Resolución Nº 037-2018-SUNEDU de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 25-06-2018

Fecha25 Junio 2018
Número de resolución037-2018-SUNEDU
EmisorSecretaria general (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria de Perú)
Lima,
25
iON,
2018
VISTOS:
003
:/-2018-SUN
EDU
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El
Informe
N
332-2018-SUNEDU-03-08-01 de
la
Unidad
de
Abastecimiento
de
la
Oficina
de
Administración;
el
Informe
N
065-2018-SUNEDU-03-07 de
la
Oficina
de
Planeamiento
y
Presupuesto;
y,
el
Informe
N
194-2018-SUNEDU-03-06
de
la
Oficina de
Asesoría
Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que,
mediante
el
artículo
12
de
la
Ley
N90220
-
Ley
Universitaria,
se
crea
la
Superintendencia
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria
-
Sunedu, como Organismo
Público Técnico
Especializado
adscrito
al
Ministerio
de
Educación,
con
autonomía
técnica,
funcional,
económica,
presupuestal
y
administrativa.
Tiene
naturaleza
jurídica
de
derecho
público
interno
y
constituye
pliego
presupuestal;
Que,
la
Ley
27658
-
Ley
Marco
de Modernización de
la
Gestión
del
Estado,
tiene
como
finalidad
fundamental
la
obtención
de
mayores
niveles
de
eficiencia
del
aparato
estatal,
de
manera
que
se
logre
una
mejor
atención
a
la
ciudadanía, priorizando
y
optimizando
el
uso
de
los
recursos
públicos;
Que, de
acuerdo
con
los
literales
a)
y
d)
del
artículo
29
del
Reglamento
de
Organización
y
Funciones
(en
adelante,
el
ROE)
de
la
Superintendencia
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria
—Sunedu,
aprobado
por
Decreto
Supremo
N°012-2014-MINEDU,
son
funciones
de
la
Oficina
de Administración
dirigir
los
procesos
relacionados
al
sistema
administrativo
de
abastecimiento,
en
el
ámbito
de
sus
competencias
y
de
conformidad
con
la
normativa
vigente.
Asimismo,
tiene
como
función
proponer
al
Secretario
General
las
normas,
lineamientos,
directivas
internas,
entre
otros,
en
el
ámbito
de
su
competencia;
Que,
mediante
Resolución de
Secretaría
General
001-2018-SUNEDU,
de
fecha
04
de
enero
de
2018,
se
aprobó
la
“Directiva
para
contrataciones
de
bienes
y
servicios
cuyos
montos
sean
iguales
o
inferiores
a
ocho
(8)
Unidades
Impositivas
Tributarias
(UIT)”;
Que,
conforme
lo
dispuesto
en
el
numeral
8.1.1 de
la
Directiva
para
la
formulación,
modificación
y
aprobación
de
documentos
normativos
de
gestión
interna,
aprobada
por
Resolución de
Superintendencia
054-2016-SUNEDU,
todo
órgano
o
unidad
orgánica
de
la
Sunedu
debe
identificar
las
necesidades
normativa
para
regular
o
modificar
los
procesos
a
su
cargo.
En
virtud
a
ello,
mediante
Informe
N
332-2018/SUNEDU-03-08-01,
la
Unidad
de
Abastecimiento
de
la
Oficina de
Administración
propone
la
emisión
de
una
nueva directiva
que
establezca
los
lineamientos
y
procedimientos
para
la
contratación
de
bienes
y
servicios cuyos
montos
sean
iguales
o
inferiores
a
ocho
(8)
Unidades
Impositivas
Tributarias
(UIT),
de
forma
transparente,
oportuna
y
bajo
las
mejores
condiciones
de
precio
y
calidad, maximizando
el
valor
RESOLUCIÓN
DE
SECRETARÍA
GENERAL
fa’
LI
de
los
recursos
públicos
asignados
a
la
Sunedu,
permitiendo
el
cumplimiento
de
los
fines
públicos
y
repercutiendo
positivamente
en
las
condiciones
de
vida
de
los
ciudadanos;
Que, de
acuerdo
a
lo
establecido
en
los
literales
f)
y
g)
del
artículo
24
del
ROF
de
la
Sunedu,
son
funciones
de
la
Oficina
de
Planeamiento
y
Presupuesto
conducir
el
proceso
de
modernización
de
la
gestión
de
la
Sunedu
y
proponer
a
la
Secretaría
General
la
actualización
de
los
documentos
de
gestión;
por
lo
que
mediante
el
Informe
N
065-2018-SUNEDU-03-07
del
18
de
junio
del
2018,
la
Oficina
de
Planeamiento
y
Presupuesto
emitió
opinión
favorable
sobre
el
citado
proyecto
normativo,
recomendando
que
la
Secretaría
General
apruebe
la
nueva
“Directiva
para
la
contratación
de
bienes
y
servicios cuyos
montos
sean
iguales
o
inferiores
a
ocho
(8)
unidades
Impositivas
Tributarias
(UIT)”;
Que,
según
lo
establecido
en
el
literal
fl
del
artículo
22
del
ROF
de
la
Sunedu,
la
Oficina
de
Asesoría Jurídica
participa
en
la
formulación
de
proyectos
normativos,
emitiendo
opinión
legal
al
respecto;
en
tal
sentido,
mediante
el
Informe
194-2018-SUNEDU-03-06,
de
fecha
22
de junio
del
2018,
dicha
oficina
emitió
opinión
favorable
sobre
el
citado
proyecto normativo,
recomendando
que
la
Secretaría
General
apruebe
el
proyecto
de
nueva
directiva;
Que,
los
literales
b)
y
h)
del
artículo
16
del
ROF
establecen
que
son
funciones
de
la
Secretaria
General
dirigir
el
proceso
de
formulación
de
los
documentos
normativos
y
de
gestión,
así
como
expedir
las
directivas
sobre
asuntos
administrativos
de
a
Sunedu
para
el
adecuado
funcionamiento
de
los
órganos
que
se
encuentren
bajo
su
supervisión;
Que,
en
línea con
ello,
el
numeral
5.3
de
la
Directiva
para
la
formulación,
modificación
y
aprobación
de
documentos
normativos
de
gestión
interna,
dispone
que
la
Secretaría
General
es
responsable
de
aprobar
los
documentos
normativos
que
elaboren
los
órganos
de
administración
interna;
Que,
de
acuerdo
con
las
normas
e
informes
citados,
resulta
necesario
aprobar
la
nueva
“Directiva
para
la
contratación
de
bienes
y
servicios
cuyos
montos
sean
iguales
o
inferiores
a
ocho
(8)
Unidades
Impositivas
Tributarias
(UIT)”;
Con
el
visado
de
la
unidad
de
Abastecimiento
de
la
Oficina
de
Administración,
de
la
Oficina
de
Administración;
de
la
Oficina
de
Planeamiento
y
Presupuesto;
y,
de
la
Oficina
de
Asesoría Jurídica;
y,
De
conformidad
con
lo
dispuesto
por
la
Ley
N°30220,
Ley
Universitaria;
el
Reglamento
de
Organización
y
Funciones
de
la
Sunedu,
aprobado
por
el
Decreto
Supremo
012-2014-
MINEDU
y
la
Directiva
para
la
formulación,
modificación
y
aprobación
de
documentos
normativos
de
gestión
interna,
aprobada
por
la
Resolución de
Superintendencia
054-2016-
SUNEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo
1.-
Deróguese
la
“Directiva
para
contrataciones
de
bienes
y
servicios
cuyos
montos
sean
iguales
o
inferiores
a
ocho
(8)
Unidades Impositivas
Tributarias
(UIT)”
aprobada
mediante
Resolución de
Secretaría
General
001-2018-SUNEDU
de
fecha
04
de
enero
de
2018.
a
Artículo
2.-
Aprobar
la
nueva
“Directiva
para
la
contratación
de
bienes
y
servicios cuyos
montos sean
iguales
o
interiores
a
ocho
(8)
Unidades
Impositivas
Tributarias
(UIT)”,
que
en
anexo
adjunto
forma
parte
integrante
de
la
presente
Resolución.
Articulo
3.-
Encargar
a
la
Oficina
de
Comunicaciones
la
publicación
de
la
nueva
“Directiva
para
la
contratación
de
bienes
y
servicios
cuyos
montos
sean
iguales
o
inferiores
a
ocho
(8)
Unidades
Impositivas
Tributarias
(UIT)”,
en
el
portal
institucional
de
la
Sunedu
(www.suned
u
.gob. pe)
Regístrese
y
comuníquese
e
UnÑssitana

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