Resolución Nº 0378-2022-MIDAGRI-SG-OGGRH del Ministerio de Agricultura, 26-01-2022

Número de resolución0378-2022-MIDAGRI-SG-OGGRH
Fecha26 Septiembre 2022
0378-2022-MIDAGRI-SG-OGGRH
Lima, 26 de Setiembre de 2022
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Desarrollo
Agrario y Riego, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070 -2013-PCM y la Tercera Disposición
Complementaria Final el D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de
la siguiente dirección web: http://sisged.midagri.gob.pe/documento_mgd ingresando el código KLMN8CIHAI y
el número de documento.
VISTO:
La solicitud presentada el 30 de junio del 2022 por el señor JOSE EDGAR AVILA
CASTILLO, identificado con DNI N° 06936467, servidor del Ministerio de Desarrollo Agrario
y Riego, sobre otorgamiento de subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio de quien en
vida fue su señora madre GLORIA ESMERALDA CASTILLO DE MURILLO; el Informe N°
441-2022-MIDAGRI-SG-OGGRH-OARH; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 46 del Texto Integrado del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por
Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI la Oficina General de Gestión de Recursos
Humanos tiene dentro de sus funciones, entre otras, la de conducir y supervisar el registro
de personal activo y cesante, la elaboración de planillas de pensiones y compensaciones
económicas y no económicas de los servidores y ex servidores, de acuerdo con la
normatividad vigente;
Que, el señor JOSE EDGAR AVILA CASTILLO adjunta los siguientes documentos:
Copia de Acta de Defunción N° 2001016799, emitida por RENIEC, de la señora GLORIA
ESMERALDA CASTILLO DE MURILLO; Copia de Acta de Nacimiento N°021405 del señor
JOSE EDGAR AVILA CASTILLO; Copia del Documento Nacional de Identidad
06936467 del señor JOSE EDGAR AVILA CASTILLO; Copia de Boleta de Venta N° Nº
EB01-1250, emitida por Funeraria Martínez Industrial Martínez SAC a nombre de JOSE
EDGAR AVILA CASTILLO; asimismo, con fecha 16 de setiembre del 2022 presenta
resolución registral de rectificación de partida de nacimiento;
Que, el artículo 142° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el
Decreto Supremo N° 05-90-PCM, perteneciente al régimen laboral del Decreto Legislativo
N° 276, establece que “los programas de bienestar social dirigidos a contribuir al desarrollo
humano del servidor de carrera y de su familia en lo que corresponda, procuran la atención
prioritaria de sus necesidades básicas, de modo progresivo, mediante la ejecución de
acciones destinadas a cubrir, entre otros: (…) “j) Subsidio por fallecimiento del servidor y
sus familiares directos, así como por gastos de sepelio o servicio funerario completo”;
Que, el artículo 144 del Reglamento de la Carrera Administrativa señala que “El
subsidio por fallecimiento del servidor se otorga a los deudos del mismo por un monto de
tres remuneraciones totales, en el siguiente orden excluyente: cónyuge, hijos, padres o
«EALFARO»
«KAPAZA»
Firmado Digitalmente por:
APAZA MINI Karina Lizette
FAU 20131372931 hard
Razón: MIDAGRI
Ubicación: LIMA - LA
MOLINA
Fecha: 28/09/2022 09:03:31
Firmado Digitalmente por: ALFARO ESPARZA
Eduardo Jaime FAU 20131372931 hard
Razón: MIDAGRI
Ubicación: LIMA - LA MOLINA
Fecha: 28/09/2022 15:39:05

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