Resolución Nº 0361-2022-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 4 de febrero de 2022

Número de resolución0361-2022-TCE-S1
Fecha04 Febrero 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 361-2022-TCE-S1
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Sumilla: “(…) la En tidad observó el debido procedimiento para la resolución del contrato, pues
comunicó la resolución del contrato por conducto notarial, lo que constituye requisito
necesario e indispensable para la configuración de la infracción (…)”.
Lima, 4 de febrero de 2022.
VISTO en sesión del 4 de febrero de 2022, la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones
del Estado, el Expediente Nº 3314/2021.TCE, sobre el procedimiento administrativo
sancionador contra la señora Patricia Roxana Morán Cruz y las empresa Q´ORIANKA
CONSULTORES S.A.C. y EVALTO CONSULTORES Y CONSTRUCTORES S.R.L. integrantes
del Consorcio Q’ORIANKA, por su responsabilidad al haber ocasionado la resolución del
Contrato 52-2019-MINAGRI-AGRO-RURAL, que corresponde Adjudicación Simplificada
020-2019-AGRO RURAL-2-Segunda Convocatoria, para la contratación del “Servicio
de elaboración de planes de negocio”, infracción tipificada en el literal f) del numeral
50.1 del artículo 50° de la Ley; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE, el 5 de julio de 2019, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural Agro Rural, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada
N° 020-2019-AGRO RURAL-2-Segunda Convocatoria, para la contratación del
“Servicio de elaboración de planes de negocio”, con un valor referencial de S/
80,000.00 (ochenta mil con 00/100 soles), en adelante el procedimiento de
selección.
Dicha contratación se realizó durante la vigencia del Texto Único Ordenado de la
Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo
N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y; su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
El 23 de julio de 2019, se llevó a cabo la presentación de ofertas, y; el 8 de agosto
del mismo año, se otorgó la buena pro al Consorcio Q’ORIANKA, integrado por la
señora Patricia Roxana Morán Cruz y las empresas Q´ORIANKA CONSULTORES
S.A.C. y EVALTO CONSULTORES Y CONSTRUCTORES S.R.L., en adelante el
Consorcio, por el monto de S/ 68,000.00 (sesenta y ocho mil con 00/100 soles).
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 04.02.2022 18:43:14 -05:00
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 04.02.2022 20:34:43 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 04.02.2022 22:05:14 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 361-2022-TCE-S1
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El 3 de setiembre de 2019, la Entidad y el Consorcio suscribieron el Contrato
52-2019-MINAGRI-AGRO-RURAL
1
, por el monto de su oferta económica, en
adelante el Contrato.
2. Mediante Oficio Nº 087-2021-MIDAGRI-DVAFIR-AGRO RURAL-DE/OA y formulario
de solicitud de aplicación de sanción Entidad
2
, presentado el 21 de mayo de 2021,
ante la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo
el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el Consorcio habría incurrido en
infracción.
Asimismo, adjuntó, el Informe Legal 102-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO
RURAL-DE/OAL
3
del 8 de abril de 2021, a través del cual indicó lo siguiente:
i. El 3 de setiembre de 2019, la Entidad y el Consorcio suscribieron el
Contrato, con un plazo de ejecución de tres (3) meses desde su suscripción.
ii. Mediante Carta Nº 115-2020-MINAGRI-DVDIARAGRO RURAL-DE/OA
4
del
25 de agosto de 2020, notificada el 14 de octubre del mismo año (Carta
Notarial Nº 1883-2020), la Entidad comunicó al Consorcio la resolución
parcial del Contrato, por la causal de acumulación del monto máximo de
penalidad por mora.
iii. El 18 de enero de 2021, mediante Memorando Nº 024-2021-MIDAGRI-
DDAFIR-AGRO RURAL-DE/OAL
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, la oficina de Asesoría Legal, informó que el
plazo para interponer conciliación y/o arbitraje en base a la resolución del
Contrato venció el 25 de noviembre de 2020; no obstante, la Entidad no
recibió ninguna documentación sobre la voluntad del Consorcio de utilizar
dichos mecanismos de solución de controversias.
3. A través del Decreto del 9 de setiembre de 2021
6
, se dispuso iniciar procedimiento
administrativo sancionador contra los integrantes del Consorcio, por su supuesta
1
Documento obrante a folios 167 al 170 del expediente administrativo.
2
Documento obrante a folios 2 al 5 del expediente administrativo.
3
Documento obrante a folios 8 al 13 del expediente administrativo.
4
Documento obrante a folio 28 al 30 del expediente administrativo.
5
Documento obrante a folios 23 del expediente administrativo.
6
Documento obrante a folios 184 al 187 del expediente administrativo.

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