrica 2023 - 2027, en el Portal Institucional de Osinergmin; y, publicar la presente resolución, conjuntamente con el Resumen Ejecutivo del referido informe, en el Diario Oficial El Peruano;


Que, es importante señalar que la presente publicación tiene efecto informativo, siendo un resumen y reproducción de actos administrativos firmes, por lo que no cabe su impugnación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 217.3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;


Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 172-2024-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, que complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;


De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto supremo Nº 010-2016-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y,


Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 10-2024 de fecha 26 de marzo de 2024.


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Disponer la publicación del Informe Técnico Nº 175-2024-GRT, “Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica 2023 - 2027”, en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx


Artículo 2.- Disponer la publicación del Informe Técnico Nº 176-2024-GRT, “Procedimiento de Determinación de los Importes de Corte y Reconexión de la Conexión Eléctrica 2023 - 2027”, en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx


Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, conjuntamente con los Resúmenes Ejecutivos que se anexan, así como los informes a que se refieren los artículos precedentes, y que sea consignada, en el citado Portal Institucional de Osinergmin, conjuntamente con el Informe Legal Nº 172-2024-GRT y los Informes Técnicos Nº 175-2024-GRT y Nº 176-2024-GRT.


Omar Chambergo Rodríguez


Presidente del Consejo Directivo


Resumen Ejecutivo


1. Objetivo


Presentar los antecedentes, desarrollo y resultados del Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica del periodo 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027, fijados con la Resolución Osinergmin Nº 130-2023-OS/CD, modificada con la Resolución Osinergmin Nº 166-2023-OS/CD.


2. Antecedentes


En el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM (en adelante “RLCE”), se establece que Osinergmin debe fijar, revisar y modificar los montos que deberán pagar los usuarios del servicio público de electricidad por el costo de acometida, equipo de medición y protección y su respectiva caja y el monto mensual que cubre su mantenimiento y permite su reposición en un plazo de 30 años. Además, establece que tratándose de equipo de medición estático monofásico de medición simple, se considerará una vida útil no menor de 15 años.


En cumplimiento de la disposición mencionada, Osinergmin a través de la Resolución Nº 130-2023-OS/CD, modificada con la Resolución Osinergmin Nº 166-2023-OS/CD, fijó los costos de conexión eléctrica del periodo 01 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2027, de acuerdo con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (en...

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