Resolución Nº 037-2019 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la exclusión de los valores mobiliarios denominados "Octava Emisión del Primer Programa de Papeles Comerciales de Los Portales" del Registro Público del Mercado de Valores)

Fecha03 Mayo 2019
Número de resolución037-2019
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELAIGUALDADDEOPORTUNIDADESPARAMUJERESYHOMBRESAÑODELALUCHACONTRALACORRUPCIÓNEIMPUNIDAD
1
Resolución Intendencia General SMV
037-2019-SMV/11.1
Lima, 03 de mayo de 2019
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El Expediente Nº 2019013792, así como el Informe
Interno N° 389-2019-SMV/11.1 del 02 de mayo de 2019, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
Considerando:
Que, mediante escrito presentado el 02 de abril de 2019,
Los Portales S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, a
través del sistema de Ventanilla Única, la exclusión de los valores mobiliarios
denominados «Octava Emisión del Primer Programa de Papeles Comerciales de Los
Portales» del «Primer Programa de Papeles Comerciales de Los Portales» del
Registro Público del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de
Valores de Lima, por haberse vencido el plazo de colocación sin que se haya
producido colocación alguna de los valores;
Que, se ha verificado que el 21 de junio de 2013,
mediante el uso del sistema electrónico E-prospectus y bajo un procedimiento de
aprobación automática, se aprobó el trámite anticipado, se inscribió el «Primer
Programa de Papeles Comerciales de Los Portales», hasta por un monto máximo en
circulación de US$ 50´000,000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los
Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles, y se registró el Prospecto
Marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, en el marco del mencionado programa de emisión
y mediante un procedimiento de aprobación automática, el 26 de octubre de 206, se
inscribieron los valores mobiliarios «Octava Emisión del Primer Programa de Papeles
Comerciales de Los Portales», hasta por un monto de US$ 12´000,000.00 (Doce
Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), y se registró el
Complemento del Prospecto Marco correspondiente, en el Registro Público del
Mercado de Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, de la evaluación de la documentación que sustenta
la solicitud a la que se contrae la presente Resolución, se ha verificado que el plazo
para la colocación de la «Octava Emisión del Primer Programa de Papeles
Comerciales de Los Portales» ha vencido, sin que se haya realizado colocación
alguna;
Que, de la información que obra en el Registro Público
del Mercado de Valores, se ha observado que en el marco del «Primer Programa de

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