Resolución Nº 039-2015-SMV/10.2 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución IGSE N° 039-2015-SMV/10.2)

Número de resolución039-2015-SMV/10.2
Fecha14 Abril 2015
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELADIVERSIFICACIÓNPRODUCTIVAYDELFORTALECIMIENTODELAEDUCACIÓN
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 039-2015-SMV/10.2
Lima, 14 de abril de 2015
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2014048432 iniciado por ADCAP Asset
Management Perú Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el Informe
N° 321-2015-SMV/10.2 del 13 de abril de 2015 de la Intendencia General de
Supervisión de Entidades de la Superintendencia del Mercado de Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Superintendente Nº 103-
2013-SMV/02 del 26 de agosto de 2013 se autorizó el funcionamiento de Andes
Securities Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., hoy ADCAP Asset
Management Perú Sociedad Administradora de Fondos S.A., para administrar fondos
de inversión y se dispuso su inscripción en la sección correspondiente del Registro
Público del Mercado de Valores;
Que, mediante Resolución de Superintendente N° 090-
2014-SMV/02 del 24 de julio de 2014 se autorizó a ADCAP Asset Management Perú
Sociedad Administradora de Fondos S.A. para administrar, adicionalmente, fondos
mutuos de inversión en valores, y se dispuso la modificación de su inscripción en la
sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores;
Que, mediante escritos presentados hasta el 09 de abril
de 2015, ADCAP Asset Management Perú Sociedad Administradora de Fondos S.A.
solicitó la inscripción del fondo de inversión denominado “Fondo Edifica – Advanced,
Fondo de Inversión”, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado
de Valores, al amparo de lo dispuesto por el artículo 28 del Reglamento de Fondos de
Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución
CONASEV N° 042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, vigente a la fecha de
presentación de la solicitud;
Que, de la evaluación a la documentación presentada se
ha determinado que ADCAP Asset Management Perú Sociedad Administradora de
Fondos S.A. ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 9 y 23 del Decreto
Legislativo N° 862, Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, el
artículo 28 y el Anexo D del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras, así como las disposiciones del Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por
Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y su modificatoria, vigente a la
fecha de presentación de la solicitud de inscripción del fondo de inversión;
Estando a lo dispuesto por el artículo 1º inciso b del Texto
Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores,

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